El castigo corporal, coloquialmente llamado “chancleta terapia” como método de corrección quedó proscrito según fallo reciente de la Corte Constitucional en virtud del cual se establece que el castigo físico como método disciplinario, no es una acción de crianza, sin importar si es o no reiterativo.
De esta forma el alto tribunal realizó ajustes a la Ley 2089/2021 pues, palabras más palabras menos, el texto de la ley permitía de alguna manera el castigo corporal con la condición siguiente: “siempre y cuando no sea una conducta reiterativa y no afecte la salud mental o física del niño, niña o adolescente”.
La redacción de esta ley, es ambigua, pues establece de una parte una regla general, que es la de reprobar el castigo corporal a los niños, niñas y adolescentes, no solo a los padres sino también a los cuidadores, al tiempo que por vía de excepción permite el uso del castigo físico, siempre que la conducta no sea reiterativa, ni cause afectación en la salud mental o física, y de contera, si la conducta no es reiterativa, no dará lugar a la pérdida de la patria potestad, o de la custodia y cuidado personal.




