A propósito del indexador del Índice de precios del productor (IPP) aplicable a los cargos de la tarifa de energía, cabe preguntarse si el mismo refleja fielmente los costos en los que incurren los agentes de la cadena del servicio de energía, si tenemos en cuenta que en el cálculo del mismo se incorporan la variación de otras actividades ajenas a su operación, tales como la industria, la minería, la agricultura y la pesca, las cuales, por lo demás, se han visto afectadas en sus costos por factores exógenos tales como la interrupción de las cadenas de suministros, los mayores fletes internacionales, el desbordado incremento de los insumos agrícolas, mientras sus erogaciones se reducen a los costos de las licencias por el uso del recurso hídrico, el mantenimiento de los equipos y la mano de obra.
También incide en la espiral alcista de la tarifa de energía el cargo por restricciones (R), la cual se debe al atrapamiento de la energía generada ante la imposibilidad de transportarla a través del Sistema interconectado nacional (SIN), hasta los centros de consumo, debido a limitaciones de las redes de transporte y distribución de la energía, las cuales imposibilitan el fluido de la energía eléctrica de más bajo costo, como lo es la hídrica.
En lo corrido del año se han presentado costos elevados de restricciones.




