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Judicial - 6 junio, 2020

Tres actores de la violencia en el Cesar rechazados por la JEP

El reciente ‘no’ lo recibió Salvatore Mancuso, el exjefe de las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC, señalado de ser responsable de una masacre en Becerril y el homicidio de un ganadero y sus familiares en Aguachica.

Marcos Figueroa García, Rodrigo Tovar Pupo y Salvatore Mancuso. 

FOTO/CORTESÍA.
Marcos Figueroa García, Rodrigo Tovar Pupo y Salvatore Mancuso. FOTO/CORTESÍA.

Desde que en el 2017 se creó la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, como mecanismo de justicia transicional para juzgar a los integrantes de las FARC, a miembros de la Fuerza Pública y terceros que participaron en el Conflicto armado colombiano, muchos de las personas que marcaron hechos de violencia en el departamento del Cesar han pretendido ingresar pero solo a pocos les han abierto las puertas.

Lee también: El prontuario de ‘Marquitos’ Figueroa

Personajes como el antiguo líder de las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC, Rodrigo Tovar Pupo, alias ‘Jorge 40’, el considerado contrabandista Marcos de Jesús Figueroa García, alias Marquitos Figueroa y el exlíder paramilitar Salvatore Mancuso Gómez, son algunos de los que recibieron la negativa de la JEP para ser juzgados.

Precisamente el último en ser rechazado fue Salvatore Mancuso en un auto que emitió la JEP el reciente jueves. La Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP determinó que no cumplía con los presupuestos para ser considerado como tercero civil colaborador o financiador del paramilitarismo entre 1989 y 1997, tal como se autodenominó al presentar la solicitud, pues consideran que fue un integrante dentro de la estructura armada.

La Sala estudió rigurosamente la solicitud tanto de los procesos ordinarios que cursan en contra de Mancuso, los procesos especiales de Justicia y Paz y las investigaciones del Centro Nacional de Memoria Histórica y concluyó que las actividades que desarrolló Mancuso Gómez entre los años 1989 y 1997  fueron en realidad actividades de combatiente paramilitar”,  afirmó la magistrada Catalina Díaz, presidenta de la sala.

No dejes de leer: Piden en extradición al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso

Explicó además que en la misma solicitud Mancuso expuso que “patrullaba con un grupo armado compuesto tanto por miembros del Ejército Nacional como por antiguos guerrilleros y otros combatientes, portaba armas largas y participaba directamente de manera efectiva en acciones armadas con fines contrainsurgentes”. Por lo que esa información demostró que era un combatiente más.

Salvatore Mancuso hizo parte del Bloque Norte de las AUC y es señalado de cometer múltiples masacres en el departamento del Cesar, Córdoba, Santander, Norte de Santander y  varios homicidios como el de Manuel Guillermo Omeara Miraval, ocurrido en el año 1994 en Aguachica.

‘Jorge 40’ por su  parte sí había tramitado la solicitud como excombatiente pero la jurisdicción también la rechazó en el pasado mes de enero. La autoridad argumentó que él había tenido una oportunidad en Justicia y Paz, de la cual fue excluido por no colaborar con la verdad, por lo que su solicitud podía considerarse ‘oportunista’.

A pesar que a diferencia de Mancuso y ‘Jorge 40’, Marcos Figueroa no perteneció a un grupo armado este quiso ser juzgado por la JEP con el argumento de que los hechos endilgados en sus investigaciones eran en el marco del conflicto armado.

Sin embargo, la jurisdicción consideró que sus procesos están orientados a hechos relacionados a la delincuencia organizada.

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Las conductas punibles desplegadas por Figueroa García tuvieron lugar en su presunta calidad de líder de una banda criminal dedicada a, entre otros delitos, contrabando de gasolina, tráfico de estupefacientes, secuestro, homicidios selectivos, amenazas, extorsiones, hurtos, masacres, con gran poderío principalmente en los departamentos de La Guajira, Cesar y Magdalena”, manifestó la JEP en un auto del mes de diciembre de 2019.

Este es acusado de actuar en coparticipación de una organización criminal que llevaba de nombre su mismo apodo y que sería responsable de varios homicidios como el del exconcejal de Maicao, Guillermo Francisco Suárez Pinto y la excaldesa de Barrancas, Yandra Cecilia Brito Carrillo, un crimen que consternó a Valledupar por la manera despiadada en que se ejecutó el 28 de agosto de 2012.

Judicial
6 junio, 2020

Tres actores de la violencia en el Cesar rechazados por la JEP

El reciente ‘no’ lo recibió Salvatore Mancuso, el exjefe de las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC, señalado de ser responsable de una masacre en Becerril y el homicidio de un ganadero y sus familiares en Aguachica.


Marcos Figueroa García, Rodrigo Tovar Pupo y Salvatore Mancuso. 

FOTO/CORTESÍA.
Marcos Figueroa García, Rodrigo Tovar Pupo y Salvatore Mancuso. FOTO/CORTESÍA.

Desde que en el 2017 se creó la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, como mecanismo de justicia transicional para juzgar a los integrantes de las FARC, a miembros de la Fuerza Pública y terceros que participaron en el Conflicto armado colombiano, muchos de las personas que marcaron hechos de violencia en el departamento del Cesar han pretendido ingresar pero solo a pocos les han abierto las puertas.

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Personajes como el antiguo líder de las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC, Rodrigo Tovar Pupo, alias ‘Jorge 40’, el considerado contrabandista Marcos de Jesús Figueroa García, alias Marquitos Figueroa y el exlíder paramilitar Salvatore Mancuso Gómez, son algunos de los que recibieron la negativa de la JEP para ser juzgados.

Precisamente el último en ser rechazado fue Salvatore Mancuso en un auto que emitió la JEP el reciente jueves. La Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP determinó que no cumplía con los presupuestos para ser considerado como tercero civil colaborador o financiador del paramilitarismo entre 1989 y 1997, tal como se autodenominó al presentar la solicitud, pues consideran que fue un integrante dentro de la estructura armada.

La Sala estudió rigurosamente la solicitud tanto de los procesos ordinarios que cursan en contra de Mancuso, los procesos especiales de Justicia y Paz y las investigaciones del Centro Nacional de Memoria Histórica y concluyó que las actividades que desarrolló Mancuso Gómez entre los años 1989 y 1997  fueron en realidad actividades de combatiente paramilitar”,  afirmó la magistrada Catalina Díaz, presidenta de la sala.

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Explicó además que en la misma solicitud Mancuso expuso que “patrullaba con un grupo armado compuesto tanto por miembros del Ejército Nacional como por antiguos guerrilleros y otros combatientes, portaba armas largas y participaba directamente de manera efectiva en acciones armadas con fines contrainsurgentes”. Por lo que esa información demostró que era un combatiente más.

Salvatore Mancuso hizo parte del Bloque Norte de las AUC y es señalado de cometer múltiples masacres en el departamento del Cesar, Córdoba, Santander, Norte de Santander y  varios homicidios como el de Manuel Guillermo Omeara Miraval, ocurrido en el año 1994 en Aguachica.

‘Jorge 40’ por su  parte sí había tramitado la solicitud como excombatiente pero la jurisdicción también la rechazó en el pasado mes de enero. La autoridad argumentó que él había tenido una oportunidad en Justicia y Paz, de la cual fue excluido por no colaborar con la verdad, por lo que su solicitud podía considerarse ‘oportunista’.

A pesar que a diferencia de Mancuso y ‘Jorge 40’, Marcos Figueroa no perteneció a un grupo armado este quiso ser juzgado por la JEP con el argumento de que los hechos endilgados en sus investigaciones eran en el marco del conflicto armado.

Sin embargo, la jurisdicción consideró que sus procesos están orientados a hechos relacionados a la delincuencia organizada.

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Las conductas punibles desplegadas por Figueroa García tuvieron lugar en su presunta calidad de líder de una banda criminal dedicada a, entre otros delitos, contrabando de gasolina, tráfico de estupefacientes, secuestro, homicidios selectivos, amenazas, extorsiones, hurtos, masacres, con gran poderío principalmente en los departamentos de La Guajira, Cesar y Magdalena”, manifestó la JEP en un auto del mes de diciembre de 2019.

Este es acusado de actuar en coparticipación de una organización criminal que llevaba de nombre su mismo apodo y que sería responsable de varios homicidios como el del exconcejal de Maicao, Guillermo Francisco Suárez Pinto y la excaldesa de Barrancas, Yandra Cecilia Brito Carrillo, un crimen que consternó a Valledupar por la manera despiadada en que se ejecutó el 28 de agosto de 2012.