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Sin categoría - 29 agosto, 2024

UPC resolvió ‘chicharrón’ que tenían en Boyacá: ¿Qué pasó?

El Tribunal Administrativo de Boyacá declaró nula la resolución a través de la cual el Concejo del municipio de San Luis de Gaceno eligió a Darbey Aldemar Leguizamón como personero municipal para el cuatrienio 2024-2028. Lo anterior a raíz de una demanda presentada por la Universidad Popular del Cesar, UPC. Los demandantes adujeron que el […]

Robert Romero, rector de la UPC, y Orlando Seoanes.
Robert Romero, rector de la UPC, y Orlando Seoanes.
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El Tribunal Administrativo de Boyacá declaró nula la resolución a través de la cual el Concejo del municipio de San Luis de Gaceno eligió a Darbey Aldemar Leguizamón como personero municipal para el cuatrienio 2024-2028. Lo anterior a raíz de una demanda presentada por la Universidad Popular del Cesar, UPC.

Los demandantes adujeron que el acto se encontraba viciado de nulidad por infracción de las normas en que debía fundarse, falta de competencia y expedición irregular, debido a las presuntas falencias en que se incurrió en la celebración del convenio interadministrativo entre la universidad y el Concejo municipal.

Recomendado: La lucha interna que se dio en la UPC por la firma de 38 convenios sin autorizaciones

Cabe recordar que, meses atrás, se desató una lucha interna en la UPC porque el entonces vicerrector, Orlando Seoanes, celebró un convenio administrativo con el Concejo Municipal de dicho municipio para la selección del personero, aunque la universidad carecía de idoneidad para adelantar el proceso.

El vicerrector fue apartado del cargo y la universidad demandó el concurso de méritos para la elección del personero del municipio de San Luis de Gaceno, departamento de Boyacá. El Tribunal Administrativo les dio la razón.

Contexto: ¿Por qué salió Orlando Seoanes de la Vicerrectoría Administrativa de la UPC?

Igualmente, el Concejo deberá iniciar un nuevo procedimiento de elección del personero municipal, “que deberá adelantarse por completo desde la selección del ente que prestará apoyo a la ejecución del proceso de elección, hasta la declaratoria de elección, según lo expuesto”.

Sin categoría
29 agosto, 2024

UPC resolvió ‘chicharrón’ que tenían en Boyacá: ¿Qué pasó?

El Tribunal Administrativo de Boyacá declaró nula la resolución a través de la cual el Concejo del municipio de San Luis de Gaceno eligió a Darbey Aldemar Leguizamón como personero municipal para el cuatrienio 2024-2028. Lo anterior a raíz de una demanda presentada por la Universidad Popular del Cesar, UPC. Los demandantes adujeron que el […]


Robert Romero, rector de la UPC, y Orlando Seoanes.
Robert Romero, rector de la UPC, y Orlando Seoanes.
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El Tribunal Administrativo de Boyacá declaró nula la resolución a través de la cual el Concejo del municipio de San Luis de Gaceno eligió a Darbey Aldemar Leguizamón como personero municipal para el cuatrienio 2024-2028. Lo anterior a raíz de una demanda presentada por la Universidad Popular del Cesar, UPC.

Los demandantes adujeron que el acto se encontraba viciado de nulidad por infracción de las normas en que debía fundarse, falta de competencia y expedición irregular, debido a las presuntas falencias en que se incurrió en la celebración del convenio interadministrativo entre la universidad y el Concejo municipal.

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Cabe recordar que, meses atrás, se desató una lucha interna en la UPC porque el entonces vicerrector, Orlando Seoanes, celebró un convenio administrativo con el Concejo Municipal de dicho municipio para la selección del personero, aunque la universidad carecía de idoneidad para adelantar el proceso.

El vicerrector fue apartado del cargo y la universidad demandó el concurso de méritos para la elección del personero del municipio de San Luis de Gaceno, departamento de Boyacá. El Tribunal Administrativo les dio la razón.

Contexto: ¿Por qué salió Orlando Seoanes de la Vicerrectoría Administrativa de la UPC?

Igualmente, el Concejo deberá iniciar un nuevo procedimiento de elección del personero municipal, “que deberá adelantarse por completo desde la selección del ente que prestará apoyo a la ejecución del proceso de elección, hasta la declaratoria de elección, según lo expuesto”.