COLUMNA

Ley de fortalecimiento de la seguridad ciudadana

Imagínense el enredo conceptual de lo que debe entenderse por “un estándar de proporcionalidad en el elemento de racionalidad de la conducta”. ¡Eso qué vee!

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Una pregunta a los estudiantes que se inician en el estudio de derecho y los que vienen en ese proceso de formación profesional, es la de ¿cómo se derogan los conocimientos en Colombia? La respuesta: con el populismo legislativo o lo que es igual el desbordado inflacionismo de normas. Se expiden disposiciones legales por las coyunturas de variado orden que se atropellan unas y otras.

Se acaba de expedir la Ley 2197 del año 2022, cuya temática hace relación con reformas al: (1) Código Penal, (2) Código de Procedimiento Penal, (3) Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, (4) Código de Extinción de Dominio y (5) se regula las armas, elementos y dispositivos menos letales, entre otras disposiciones, es decir, de todo como en botica. Con una redacción, al rompe, sin método y antitécnica.

Amable lector, sea usted, o no, abogado o estudiante de derecho, por ejemplo habrá de observar que la tradicional figura de la legítima defensa tenía la siguiente nítida previsión normativa: Se obre por la necesidad de defender un derecho propio o ajeno contra injusta agresión actual o inminente, siempre que la defensa sea proporcionada a la agresión.

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