EDITORIAL

A propósito de agosto: justicia tributaria para las regiones

Es importante tener en cuenta que no todas las personas están obligadas a declarar renta, solo tienen que hacerlo quienes durante el año 2024 hayan tenido ingresos brutos iguales o superiores a $65.891.000.

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Inicia una nueva semana con un cúmulo de compromisos que trae consigo el mes de agosto, tal vez el periodo más importante del año en materia fiscal para el país, algo que tiene gran incidencia tanto en los bolsillos de los ciudadanos como en las finanzas públicas.

Las personas naturales cuyos NIT terminen en 01 a 26 deben presentar su declaración de renta correspondiente al año gravable 2024 entre el 12 y el 29 de agosto de 2025. De igual manera, todos los agentes de retención y/o autorretenedores del Impuesto sobre la Renta y Complementarios deben presentar y pagar la declaración correspondiente a julio de 2025 entre el 12 y el 26 de este mismo mes.

También está el impuesto nacional a la gasolina y ACPM, los responsables de este deben presentar y pagar la declaración correspondiente al mes de julio de 2025 hasta el 15 de agosto. Aparece también la actualización del Registro Único de Beneficiarios Finales, RUB, la cual debió hacerse antes del primero de este mes de agosto.

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