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Cultura - 25 agosto, 2023

Natalicio 116 de Rafael Carrillo: la fenomenología de Husserl

El derecho “es algo que el hombre hace para hacerse a sí mismo, y el hacerse a sí mismo constituye la realización del valor supremo de una persona”.

Monumento a Rafael Carrillo Lúquez en Valledupar. 

FOTO: CORTESÍA.
Monumento a Rafael Carrillo Lúquez en Valledupar. FOTO: CORTESÍA.
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De los grandes filósofos de la humanidad, tal vez, el pensamiento filosófico que más se ha interpretado es el de Edmund Husserl, fundador de la fenomenología. A partir de su primera obra ‘Investigaciones lógicas’ se le interpretó por sus primeros discípulos, los más influyentes, Max Scheler y Alexander Phänder, como ciencia eidética. En nuestro medio, Rafael Carrillo también la interpretaba como ciencia eidética y concretamente la definió como “Disciplina Auxiliar de la Filosofía” en su libro ‘Ambiente axiológico de la teoría pura del derecho’.

Esta primera interpretación se da en Europa entre 1900 y 1933 y conocida en Colombia a mediados de la década de 1930 a través de la escuela de traductores de la Revista de Occidente que dirigía Ortega y Gasset (1923 – 1936). 

El ibérico también era partidario de la fenomenología como ciencia eidética y sus discípulos eran quienes traducían las obras de Max Scheler, uno de los representantes del movimiento fenomenológico que más incidió en los primeros filósofos colombianos. 

Esa interpretación de la fenomenología como ciencia eidética que siguió Scheler y Phänder entre otros, en Alemania y en Colombia, Rafael Carrillo y Nieto Arteta, con fundamento en ‘Investigaciones lógicas’, permitía describir la esencia de las diferentes regiones materiales con base a la intuición, considerada esta como el acto fundamental de la conciencia. Se insistía entonces en la distinción entre las actividades intuitivas y las actividades discursivas de la conciencia y de sus objetos correlativos.

En esta interpretación, dice el filósofo Daniel Herrera, que, en Colombia, Nieto Arteta “desde el derecho se introdujo en el mundo de la filosofía; y el maestro Rafael Carrillo, quien desde el mundo de la filosofía inspeccionó el mundo del derecho”. Continúa Herrera refiriéndose a Nieto:él vio en la fenomenología un punto de apoyo para sus reflexiones sobre la teoría pura del derecho de Kelsen para quien la filosofía no indica cómo es o cómo debe ser el derecho, sino que es en términos positivos”.

De acuerdo con la concepción de la fenomenología como ciencia eidética, defendió que -las estructuras formales apriorísticas de la experiencia jurídica, son esencias formales que encierran determinadas esencias materiales y que la materia contingente y variable de dicha experiencia, es una esencia material que supone una cierta estructura formal”, para concluir que “la teoría fenomenológica de las formas categoriales también son una condición lógica para la superación del formalismo jurídico” (Lógica, fenomenología y formalismo jurídico”, en Universidad Católica Bolivariana, 7, 1941, p. 458.).

“REALIDAD Y VALOR, VIDA Y ESPÍRITU”

Fue mérito de Nieto Arteta el haber asumido lo jurídico como una región eidética cuya ontología y lógica deberían ser investigadas fenomenológicamente. Sus investigaciones lo llevan a afirmar, con acentos del viejo Husserl: “Realidad y valor, vida y espíritu, ser y deber ser, forma y materia, he ahí el contenido de la experiencia jurídica. Ni pura razón, ni pura vida. Lo vital racionalizado y lo racional vitalizado” (Ibidem).

Respecto al maestro Rafael Carrillo, dice que ya este se había definido en la década de los cuarenta como Bios Théoritikos y “también se interesó por la región jurídica, pero en términos estrictamente filosóficos, y esto desde el punto de vista de la fenomenología, la cual interpretaba como ciencia eidética.

“Carrillo estaba de acuerdo con Kelsen en la positividad esencial del derecho. Se mostraba, sin embargo, en desacuerdo con la posición negativa de Kelsen acerca de la posibilidad de una aproximación a la esencia del derecho. Para el filósofo colombiano era posible, gracias a la fenomenología, “enfocar el derecho como un objeto que, además, posee una significación. 

Mediante la aplicación de una reducción axiológica – única que garantizaría según él la trascendencia de los valores- mostró, bajo la inspiración de Scheler, la esencial referencia del derecho a los valores. En un segundo momento, aceptando con Scheler la posibilidad de la constitución del objeto jurídico a partir de una analítica existencial de Heidegger para explicar la esencial referencia de los valores a la persona, valor fundante de todo valor, ya que para él “la pregunta por el ser del derecho se resuelve mejor cuando a su base se coloca el interrogante por la existencia personal.

SU CONCEPTO SOBRE EL DERECHO

Una primera conclusión de Carrillo en relación con el sentido esencial del derecho, fue la de que este “es algo que el hombre hace para hacerse a sí mismo, y el hacerse a sí mismo constituye la realización del valor supremo de una persona”.

Continúa Herrera: “Entre los méritos del maestro Carrillo, desde el punto de vista de la recepción de Husserl, quisiéramos citar solo algunos, dada la brevedad del tiempo.

Carrillo es el primero en utilizar una reducción axiológica, aunque no estemos de acuerdo con la razón que dio para su utilización, a saber, la de que era la única manera de asegurar la trascendencia del valor. La reducción eidética implica la pérdida de la trascendencia. Para nosotros las diversas reducciones, comenzando por la eidética no implican esta pérdida. Al contrario, gracias a ellas, el sujeto no solo toma conciencia de la existencia de la trascendencia sino también de la significación de esta.

Es mérito de Carrillo, igualmente, el haberse anticipado en ciertos puntos a intérpretes europeos al confrontar el pensamiento de Husserl con el de Heidegger.

Finalmente, consideramos valiosa la posición de Carrillo al afirmar, en forma clara, la positividad del derecho, pero, al mismo tiempo al rechazar, fenomenológicamente, la actitud y mentalidad positivista de quienes pretenden definir la racionalidad por la legalidad sistemática del “así es” e inferir de allí el “así debe ser”. Leyendo páginas del maestro Carrillo recordábamos páginas de Husserl, que él no podía conocer por no estar publicadas, como esta: “La ciencia objetivista, toma lo que ella denomina mundo objetivo por el universo de todo lo existente, sin considerar que la subjetividad creadora de la ciencia no puede hallar cabida en ninguna ciencia… El investigador… no se da cuenta que el fundamento permanente de su trabajo mental, es el mundo circundante vital que constantemente está presupuesto como fondo, como el terreno de la actividad, sobre el cual solo tienen sentido sus preguntas y sus métodos de pensamiento” (Die Krisis der europäischen Wissenschaften und die transzendental Phänomenologie, Den Hagg, 1959, PP. 342 – 343)

FENOMENOLOGÍA COMO SABER TRASCENDENTAL

En este primer periodo de 1900 a 1933, que se interpretaba la fenomenología como ciencia eidética, también se le interpreta como saber trascendental teniéndose en cuenta la aparición en 1913 de la obra de Husserl ‘Ideas sobre una fenomenología pura y una filosofía fenomenológica’. Allí se va más allá de la fenomenología como ciencia eidética y se encausa por una fenomenología trascendental teniendo en cuenta el cartesianismo de Descartes y la filosofía trascendental de Kant. Husserl que era un filósofo contemporáneo; se regresa, y tuvo en cuenta a esos dos filósofos modernos. De ahí surge la fenomenología trascendental. 

Esa fenomenología trascendental, fue acogida en Colombia sólo a finales de la década de 1940, y para algunos heideggerianos, como Cruz Vélez, el no haberse recepcionado en el momento en que debió hacerse, al parecer incidió para que no se hiciera una adecuada recepción de la metafísica de Heidegger. 

ANALÍTICA DE LA CONCIENCIA Y DE LA SUBJETIVIDAD

Cronológicamente es un segundo periodo de interpretación que se hace en Europa a partir de la publicación de un estudio en 1933 de su asistente Eugenio Fink, con una pequeña presentación aprobatoria de puño y letra del mismo Husserl, y que influyó en todas las que se hicieron en Europa hasta 1949 y en Colombia hasta 1965. 

Dice Daniel Herrera, que “Fink indicaba allí como problema central de la fenomenología el origen del mundo, entendiendo por mundo el conjunto de significaciones presentes en la conciencia intencional. El objetivo de la fenomenología, según Fink, era la explicitación de este mundo mediante el descubrimiento de su génesis intencional en la actividad constituyente de la conciencia, cuyo principio activo era el Ego trascendental, al cual se llegaba por medio de la reducción. 

La génesis podía ser puesta al descubierto con el análisis intencional que permite descomponer las significaciones en sus elementos, seguir sus referencias hasta lo intencionalmente anterior y llegar, finalmente, a la fuente de significación.

Con esta interpretación, la fenomenología dejaba de ser una ciencia eidética para convertirse en una analítica de la conciencia y de la subjetividad, dando motivos suficientes para que se considerara a Husserl como idealista en el sentido pleno de la palabra”

LA INTENCIONALIDAD

Un tercer periodo comienza con el conocimiento que se tuvo en 1949 de los escritos inéditos del maestro que se encuentran en el Archivo Husserl de Lovaina, y la prolongación del pensamiento fenomenológico, que hizo Heidegger y Merleau-Ponty. A partir de allí, se creó una ruptura con los esquemas de la fenomenología como ciencia eidética o saber trascendental; y la clave para la nueva interpretación es, en un primer momento, la intencionalidad. De allí comienzan las confrontaciones entre el pensamiento de Husserl y Heidegger o entre Husserl y Merleau – Ponty.

LOS SUPUESTOS DE LA SUBJETIVIDAD

Este cuarto periodo de interpretación, comienza en 1954 con la publicación de Krisis y de Erste Philosophie con temas como el mundo de la vida, la teleología de la conciencia, la teleología de la historia y los caminos fenomenológicos no cartesianos, que permiten toda una nueva sistematización del pensamiento fenomenológico y un acercamiento, especialmente en Alemania, entre fenomenología, filosofía analítica y marxismo. Igualmente, la relación entre fenomenología y hermenéutica, entendida esta última no como simple teoría de la interpretación, sino en cuanto la interpretación es la base de toda experiencia humana y en cuanto comprender algo es comprenderlo en una totalidad que se constituye en la comunidad y en la comunicación. Así mismo la relación entre fenomenología y marxismo, especialmente el de la escuela de Francfort. 

Aunque este marxismo cuestiona el trascendentalismo de Husserl y pretende determinar por sí mismo el sentido social de la experiencia histórica, encuentra valida la reflexión fenomenológica que establece una relación esencial entre pensamiento positivo y formal con el mundo de la vida, para combatir desde allí la pretensión de validez absoluta y autónoma de dicho pensamiento.

Haciendo un paréntesis, algunos autores señalan, que este periodo interpretativo iniciado en 1954 en Europa es el que más se ha dejado sentir en Colombia a partir de 1970. Esa aseveración se hacía a mediados de la década de 1980. Hoy creemos que ya no es del todo cierta; la bibliografía revisada da cuenta de la cantidad de autores que también se ha dedicado a las otras interpretaciones sobre el pensamiento Husserliano, en particular sobre la intencionalidad.

Retomando nuestro camino, desde 1927 Heidegger ya había comenzado una controversia abierta con su maestro Husserl, y sus seguidores decían, que había comenzado donde Husserl había terminado, dándole a la fenomenología las bases ontológicas de las cuales sufría. Los supuestos de la subjetividad de Husserl, comenzaron a ser minados por Heidegger. 

Entre esos intérpretes se encuentra el filósofo Danilo Cruz Vélez, quien sostiene en su libro ‘Filosofía sin supuestos’, que el supuesto fundamental de Husserl fue haber identificado el yo como sujeto puro, sin darle ninguna trascendencia y por lo tanto podía ser pensado como pura actividad y por fuera de las decisiones ontológicas de la filosofía. 

El otro supuesto fue el haber seleccionado la reflexión como la vía de penetración a este sujeto, selección que se le cargaba o exigía en forma muy visible u obvia que no daba pie para preguntarse sobre su defensa. Selección que para algunos se devela como una posible contradicción, por cuanto la reflexión sugiere al mismo tiempo, una separación o escisión y una identificación. 

La contradicción al parecer radica cuando Husserl sostiene la pureza del yo, pero al mismo tiempo lo determina como un yo real y por lo tanto como un yo impuro. Esa posición según Cruz Vélez hace que fracase ese proyecto de toda metafísica de la subjetividad, pues busca lo estático del ser del hombre y lo termina identificándolo con un ser semejante al ser de las cosas. 

Para dar una respuesta a la pregunta por el ser del hombre considera el filósofo colombiano que superando todo supuesto, se impone la vía fenomenológica de Heidegger en el cual el yo se identifica como Dasein (es una palabra alemana que expresa ser-ahí, aquí, allí y de esa manera Heidegger la usa para comprender la existencia humana, el ser uno mismo, el estar allí).

El filósofo Daniel Herrera le hace varias críticas a Danilo Cruz Vélez porque este en su libro ‘Filosofía sin supuestos’, tiene en cuenta textos anteriores a 1924 y excepcionalmente cita la obra de Husserl Krisis. Husserl murió en 1938 y en ese periodo la evolución de Husserl fue notable. De ahí que Daniel ubique a su colega Danilo en el segundo periodo interpretativo, es decir con la visión de la fenomenología como analítica de la conciencia y de los fenómenos subjetivos.

Finalmente, queremos decir, que por los límites que impone un espacio periodístico, nos propusimos hacer este escrito con carácter informativo sobre las distintas interpretaciones de esta importante corriente filosófica, sin entrar en sus profundidades y detalles. En el siglo XX la aproximación a Husserl se hace en Colombia, solo a finales de la década de 1930. Los libros importantes y las traducciones nos llegaban tarde, un punto de nuestra anormalidad, producto de nuestra dependencia cultural de España que comienza a “filosofar” (en el sentido kantiano, como ejercicio autónomo de la razón) en serio a finales del siglo XIX. En 1938 Marco Aurelio Arango escribe un artículo ‘Edmundo Husserl: Filosofía fenomenológica’ en la Universidad de Antioquia; en 1939, Rafael Carrillo publica en el Diario El Siglo ‘Husserl y Scheler’ y desde esa fecha en toda su obra filosófica se encuentra presente Husserl. Lo mismo hace Nieto Arteta, quien publica en la revista de la Universidad de Antioquia en 1941, 1942 y 1953 tres escritos: ‘virtualidad creadora de la dialéctica’, ‘Notas sobre la fenomenología’, ‘La fenomenología y la analítica de la existencia’, respectivamente; y Adalberto Botero Escobar quien en 1948 publica ‘Tres momentos de la fenomenología’.

Le siguieron: ‘La intencionalidad como responsabilidad’ de Guillermo Hoyos, 1966; ‘Filosofía sin supuestos’ de Danilo Cruz Vélez en 1970 y “Hombre y Filosofía” de Daniel Herrera, también en 1970. Estos tres últimos, tienen en su haber varios trabajos sobre Husserl, lo mismo que otros filósofos colombianos del siglo XXI, constituyendo una rica bibliografía sobre este pensador. 

El método fenomenológico, que abarca todos los contenidos de la  conciencia, se encuentra en sus libros publicados antes de su muerte en 1938, y, los manuscritos originales en más de 45.000 páginas que se conservan desde 1949 en el ‘Archivo Husserl’ de la Universidad de Lovaina, – se comenzaron a publicar en la década de 1950 -, lo que indica, que por lo extensa de su obra, son muchos los estudios que faltan por realizarse, en razón a que los temas fenomenológicos derivados de su obra, y que hasta el día de hoy se han expuestos por sus seguidores, siguen siendo proporcionalmente muy limitados. La tarea es larga.

POR. CARLOS ELÍAS LÚQUEZ CARRILLO/ESPECIAL PARA EL PILÓN.

Cultura
25 agosto, 2023

Natalicio 116 de Rafael Carrillo: la fenomenología de Husserl

El derecho “es algo que el hombre hace para hacerse a sí mismo, y el hacerse a sí mismo constituye la realización del valor supremo de una persona”.


Monumento a Rafael Carrillo Lúquez en Valledupar. 

FOTO: CORTESÍA.
Monumento a Rafael Carrillo Lúquez en Valledupar. FOTO: CORTESÍA.
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De los grandes filósofos de la humanidad, tal vez, el pensamiento filosófico que más se ha interpretado es el de Edmund Husserl, fundador de la fenomenología. A partir de su primera obra ‘Investigaciones lógicas’ se le interpretó por sus primeros discípulos, los más influyentes, Max Scheler y Alexander Phänder, como ciencia eidética. En nuestro medio, Rafael Carrillo también la interpretaba como ciencia eidética y concretamente la definió como “Disciplina Auxiliar de la Filosofía” en su libro ‘Ambiente axiológico de la teoría pura del derecho’.

Esta primera interpretación se da en Europa entre 1900 y 1933 y conocida en Colombia a mediados de la década de 1930 a través de la escuela de traductores de la Revista de Occidente que dirigía Ortega y Gasset (1923 – 1936). 

El ibérico también era partidario de la fenomenología como ciencia eidética y sus discípulos eran quienes traducían las obras de Max Scheler, uno de los representantes del movimiento fenomenológico que más incidió en los primeros filósofos colombianos. 

Esa interpretación de la fenomenología como ciencia eidética que siguió Scheler y Phänder entre otros, en Alemania y en Colombia, Rafael Carrillo y Nieto Arteta, con fundamento en ‘Investigaciones lógicas’, permitía describir la esencia de las diferentes regiones materiales con base a la intuición, considerada esta como el acto fundamental de la conciencia. Se insistía entonces en la distinción entre las actividades intuitivas y las actividades discursivas de la conciencia y de sus objetos correlativos.

En esta interpretación, dice el filósofo Daniel Herrera, que, en Colombia, Nieto Arteta “desde el derecho se introdujo en el mundo de la filosofía; y el maestro Rafael Carrillo, quien desde el mundo de la filosofía inspeccionó el mundo del derecho”. Continúa Herrera refiriéndose a Nieto:él vio en la fenomenología un punto de apoyo para sus reflexiones sobre la teoría pura del derecho de Kelsen para quien la filosofía no indica cómo es o cómo debe ser el derecho, sino que es en términos positivos”.

De acuerdo con la concepción de la fenomenología como ciencia eidética, defendió que -las estructuras formales apriorísticas de la experiencia jurídica, son esencias formales que encierran determinadas esencias materiales y que la materia contingente y variable de dicha experiencia, es una esencia material que supone una cierta estructura formal”, para concluir que “la teoría fenomenológica de las formas categoriales también son una condición lógica para la superación del formalismo jurídico” (Lógica, fenomenología y formalismo jurídico”, en Universidad Católica Bolivariana, 7, 1941, p. 458.).

“REALIDAD Y VALOR, VIDA Y ESPÍRITU”

Fue mérito de Nieto Arteta el haber asumido lo jurídico como una región eidética cuya ontología y lógica deberían ser investigadas fenomenológicamente. Sus investigaciones lo llevan a afirmar, con acentos del viejo Husserl: “Realidad y valor, vida y espíritu, ser y deber ser, forma y materia, he ahí el contenido de la experiencia jurídica. Ni pura razón, ni pura vida. Lo vital racionalizado y lo racional vitalizado” (Ibidem).

Respecto al maestro Rafael Carrillo, dice que ya este se había definido en la década de los cuarenta como Bios Théoritikos y “también se interesó por la región jurídica, pero en términos estrictamente filosóficos, y esto desde el punto de vista de la fenomenología, la cual interpretaba como ciencia eidética.

“Carrillo estaba de acuerdo con Kelsen en la positividad esencial del derecho. Se mostraba, sin embargo, en desacuerdo con la posición negativa de Kelsen acerca de la posibilidad de una aproximación a la esencia del derecho. Para el filósofo colombiano era posible, gracias a la fenomenología, “enfocar el derecho como un objeto que, además, posee una significación. 

Mediante la aplicación de una reducción axiológica – única que garantizaría según él la trascendencia de los valores- mostró, bajo la inspiración de Scheler, la esencial referencia del derecho a los valores. En un segundo momento, aceptando con Scheler la posibilidad de la constitución del objeto jurídico a partir de una analítica existencial de Heidegger para explicar la esencial referencia de los valores a la persona, valor fundante de todo valor, ya que para él “la pregunta por el ser del derecho se resuelve mejor cuando a su base se coloca el interrogante por la existencia personal.

SU CONCEPTO SOBRE EL DERECHO

Una primera conclusión de Carrillo en relación con el sentido esencial del derecho, fue la de que este “es algo que el hombre hace para hacerse a sí mismo, y el hacerse a sí mismo constituye la realización del valor supremo de una persona”.

Continúa Herrera: “Entre los méritos del maestro Carrillo, desde el punto de vista de la recepción de Husserl, quisiéramos citar solo algunos, dada la brevedad del tiempo.

Carrillo es el primero en utilizar una reducción axiológica, aunque no estemos de acuerdo con la razón que dio para su utilización, a saber, la de que era la única manera de asegurar la trascendencia del valor. La reducción eidética implica la pérdida de la trascendencia. Para nosotros las diversas reducciones, comenzando por la eidética no implican esta pérdida. Al contrario, gracias a ellas, el sujeto no solo toma conciencia de la existencia de la trascendencia sino también de la significación de esta.

Es mérito de Carrillo, igualmente, el haberse anticipado en ciertos puntos a intérpretes europeos al confrontar el pensamiento de Husserl con el de Heidegger.

Finalmente, consideramos valiosa la posición de Carrillo al afirmar, en forma clara, la positividad del derecho, pero, al mismo tiempo al rechazar, fenomenológicamente, la actitud y mentalidad positivista de quienes pretenden definir la racionalidad por la legalidad sistemática del “así es” e inferir de allí el “así debe ser”. Leyendo páginas del maestro Carrillo recordábamos páginas de Husserl, que él no podía conocer por no estar publicadas, como esta: “La ciencia objetivista, toma lo que ella denomina mundo objetivo por el universo de todo lo existente, sin considerar que la subjetividad creadora de la ciencia no puede hallar cabida en ninguna ciencia… El investigador… no se da cuenta que el fundamento permanente de su trabajo mental, es el mundo circundante vital que constantemente está presupuesto como fondo, como el terreno de la actividad, sobre el cual solo tienen sentido sus preguntas y sus métodos de pensamiento” (Die Krisis der europäischen Wissenschaften und die transzendental Phänomenologie, Den Hagg, 1959, PP. 342 – 343)

FENOMENOLOGÍA COMO SABER TRASCENDENTAL

En este primer periodo de 1900 a 1933, que se interpretaba la fenomenología como ciencia eidética, también se le interpreta como saber trascendental teniéndose en cuenta la aparición en 1913 de la obra de Husserl ‘Ideas sobre una fenomenología pura y una filosofía fenomenológica’. Allí se va más allá de la fenomenología como ciencia eidética y se encausa por una fenomenología trascendental teniendo en cuenta el cartesianismo de Descartes y la filosofía trascendental de Kant. Husserl que era un filósofo contemporáneo; se regresa, y tuvo en cuenta a esos dos filósofos modernos. De ahí surge la fenomenología trascendental. 

Esa fenomenología trascendental, fue acogida en Colombia sólo a finales de la década de 1940, y para algunos heideggerianos, como Cruz Vélez, el no haberse recepcionado en el momento en que debió hacerse, al parecer incidió para que no se hiciera una adecuada recepción de la metafísica de Heidegger. 

ANALÍTICA DE LA CONCIENCIA Y DE LA SUBJETIVIDAD

Cronológicamente es un segundo periodo de interpretación que se hace en Europa a partir de la publicación de un estudio en 1933 de su asistente Eugenio Fink, con una pequeña presentación aprobatoria de puño y letra del mismo Husserl, y que influyó en todas las que se hicieron en Europa hasta 1949 y en Colombia hasta 1965. 

Dice Daniel Herrera, que “Fink indicaba allí como problema central de la fenomenología el origen del mundo, entendiendo por mundo el conjunto de significaciones presentes en la conciencia intencional. El objetivo de la fenomenología, según Fink, era la explicitación de este mundo mediante el descubrimiento de su génesis intencional en la actividad constituyente de la conciencia, cuyo principio activo era el Ego trascendental, al cual se llegaba por medio de la reducción. 

La génesis podía ser puesta al descubierto con el análisis intencional que permite descomponer las significaciones en sus elementos, seguir sus referencias hasta lo intencionalmente anterior y llegar, finalmente, a la fuente de significación.

Con esta interpretación, la fenomenología dejaba de ser una ciencia eidética para convertirse en una analítica de la conciencia y de la subjetividad, dando motivos suficientes para que se considerara a Husserl como idealista en el sentido pleno de la palabra”

LA INTENCIONALIDAD

Un tercer periodo comienza con el conocimiento que se tuvo en 1949 de los escritos inéditos del maestro que se encuentran en el Archivo Husserl de Lovaina, y la prolongación del pensamiento fenomenológico, que hizo Heidegger y Merleau-Ponty. A partir de allí, se creó una ruptura con los esquemas de la fenomenología como ciencia eidética o saber trascendental; y la clave para la nueva interpretación es, en un primer momento, la intencionalidad. De allí comienzan las confrontaciones entre el pensamiento de Husserl y Heidegger o entre Husserl y Merleau – Ponty.

LOS SUPUESTOS DE LA SUBJETIVIDAD

Este cuarto periodo de interpretación, comienza en 1954 con la publicación de Krisis y de Erste Philosophie con temas como el mundo de la vida, la teleología de la conciencia, la teleología de la historia y los caminos fenomenológicos no cartesianos, que permiten toda una nueva sistematización del pensamiento fenomenológico y un acercamiento, especialmente en Alemania, entre fenomenología, filosofía analítica y marxismo. Igualmente, la relación entre fenomenología y hermenéutica, entendida esta última no como simple teoría de la interpretación, sino en cuanto la interpretación es la base de toda experiencia humana y en cuanto comprender algo es comprenderlo en una totalidad que se constituye en la comunidad y en la comunicación. Así mismo la relación entre fenomenología y marxismo, especialmente el de la escuela de Francfort. 

Aunque este marxismo cuestiona el trascendentalismo de Husserl y pretende determinar por sí mismo el sentido social de la experiencia histórica, encuentra valida la reflexión fenomenológica que establece una relación esencial entre pensamiento positivo y formal con el mundo de la vida, para combatir desde allí la pretensión de validez absoluta y autónoma de dicho pensamiento.

Haciendo un paréntesis, algunos autores señalan, que este periodo interpretativo iniciado en 1954 en Europa es el que más se ha dejado sentir en Colombia a partir de 1970. Esa aseveración se hacía a mediados de la década de 1980. Hoy creemos que ya no es del todo cierta; la bibliografía revisada da cuenta de la cantidad de autores que también se ha dedicado a las otras interpretaciones sobre el pensamiento Husserliano, en particular sobre la intencionalidad.

Retomando nuestro camino, desde 1927 Heidegger ya había comenzado una controversia abierta con su maestro Husserl, y sus seguidores decían, que había comenzado donde Husserl había terminado, dándole a la fenomenología las bases ontológicas de las cuales sufría. Los supuestos de la subjetividad de Husserl, comenzaron a ser minados por Heidegger. 

Entre esos intérpretes se encuentra el filósofo Danilo Cruz Vélez, quien sostiene en su libro ‘Filosofía sin supuestos’, que el supuesto fundamental de Husserl fue haber identificado el yo como sujeto puro, sin darle ninguna trascendencia y por lo tanto podía ser pensado como pura actividad y por fuera de las decisiones ontológicas de la filosofía. 

El otro supuesto fue el haber seleccionado la reflexión como la vía de penetración a este sujeto, selección que se le cargaba o exigía en forma muy visible u obvia que no daba pie para preguntarse sobre su defensa. Selección que para algunos se devela como una posible contradicción, por cuanto la reflexión sugiere al mismo tiempo, una separación o escisión y una identificación. 

La contradicción al parecer radica cuando Husserl sostiene la pureza del yo, pero al mismo tiempo lo determina como un yo real y por lo tanto como un yo impuro. Esa posición según Cruz Vélez hace que fracase ese proyecto de toda metafísica de la subjetividad, pues busca lo estático del ser del hombre y lo termina identificándolo con un ser semejante al ser de las cosas. 

Para dar una respuesta a la pregunta por el ser del hombre considera el filósofo colombiano que superando todo supuesto, se impone la vía fenomenológica de Heidegger en el cual el yo se identifica como Dasein (es una palabra alemana que expresa ser-ahí, aquí, allí y de esa manera Heidegger la usa para comprender la existencia humana, el ser uno mismo, el estar allí).

El filósofo Daniel Herrera le hace varias críticas a Danilo Cruz Vélez porque este en su libro ‘Filosofía sin supuestos’, tiene en cuenta textos anteriores a 1924 y excepcionalmente cita la obra de Husserl Krisis. Husserl murió en 1938 y en ese periodo la evolución de Husserl fue notable. De ahí que Daniel ubique a su colega Danilo en el segundo periodo interpretativo, es decir con la visión de la fenomenología como analítica de la conciencia y de los fenómenos subjetivos.

Finalmente, queremos decir, que por los límites que impone un espacio periodístico, nos propusimos hacer este escrito con carácter informativo sobre las distintas interpretaciones de esta importante corriente filosófica, sin entrar en sus profundidades y detalles. En el siglo XX la aproximación a Husserl se hace en Colombia, solo a finales de la década de 1930. Los libros importantes y las traducciones nos llegaban tarde, un punto de nuestra anormalidad, producto de nuestra dependencia cultural de España que comienza a “filosofar” (en el sentido kantiano, como ejercicio autónomo de la razón) en serio a finales del siglo XIX. En 1938 Marco Aurelio Arango escribe un artículo ‘Edmundo Husserl: Filosofía fenomenológica’ en la Universidad de Antioquia; en 1939, Rafael Carrillo publica en el Diario El Siglo ‘Husserl y Scheler’ y desde esa fecha en toda su obra filosófica se encuentra presente Husserl. Lo mismo hace Nieto Arteta, quien publica en la revista de la Universidad de Antioquia en 1941, 1942 y 1953 tres escritos: ‘virtualidad creadora de la dialéctica’, ‘Notas sobre la fenomenología’, ‘La fenomenología y la analítica de la existencia’, respectivamente; y Adalberto Botero Escobar quien en 1948 publica ‘Tres momentos de la fenomenología’.

Le siguieron: ‘La intencionalidad como responsabilidad’ de Guillermo Hoyos, 1966; ‘Filosofía sin supuestos’ de Danilo Cruz Vélez en 1970 y “Hombre y Filosofía” de Daniel Herrera, también en 1970. Estos tres últimos, tienen en su haber varios trabajos sobre Husserl, lo mismo que otros filósofos colombianos del siglo XXI, constituyendo una rica bibliografía sobre este pensador. 

El método fenomenológico, que abarca todos los contenidos de la  conciencia, se encuentra en sus libros publicados antes de su muerte en 1938, y, los manuscritos originales en más de 45.000 páginas que se conservan desde 1949 en el ‘Archivo Husserl’ de la Universidad de Lovaina, – se comenzaron a publicar en la década de 1950 -, lo que indica, que por lo extensa de su obra, son muchos los estudios que faltan por realizarse, en razón a que los temas fenomenológicos derivados de su obra, y que hasta el día de hoy se han expuestos por sus seguidores, siguen siendo proporcionalmente muy limitados. La tarea es larga.

POR. CARLOS ELÍAS LÚQUEZ CARRILLO/ESPECIAL PARA EL PILÓN.