POLÍTICA

Para la Corte, la voz del pueblo ya no es la voz de Dios

Esta semana, una decisión de la Corte Constitucional sacudió la opinión pública con un fallo que dejaría sin efecto la consulta popular de Cumaral y otras 74 iniciativas que estaban en proceso, además de poner límites a los alcances del mecanismo de participación.

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El 4 de junio de 2017, 7.703 cumaraleños salieron a votar una consulta popular cuya única pregunta consignada en el tarjetón era: ¿Está usted de acuerdo, ciudadano cumaraleño, con que dentro de la jurisdicción del municipio de Cumaral (Meta) se ejecuten actividades de exploración sísmica, perforación exploratoria y producción de hidrocarburos?.

El 97 % votó con un rotundo no.

La consulta que fue convocada por el mandatario del municipio, Miguel Caro, y un comité cívico, surgió después del rechazo que la comunidad expresó por el arribo a la zona de la empresa indochina Mansarovar Energy, que llegó con pretensiones de adelantar actividades de exploración en el Bloque Llanos 69, que el Gobierno le había adjudicado en 2014 y que corresponde a la tercera parte del territorio total de Cumaral.

El rechazo colectivo de los cumaraleños venía de una mala experiencia: según contaron habitantes de Cumaral a algunos medios de comunicación, en 2012 habían sufrido más de 130 deslizamientos de tierra en la vereda Chepero Alto, donde otra empresa había ejecutado pruebas sísmicas en la etapa de exploración.

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