En la parte motiva de su sentencia, la Sección Quinta desestima los fundamentos de hecho y de derecho, presentados por el demandante y su coadyuvante; estableciendo que la designación de Meza Daza, como rector de la universidad, por parte del Consejo Superior Universitario, estuvo ajustada a la Constitución, la ley y principalmente al Estatuto General de la UPC.