La Sección Quinta del Consejo de Estado, rechazó las pretensiones de la demanda de nulidad electoral presentada por Álvaro Rico Rivera, coadyuvada por Edgardo José Remeció, con la cual pretendían tumbar el Acuerdo No. 022 del 5 de septiembre de 2017, mediante el cual el Consejo Superior Universitario de la Universidad Popular del Cesar, designó como rector al docente de planta, Enrique Meza Daza.
En la parte motiva de su sentencia, la Sección Quinta desestima los fundamentos de hecho y de derecho, presentados por el demandante y su coadyuvante; estableciendo que la designación de Meza Daza, como rector de la universidad, por parte del Consejo Superior Universitario, estuvo ajustada a la Constitución, la ley y principalmente al Estatuto General de la UPC.
Esta sentencia proferida por el máximo Tribunal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa cierra toda posibilidad jurídica de que sea decretada la nulidad del acto administrativo de designación como rector de la Universidad Popular del Cesar, de Enrique Meza Daza.
Contra dicha sentencia, por ser una decisión de única instancia, no procede recurso alguno, quedando en firme una vez sea notificada.
La demanda fue interpuesta en octubre de 2017 donde el demandante pedía además de la nulidad, que se volviera a realizar el proceso de votación para nuevo rector.











