El fallo del Juzgado Sexto Administrativo Oral ordenó que en 60 días la Alcaldía informe cuál será el predio donde funcionará la escombrera municipal.
El Ministerio de Medio Ambiente emitió el 14 de diciembre de 1994 la Resolución No. 541, que establece en el artículo 3 que los municipios deben seleccionar obligatoriamente los sitios específicos para la disposición final de los materiales y elementos, pero en Valledupar han pasado siete alcaldes desde la expedición de la norma y ninguno ha cumplido.
Esta resolución es uno de los argumentos que tuvo el Juzgado Sexto Administrativo Oral de Valledupar para exigirle a la administración municipal que cumpla con el mandato administrativo del Ministerio. La decisión del juzgado proviene de la demanda que interpuso el procurador Octavo Judicial 2 Agrario Ambiental del Cesar, Rafael Ignacio Cantillo Ortega, como acción para que se diera cumplimiento a la creación de la escombrera municipal.
Y no solo eso, el procurador Cantillo también expuso que debe considerarse el artículo 23 del decreto 838 de 2005 del Gobierno Nacional, sobre la disposición de escombros, el cual dice que esos materiales que no sean objeto de un programa de recuperación y aprovechamiento deberán ser dispuestos adecuadamente en escombreras.
Por otra parte, en el artículo 4 de dicho decreto se habla del Procedimiento para la localización de tales materiales: “La entidad territorial en el proceso de formulación del Plan de Gestión integral de Residuos Sólidos (Pgirs), seleccionará y establecerá las áreas potenciales para la realización de la disposición final de sólidos, mediante la tecnología de relleno sanitario y de la infraestructura que los compone”.
Toda esta base jurídica fue proyectada por el procurador Agrario y Ambiental en la solicitud de acción de cumplimiento ante el despacho, debido a que confirmó que la Alcaldía de Valledupar no tenía destinado un sitio para disponer los materiales y elementos de manera oficial.
La Procuraduría conoció que la administración municipal, a través de la Oficina Asesora de Planeación, solicitó a la Corporación Autónoma del Cesar, Corpocesar, en abril de 2015 que hiciera una visita técnica ambiental a un predio que podía ser usado como escombrera. Al respecto la máxima autoridad ambiental respondió mediante el oficio DG-0643 que para evaluar viabilidad técnica y ambiental de un sitio proyectado para ese fin debe presentar una solicitud en legal forma y posteriormente se adelantará el trámite correspondiente en el que se ordenará la visita técnica ambiental para ver si es factible el uso de dicho predio, pero el procedimiento nunca se hizo.
Teniendo en cuenta esto, Rafael Cantillo Ortega le pidió el 18 de agosto a la administración municipal que indicara si el municipio contaba con un predio especial para disponer los residuos, y tres días después la Oficina Asesora de Planeación contestó que se había suscrito el contrato 574 del 1 de julio de 2015 con la empresa Micro y Macro Consultores, que tiene por objeto la estructuración técnico legal y financiera de prestación de servicio de escombros en las actividades de recolección, transporte, aprovechamiento y recaudo junto al acompañamiento respectivo durante la vinculación del operador especializado.
“… Solo hemos recibido respuestas evasivas, que parecieran ignorar las atroces consecuencias de su omisión. Se hace necesario que la administración municipal dé cumplimiento al decreto y al acto administrativo que rige la materia de escombros, por cuanto la ciudad no cuenta con un sitio para la disposición final de escombros y similares que se generan por la actividad de la construcción, de reformas y mejoras de las viviendas”, dice la Procuraduría teniendo en cuenta que ante la inexistencia de una escombrera los desechos son arrojados en andenes, vías nacionales- secundarias, lotes rurales y urbanos y en las riberas de los ríos.
En el fallo del Juzgado Sexto le halló razón al Ministerio Pública y enfatizó en que la administración municipal fue renuente para dar una respuesta clara sobre la creación de la escombrera municipal.
“No se teníamos recursos”
Raúl Villegas, quien fue el jefe de la Oficina Asesora de Planeación de Valledupar en la administración de Fredys Socarrás Reales, manifestó que la alcaldía tenía toda la disposición para llevar a cabo el proyecto, pero para realizarlo se requieren varios procedimientos y en ese momento no se tenían los recursos para ejecutarlo.
Comentó que la factibilidad financiera, jurídica, administrativa y técnica solo se dio hasta mediados de 2015, cuando se pudo hacer la licitación para escoger a la empresa que haría los estudios.
“No había tiempo para hacerlo, primero por restricción presupuestal y segundo porque el periodo de gobierno se terminó y no pudimos adelantar las recomendaciones que la misma consultora le dio a la administración”, argumentó el exfuncionario.
A su turno, el exalcalde de Valledupar, Fredys Socarrás, dijo que en el último Plan de Ordenamiento Territorial (POT) se definió cuáles eran las áreas en el municipio que servían para deponer los escombros y que no fue contemplado en el POT anterior. Señaló que su administración dejó el estudio de la consultoría como avance del proyecto y solo falta que el gobierno de Augusto Ramírez Uhía proceda a la forma en cómo va a contratar.
Ese estudio indica que fueron localizados ocho lugares para hacer la escombrera, repartidos en dos zonas: la vía hacia el corregimiento La Mesa (zona occidental) y al norte de Valledupar, hacia donde están los corregimientos.
Además, la consultoría estableció la reglamentación del sistema tarifario que se debe imponer para el cobro de las tarifas por los escombros y la estructuración financiera del negocio de la manera jurídica que se pretenda hacer.
“Nosotros escogimos en el estudio que se haga una asociación con un privado que tuviese un predio que tenga licencia ambiental para depositar los escombros. Los estudios de la consultoría fueron entregados a finales de diciembre de 2015, el tiempo era muy corto para hacer el trabajo y todo eso fue dejado a la nueva administración en el informe de empalme para que ellos procedan”, precisó Raúl Villegas.
Por otra parte, el actual jefe de la Oficina Asesora de Planeación Municipal, Aníbal Quiroz Monsalvo, dijo que el estudio dejado por la administración anterior está en revisión y el proyecto se hará en una alianza público privada, porque los recursos del municipio fueron comprometidos en vigencias futuras y en otros compromisos por la alcaldía de Fredys Socarrás.
“Se encontraron cuentas por pagar en el orden de los 17 mil millones de pesos, de manera que la situación fiscal es muy precaria. Tenemos pleno conocimiento del tema. Estamos trabajando conjuntamente la Oficina Jurídica, la Secretaría de Gobierno y Planeación para cumplir con el fallo del Juzgado”, explicó el funcionario.
Plazo de 60 días
El alcalde de Valledupar, Augusto Ramírez Uhía, tiene un plazo de 60 días, es decir, dos meses, a partir del día en que la administración fue notificada del fallo del juzgado, para que realice los trámites administrativos que se necesitan y se seleccione un sitio específico para la disposición final de los materiales y elementos.
El juzgado también le ordena a la alcaldía que antes del vencimiento del término señalado para la ubicación del sitio de disposición final se realice un informe al despacho y a la Procuraduría Agraria y Ambiental sobre los avances de la viabilidad técnica y ambiental del sitio proyectado a destinarse como Escombrera municipal.
Al respecto, el director de la Corporación Autónoma del Cesar, Corpocesar, Kaleb Villalobos, manifestó que a la entidad no ha llegado una solicitud de parte de la actual administración para conceptuar el permiso ambiental con fines de establecer y operar un sitio para la disposición final de escombreras.
“Estamos dispuestos a darle celeridad a la solicitud que dé el municipio”, agregó el funcionario.
Así las cosas, en el estudio hecho el año pasado se referenció que el predio para hacer la escombrera debe tener unas cinco hectáreas, pero la posibilidad de que el predio sea más grande está en estudio teniendo en cuenta el crecimiento continuo de la ciudad.
Las autoridades estiman que en los próximos cinco años Valledupar crecerá en una tasa del 12 por ciento, de manera que se necesitará un escombrera con la capacidad suficiente.
“Se ordena al Municipio de Valledupar seleccionar un sitio donde se construirá la Escombrera municipal”, Juzgado Sexto Administrativo Oral.
“No había tiempo para hacerlo, primero por restricción presupuestal y segundo porque el periodo de gobierno se terminó”, exsecretario de Planeación municipal, Raúl Villegas.
Un informe de la Contraloría sostiene que la zona rural de Valledupar genera 0.48 kilos de residuos de material por habitante al día, en promedio.
Lo que dice la resolución 541 de 1994
“Por medio de la cual se regula el cargue, descargue, transporte, almacenamiento y disposición final de escombros, materiales, elementos, concretos y agregados sueltos, de construcción, de demolición y capa orgánica, suelo y subsuelo d excavación”.
Procedimiento
La Alcaldía de Valledupar diseña el plan de la escombrera, lo propone ante Corpocesar indicando el lugar donde sería construido, para que la corporación autorice los permisos y las licencias requeridas.
Por Rennier Asprilla
El fallo del Juzgado Sexto Administrativo Oral ordenó que en 60 días la Alcaldía informe cuál será el predio donde funcionará la escombrera municipal.
El Ministerio de Medio Ambiente emitió el 14 de diciembre de 1994 la Resolución No. 541, que establece en el artículo 3 que los municipios deben seleccionar obligatoriamente los sitios específicos para la disposición final de los materiales y elementos, pero en Valledupar han pasado siete alcaldes desde la expedición de la norma y ninguno ha cumplido.
Esta resolución es uno de los argumentos que tuvo el Juzgado Sexto Administrativo Oral de Valledupar para exigirle a la administración municipal que cumpla con el mandato administrativo del Ministerio. La decisión del juzgado proviene de la demanda que interpuso el procurador Octavo Judicial 2 Agrario Ambiental del Cesar, Rafael Ignacio Cantillo Ortega, como acción para que se diera cumplimiento a la creación de la escombrera municipal.
Y no solo eso, el procurador Cantillo también expuso que debe considerarse el artículo 23 del decreto 838 de 2005 del Gobierno Nacional, sobre la disposición de escombros, el cual dice que esos materiales que no sean objeto de un programa de recuperación y aprovechamiento deberán ser dispuestos adecuadamente en escombreras.
Por otra parte, en el artículo 4 de dicho decreto se habla del Procedimiento para la localización de tales materiales: “La entidad territorial en el proceso de formulación del Plan de Gestión integral de Residuos Sólidos (Pgirs), seleccionará y establecerá las áreas potenciales para la realización de la disposición final de sólidos, mediante la tecnología de relleno sanitario y de la infraestructura que los compone”.
Toda esta base jurídica fue proyectada por el procurador Agrario y Ambiental en la solicitud de acción de cumplimiento ante el despacho, debido a que confirmó que la Alcaldía de Valledupar no tenía destinado un sitio para disponer los materiales y elementos de manera oficial.
La Procuraduría conoció que la administración municipal, a través de la Oficina Asesora de Planeación, solicitó a la Corporación Autónoma del Cesar, Corpocesar, en abril de 2015 que hiciera una visita técnica ambiental a un predio que podía ser usado como escombrera. Al respecto la máxima autoridad ambiental respondió mediante el oficio DG-0643 que para evaluar viabilidad técnica y ambiental de un sitio proyectado para ese fin debe presentar una solicitud en legal forma y posteriormente se adelantará el trámite correspondiente en el que se ordenará la visita técnica ambiental para ver si es factible el uso de dicho predio, pero el procedimiento nunca se hizo.
Teniendo en cuenta esto, Rafael Cantillo Ortega le pidió el 18 de agosto a la administración municipal que indicara si el municipio contaba con un predio especial para disponer los residuos, y tres días después la Oficina Asesora de Planeación contestó que se había suscrito el contrato 574 del 1 de julio de 2015 con la empresa Micro y Macro Consultores, que tiene por objeto la estructuración técnico legal y financiera de prestación de servicio de escombros en las actividades de recolección, transporte, aprovechamiento y recaudo junto al acompañamiento respectivo durante la vinculación del operador especializado.
“… Solo hemos recibido respuestas evasivas, que parecieran ignorar las atroces consecuencias de su omisión. Se hace necesario que la administración municipal dé cumplimiento al decreto y al acto administrativo que rige la materia de escombros, por cuanto la ciudad no cuenta con un sitio para la disposición final de escombros y similares que se generan por la actividad de la construcción, de reformas y mejoras de las viviendas”, dice la Procuraduría teniendo en cuenta que ante la inexistencia de una escombrera los desechos son arrojados en andenes, vías nacionales- secundarias, lotes rurales y urbanos y en las riberas de los ríos.
En el fallo del Juzgado Sexto le halló razón al Ministerio Pública y enfatizó en que la administración municipal fue renuente para dar una respuesta clara sobre la creación de la escombrera municipal.
“No se teníamos recursos”
Raúl Villegas, quien fue el jefe de la Oficina Asesora de Planeación de Valledupar en la administración de Fredys Socarrás Reales, manifestó que la alcaldía tenía toda la disposición para llevar a cabo el proyecto, pero para realizarlo se requieren varios procedimientos y en ese momento no se tenían los recursos para ejecutarlo.
Comentó que la factibilidad financiera, jurídica, administrativa y técnica solo se dio hasta mediados de 2015, cuando se pudo hacer la licitación para escoger a la empresa que haría los estudios.
“No había tiempo para hacerlo, primero por restricción presupuestal y segundo porque el periodo de gobierno se terminó y no pudimos adelantar las recomendaciones que la misma consultora le dio a la administración”, argumentó el exfuncionario.
A su turno, el exalcalde de Valledupar, Fredys Socarrás, dijo que en el último Plan de Ordenamiento Territorial (POT) se definió cuáles eran las áreas en el municipio que servían para deponer los escombros y que no fue contemplado en el POT anterior. Señaló que su administración dejó el estudio de la consultoría como avance del proyecto y solo falta que el gobierno de Augusto Ramírez Uhía proceda a la forma en cómo va a contratar.
Ese estudio indica que fueron localizados ocho lugares para hacer la escombrera, repartidos en dos zonas: la vía hacia el corregimiento La Mesa (zona occidental) y al norte de Valledupar, hacia donde están los corregimientos.
Además, la consultoría estableció la reglamentación del sistema tarifario que se debe imponer para el cobro de las tarifas por los escombros y la estructuración financiera del negocio de la manera jurídica que se pretenda hacer.
“Nosotros escogimos en el estudio que se haga una asociación con un privado que tuviese un predio que tenga licencia ambiental para depositar los escombros. Los estudios de la consultoría fueron entregados a finales de diciembre de 2015, el tiempo era muy corto para hacer el trabajo y todo eso fue dejado a la nueva administración en el informe de empalme para que ellos procedan”, precisó Raúl Villegas.
Por otra parte, el actual jefe de la Oficina Asesora de Planeación Municipal, Aníbal Quiroz Monsalvo, dijo que el estudio dejado por la administración anterior está en revisión y el proyecto se hará en una alianza público privada, porque los recursos del municipio fueron comprometidos en vigencias futuras y en otros compromisos por la alcaldía de Fredys Socarrás.
“Se encontraron cuentas por pagar en el orden de los 17 mil millones de pesos, de manera que la situación fiscal es muy precaria. Tenemos pleno conocimiento del tema. Estamos trabajando conjuntamente la Oficina Jurídica, la Secretaría de Gobierno y Planeación para cumplir con el fallo del Juzgado”, explicó el funcionario.
Plazo de 60 días
El alcalde de Valledupar, Augusto Ramírez Uhía, tiene un plazo de 60 días, es decir, dos meses, a partir del día en que la administración fue notificada del fallo del juzgado, para que realice los trámites administrativos que se necesitan y se seleccione un sitio específico para la disposición final de los materiales y elementos.
El juzgado también le ordena a la alcaldía que antes del vencimiento del término señalado para la ubicación del sitio de disposición final se realice un informe al despacho y a la Procuraduría Agraria y Ambiental sobre los avances de la viabilidad técnica y ambiental del sitio proyectado a destinarse como Escombrera municipal.
Al respecto, el director de la Corporación Autónoma del Cesar, Corpocesar, Kaleb Villalobos, manifestó que a la entidad no ha llegado una solicitud de parte de la actual administración para conceptuar el permiso ambiental con fines de establecer y operar un sitio para la disposición final de escombreras.
“Estamos dispuestos a darle celeridad a la solicitud que dé el municipio”, agregó el funcionario.
Así las cosas, en el estudio hecho el año pasado se referenció que el predio para hacer la escombrera debe tener unas cinco hectáreas, pero la posibilidad de que el predio sea más grande está en estudio teniendo en cuenta el crecimiento continuo de la ciudad.
Las autoridades estiman que en los próximos cinco años Valledupar crecerá en una tasa del 12 por ciento, de manera que se necesitará un escombrera con la capacidad suficiente.
“Se ordena al Municipio de Valledupar seleccionar un sitio donde se construirá la Escombrera municipal”, Juzgado Sexto Administrativo Oral.
“No había tiempo para hacerlo, primero por restricción presupuestal y segundo porque el periodo de gobierno se terminó”, exsecretario de Planeación municipal, Raúl Villegas.
Un informe de la Contraloría sostiene que la zona rural de Valledupar genera 0.48 kilos de residuos de material por habitante al día, en promedio.
Lo que dice la resolución 541 de 1994
“Por medio de la cual se regula el cargue, descargue, transporte, almacenamiento y disposición final de escombros, materiales, elementos, concretos y agregados sueltos, de construcción, de demolición y capa orgánica, suelo y subsuelo d excavación”.
Procedimiento
La Alcaldía de Valledupar diseña el plan de la escombrera, lo propone ante Corpocesar indicando el lugar donde sería construido, para que la corporación autorice los permisos y las licencias requeridas.
Por Rennier Asprilla