En segunda instancia, la Sección Quinta del Consejo de Estado confirmó la decisión del Tribunal Administrativo del Cesar que negó declarar la nulidad de la elección de José Carlos Pérez como secretario General de la Asamblea Departamental del Cesar.
A través de la demanda, el abogado Luis Fernando Padilla pretendía declarar nulo el acto administrativo por medio del cual fue elegido el secretario José Carlos Pérez. Según su argumento, el secretario estaba inhabilitado para participar en la convocatoria de la Asamblea porque fungía como representante de los egresados ante el Consejo Superior de la Universidad Popular del Cesar.
“Tanto el cargo de representante de los egresados en la universidad, como el de secretario general en la duma, configuran un vínculo legal y reglamentario que conlleva remuneración. A juicio de la parte actora, la elección del demandado vulnera el artículo 128 de la Constitución Política, porque recibe una remuneración simultánea de su posición en el Consejo Directivo de la Universidad Popular del Cesar y de su dignidad como secretario general de la duma departamental”, argumentó el abogado Padilla.










