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Comunidad - 17 diciembre, 2010

Primeros sancionados por faltar al ‘Comparendo Ambiental’ en Valledupar

Son 15 los infractores Fueron sancionadas las primeras siete personas por violar lo establecido en el ‘Comparendo Ambiental’, aprobado mediante el Acuerdo 027 de 2010. De acuerdo a lo que establece este instrumento normativo que permite al municipio reglamentar y prohibir una serie de prácticas que se vienen desarrollando por parte de la ciudadanía y […]

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Son 15 los infractores

Fueron sancionadas las primeras siete personas por violar lo establecido en el ‘Comparendo Ambiental’, aprobado mediante el Acuerdo 027 de 2010.
De acuerdo a lo que establece este instrumento normativo que permite al municipio reglamentar y prohibir una serie de prácticas que se vienen desarrollando por parte de la ciudadanía y que afean a la ciudad, los infractores recibieron la primera sanción, que consiste en una capacitación de cuatro horas.
Los primeros sancionados fueron sorprendidos causando  daños al medio ambiente, por el mal manejo de los residuos sólidos, por lo que les tocó asistir a una charla que se desarrolló en el auditorio de la Casa Municipal de Cultura, si vuelven a reincidir la sanción será más drástica.
En total fueron quince los infractores en Valledupar, de los cuales sólo se presentaron siete a recibir la capacitación de educación ambiental, las personas que no se presentaron se les hará un nuevo llamado para que asistan a recibir las cuatro horas de educación ambiental.

Las sanciones

Estas son las sanciones impuestas a las personas que falten a la norma del comparendo ambiental.
1.    Citación al infractor para que reciba una charla de educación ambiental, durante cuatro horas por parte de funcionarios pertenecientes a la entidad relacionada con el tipo de infracción cometida.
2.    En caso de reincidencia se obligará al infractor a prestar un servicio social, realizando tareas relacionadas con el buen manejo de la disposición final de los residuos sólidos.
3.    Multa hasta por dos salarios mínimos mensuales vigentes, por cada infracción.
4.    Multa hasta de veinte  salarios mínimos mensuales vigentes por cada infracción, cometida por una persona jurídica.
5.    Si es reincidente, se impondrá sellamiento del inmueble
6.    Suspensión o cancelación del registro o licencia, en el caso de establecimientos de comercio, desde donde se causan infracciones a la normatividad de aseo y manejo de escombros.

Comunidad
17 diciembre, 2010

Primeros sancionados por faltar al ‘Comparendo Ambiental’ en Valledupar

Son 15 los infractores Fueron sancionadas las primeras siete personas por violar lo establecido en el ‘Comparendo Ambiental’, aprobado mediante el Acuerdo 027 de 2010. De acuerdo a lo que establece este instrumento normativo que permite al municipio reglamentar y prohibir una serie de prácticas que se vienen desarrollando por parte de la ciudadanía y […]


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Son 15 los infractores

Fueron sancionadas las primeras siete personas por violar lo establecido en el ‘Comparendo Ambiental’, aprobado mediante el Acuerdo 027 de 2010.
De acuerdo a lo que establece este instrumento normativo que permite al municipio reglamentar y prohibir una serie de prácticas que se vienen desarrollando por parte de la ciudadanía y que afean a la ciudad, los infractores recibieron la primera sanción, que consiste en una capacitación de cuatro horas.
Los primeros sancionados fueron sorprendidos causando  daños al medio ambiente, por el mal manejo de los residuos sólidos, por lo que les tocó asistir a una charla que se desarrolló en el auditorio de la Casa Municipal de Cultura, si vuelven a reincidir la sanción será más drástica.
En total fueron quince los infractores en Valledupar, de los cuales sólo se presentaron siete a recibir la capacitación de educación ambiental, las personas que no se presentaron se les hará un nuevo llamado para que asistan a recibir las cuatro horas de educación ambiental.

Las sanciones

Estas son las sanciones impuestas a las personas que falten a la norma del comparendo ambiental.
1.    Citación al infractor para que reciba una charla de educación ambiental, durante cuatro horas por parte de funcionarios pertenecientes a la entidad relacionada con el tipo de infracción cometida.
2.    En caso de reincidencia se obligará al infractor a prestar un servicio social, realizando tareas relacionadas con el buen manejo de la disposición final de los residuos sólidos.
3.    Multa hasta por dos salarios mínimos mensuales vigentes, por cada infracción.
4.    Multa hasta de veinte  salarios mínimos mensuales vigentes por cada infracción, cometida por una persona jurídica.
5.    Si es reincidente, se impondrá sellamiento del inmueble
6.    Suspensión o cancelación del registro o licencia, en el caso de establecimientos de comercio, desde donde se causan infracciones a la normatividad de aseo y manejo de escombros.