Un juzgado de Valledupar aceptó la resolución emitida por la Agencia Nacional de Tierras (ANT) que declaró como terreno baldío un predio rural de aproximadamente 200 hectáreas ubicado en la vía al corregimiento Río Seco denominado Villa Concha, donde actualmente existen varias casas de campo.
Según la ANT, el terreno, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 146-42201, no cuenta con los soportes que acrediten propiedad privada legítima. La entidad indicó que los únicos antecedentes registrales datan de 1968, año en el que se dictó una sentencia de prescripción sobre el predio y se registró en la Oficina de Instrumentos Públicos.
Recomendado: Tribunal anula la venta de la Finca La América en Chimichagua
Sin embargo, el estudio jurídico de la Agencia concluyó que dicha prescripción no constituye un título traslaticio de dominio, pues no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 48 de la Ley 160 de 1994 para demostrar propiedad privada. Es decir, no existen escrituras, sentencias o títulos anteriores que acrediten una cadena de tradición legal que permita rastrear un dueño legítimo del terreno.
Terminado anticipadamente
La resolución advierte que los actos registrados, como la posesión o compraventa de derechos y acciones, corresponden a figuras de “dominio incompleto” o “falsa tradición”, que no otorgan derecho de propiedad plena sobre el inmueble.
Por estas razones, la ANT concluyó que el predio en cuestión corresponde a un baldío de la Nación, el cual solo puede ser adjudicado mediante los mecanismos establecidos por la propia Agencia de Tierras.
El proceso judicial fue terminado anticipadamente tras la decisión del juzgado, que acogió los argumentos de la ANT y ordenó comunicar la determinación a la Oficina Jurídica de la entidad, en cumplimiento del Decreto Ley 2363 de 2015.












