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Especial - 4 marzo, 2024

Mechoacán: ¿qué hay detrás del renovado interés por el caso?

JEP y URT investigan posibles desalojos y desplazamientos en La Jagua de Ibirico, incluyendo el caso Mechoacán donde Drummond enfrenta cuestionamientos sobre la compra de tierras. La empresa niega las acusaciones, pero el Tribunal de Cartagena duda de su buena fe. La revisión meticulosa de los reclamos y contrargumentos es crucial para esclarecer la verdad.

Las  parcelas de Mechoacán, ubicadas en una finca que estuvo azotada por la violencia guerrillera, que luego fue invadida por familias que se trasladaron de manera sistemática desde otros municipios desde finales de los años 1980.
Las parcelas de Mechoacán, ubicadas en una finca que estuvo azotada por la violencia guerrillera, que luego fue invadida por familias que se trasladaron de manera sistemática desde otros municipios desde finales de los años 1980.
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En las últimas semanas ha vuelto a la agenda pública el tema de los procesos de restitución de tierras en el departamento del Cesar, específicamente en el área minera del municipio de La Jagua de Ibirico. Esto, por cuenta del muy reciente convenio firmado el 11 de diciembre de 2023, entre la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la Unidad de Restitución de Tierras (URT). Debido a este convenio -por cuanto aquella jurisdicción lleva a nivel nacional indagaciones de posibles macrocasos de desalojos y desplazamientos-, mes y medio después, la URT inició a mediados de febrero una serie de visitas catastrales para identificar tanto predios que en el pasado tuvieron solicitudes de restitución en las parcelaciones de El Prado y Mechoacán, -y que ya habían sido archivadas por no encontrar causas para continuar con los procesos- , como predios sobre los que se presentaron nuevas solicitudes. Se conoció que esa es una diligencia de tipo administrativo que a estas alturas no puede decirse que los bienes estén inscritos para adelantar un proceso de restitución pues se está en etapa de análisis de pruebas de antecedentes y de contexto antes de proceder con alguna demanda ante los jueces.

En el caso de Mechoacán este tema no es nuevo. De hecho, se remonta a hace más de 15 años cuando Drummond avanzaba en los trámites de licenciamiento ambiental para iniciar la fase de producción de la concesión minera El Descanso. Justamente por eso, algunas voces del sector se preguntan qué hay detrás del renovado interés en un tema de la primera década de los años 2000, si las autoridades tienen todas las actas y actos administrativos que documentan cómo se desarrollaron las negociaciones en su momento.

EL PILÓN decidió averiguar sobre el caso. Al respecto, Drummond ha desvirtuado ante la jurisdicción de restitución de tierras, según se pudo constatar, los cuestionamientos que ha recibido con relación a la parcelación de Mechoacán, por lo que esas mismas voces se cuestionan si existe una investigación objetiva para cada caso, o si por el contrario existe una idea pre establecida que estaría llevando a tomar decisiones sobre un viejo y finiquitado proceso de adquisición.

En el año 2007, en el marco de los permisos que debía obtener la compañía para poner a andar la mina, el Estado -a través del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial- le ordenó a la minera iniciar una negociación para adquirir la totalidad de las parcelas de Mechoacán, ubicadas en una finca que estuvo azotada por la violencia guerrillera, que luego fue invadida por familias que se trasladaron de manera sistemática desde otros municipios desde finales de los años 1980. Es en 1994 que el extinto Incora la compró a una sociedad, propiedad de la familia paisa Arango Isaza, con el fin de adjudicarla a las familias invasoras.
Después de un consejo comunitario realizado en el año 2007 en La Jagua de Ibirico, como consecuencia de unas marchas de protesta motivadas por el mal estado de las vías y la falta de inversión social, se le encomendó al Ministerio de Agricultura y al INCODER liderar unas mesas de negociación para concertar la adquisición de la parcelación por parte de Drummond, como era el deseo de los parceleros.

La compañía indicó que no quería adquirir la totalidad de las parcelas, ya que más de 40 estaban por fuera del área concesionada a través de sus títulos mineros. Sin embargo, el Ministerio de Ambiente ordenó a Drummond comenzar el proceso de negociación con los parceleros de Mechoacán en el año 2007.

Anteriormente, como indicamos atrás y retomando el contexto, los hechos de invasión de la propiedad de la familia Arango Isaza y lo que sucedió posteriormente con los parceleros, precedieron bastante tiempo a la apertura de la licitación internacional de las áreas de El Descanso por parte del gobierno colombiano a través de la empresa estatal y autoridad minera MINERCOL, y de que se expidiera la licencia ambiental que obligó a Drummond a asumir compromisos normativos, entre ellos los de adquirir la totalidad de las parcelas de Mechoacán.

Las mesas de negociación se llevaron a cabo entre abril de 2007 y septiembre de 2008. En ellas participaron el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Ambiente, el INCODER, INGEOMINAS, que había asumido entonces el papel institucional de MINERCOL, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), la Procuraduría General de la Nación, los parceleros representados por reconocidos abogados, la comunidad misma, y Drummond.

Al interior de la mesa, como consta en las actas del INCODER de octubre de 2007, que verificó este diario, Drummond manifestó la necesidad de tener seguridad jurídica en las negociaciones, teniendo en cuenta las problemáticas asociadas a la titularidad de la tierra en la región. Al respecto, la compañía pidió que se “clarificara la situación de los titulares o poseedores de las parcelas” antes de proceder a la compra. Y requirió para el efecto a INCODER. Una primera verificación era si los propietarios de las fincas podían vender habiendo sido titulados en procesos de reforma agraria, y se aseveró que habían transcurrido más de los 10 años de prohibición legal de hacer transferencias de la propiedad.

En los documentos en los que se plasma la trazabilidad del proceso, es claro que el INCODER, además de liderar el proceso, se encargó de hacer los estudios de títulos y de indicarle a Drummond a quién debía comprarle y en qué calidad; el IGAC efectuó los avalúos comerciales que sirvieron de base a la negociación y la Procuraduría General de la Nación acompañó todo el proceso, garantizando la transparencia y respeto de los derechos de los parceleros.

Justamente, en el video denominado “Mechoacán – Un Modelo del Ordenamiento Social de la Propiedad en Colombia” (2009), al que se puede acceder en Youtube, Jairo Mesa, quien en ese momento se desempeñaba como Gerente Ad-Hoc del INCODER, indica que: “Yo creo que, para el Gobierno Nacional, esta es la experiencia más importante que ha tenido en materia de ‘ordenamiento social de la propiedad’ en los últimos años: la concertación de 131 familias que llegaron a un acuerdo con una empresa, con la garantía del Estado. El INCODER les garantizaba a ellos el debido proceso, les garantizaba que los valores fueran justos, el IGAC hizo el avalúo y con el acompañamiento también de la Procuraduría General de la Nación. Esto demuestra que cuando concertamos en materias tan delicadas como el ordenamiento social de la propiedad, donde hay tanto conflicto en Colombia, se puede llegar a unos resultados extraordinarios”.

En el video, que hace parte de la documentación del proceso y que una vez culminado éste se remitió a la Presidencia de la República y a los ministerios de Agricultura, Ambiente, Minas, y a la Procuraduría General de la Nación, entre otros, figura también el testimonio de la entonces procuradora judicial, ambiental y agraria, Maciel María Osorio, quien ha señalado que: “El Ministerio Público ve con beneplácito que se logró un precio justo por el valor de la tierra, se logró que la totalidad de los parceleros pudieran obtener un beneficio de esta negociación y que se pudieran ubicar en otro predio”.

En otro apartado, la funcionaria dela entidad de control agregó: “Es una negociación transparente. Se solicitó que el INCODER participara por medio de un gerente que no tuviera algún interés en la zona, y para tal efecto se nombró un gerente ad-hoc. El hecho de tener sentados en la mesa a los representantes legales de las personas que tenían poder, acreditados, realmente verificados, genera transparencia. La solicitud que hace tanto la Drummond como los apoderados, y el mismo INCODER, de tener presente a la Procuraduría General de la Nación en la mesa también es un síntoma de transparencia en la negociación (…)”.

Y Drummond, ¿qué dice?

Al consultarle a la compañía sobre este caso, le dijo a este medio: “Drummond hizo todo lo que estaba a su alcance, comprometiéndose más allá de lo que le exigía la ley, para asegurarse de que los predios que adquirió sí podían ser comprados de forma legal, cumpliendo los más altos cánones que exige la buena fe exenta de culpa, y sin afectar los derechos de terceros y/o de la población vulnerable. En la mayoría de los casos, la compañía pagó por encima de los avalúos entregados por el IGAC”.

Así mismo la compañía indicó que en el memorando de entendimiento entre las partes suscrito el 24 de septiembre de 2008, en el que se acordaron las condiciones para la negociación, se incluyó el siguiente párrafo: “Drummond se abstendrá de suscribir actos jurídicos con aquellos parceleros, poseedores, ocupantes o personas en general, sobre los cuales se tenga indicios de que se encuentran vinculados a investigaciones judiciales o que se han hecho al dominio, posesión o tenencia de las parcelas con base en la fuerza como resultado del desplazamiento forzado de personas. Para conjurar lo anterior, el interesado podrá desvirtuar tales indicios con la certificación expedida por la Procuraduría General de la Nación, o entidad competente para el efecto”.

El Ministerio de Ambiente ordenó a Drummond comenzar el proceso de negociación con los parceleros de Mechoacán en el año 2007.

En su comunicación con el diario EL PILÓN, Drummond reiteró que actuó con diligencia rigurosa, y confió legítimamente en que la intervención interinstitucional del Estado colombiano era plena garantía de que el proceso de negociación se hacía respetando el interés general y los derechos de toda la comunidad. Tanto es es así, dijo Drummond que al cierre de la mesa no adquirió 21 parcelas porque sus títulos presentaban problemas jurídicos.

¿Se arrepintieron?

Hay dudas. Algunos adjudicatarios iniciales que vendieron, más exactamente sus posesiones, a vecinos, familiares o amigos, alegaron posteriormente que enajenaron sus predios por cuenta del conflicto armado en la zona y que, por eso, solicitan su restitución. Fueron hechos acaecidos en los años 80 y 90s antes de que el INCORA entre 1993 y 1995 adjudicara las fincas.

Con todo, en el aludido video hay testimonios de viva voz de los parceleros y sus abogados representantes que mostraban su satisfacción y exaltaban la negociación como “la más importante que se ha dado en el país” y donde los propios campesinos afiliados expresaban que el proceso les aseguró su futuro.

“Yo con la plata de la venta de la parcela compré otra parcela, compré dos casas en Curumaní, compré un carrito, y el resto de la plata la invertí en ganado”, dice en el video el parcelero William Castillo Mojica.

“Antes de vender la parcela, la vida pues sí, era como más difícil, de pronto no tenía la facilidad que tengo hoy en día, porque hoy digamos se me facilita más, para hacer cualquier cosa que yo necesite hacer mientras tanto, anteriormente por la situación económica era más difícil. Hoy en día me siento gracias a Dios en una forma de vida mejor, agradecido a Dios hasta la presente. Yo lo veo como un futuro asegurado, aunque todo depende de todos nosotros. A mí el proceso me pareció legal y a la vez me siento conforme”, agregó.

Justamente, uno de quienes vendió su parcela años después del cierre de la mesa de negociación, una vez fueron resueltos los inconvenientes jurídicos identificados, fue “Juan Pérez” (cambiamos el nombre original, pues la persona pidió mantenerse en el anonimato), quien la había adquirido años antes a un campesino de la zona, “Luis Ruiz” (cambiamos el nombre original, pues la persona pidió mantenerse en el anonimato). Este último -incluso- con pruebas diagnósticas en mano, le dijo a “Pérez” que debía vender el terreno porque necesitaba el dinero para pagar una cirugía a su esposa, que tenía cáncer de mama.

Años después, cuando se anunciaron las negociaciones con Drummond para la ampliación de la zona minera, “Pérez” cuenta que tuvo que acudir a “Ruiz” para poder hacer la firma de la escritura, pues hasta ese momento no se había hecho el trámite notarial de la compra del predio. “Ruiz” dijo que él firmaba, pero si le pagaban adicionalmente $140 millones, que porque él se había declarado como desplazado.

“Nosotros nunca hemos estado involucrados en grupos al margen de la ley. Por lo tanto, no presionamos ni recibimos presiones para comprar inicialmente el terreno o para venderlo luego a Drummond. Lo que se escucha es que, después de tantos años, algunos sienten que no recibieron todo lo que merecían, o que quieren más plata de la que se pagó en su momento. La gente se malgastó el dinero y ahora quieren más”, indicó.

Además de estos testimonios, también llama la atención que, aunque están todas las actas, documentos y actos administrativos que evidencian el desarrollo de las negociaciones, el Tribunal de Cartagena insiste en desconocer la buena fe exenta de culpa de la compañía.

“No sé qué hay detrás de todo esto, pero sí sé qué debería pasar. Y es que la ley, claramente, dice que en los procesos de restitución de tierra a desplazados deben respetarse los derechos de quienes adquirieron los terrenos de buena fe. Lo que se pregunta uno es por qué la insistencia de las autoridades de desconocer estos derechos. Mechoacán fue un caso icónico porque se tuvo el acompañamiento de múltiples autoridades competentes. ¿Cómo es posible que se cuestione a quien siguió todas las reglas de juego?”, indica Daniel Posse, socio de la firma de abogados Posse Herrera Ruiz (PHR), que asesora a Drummond en el proceso.

Aun cuando se han desvirtuado los cuestionamientos ante la jurisdicción de restitución de tierras, de procesos que se iniciaron los últimos años, como efectivamente ha acogido la jurisdicción , en unos cuatro casos ese material y los argumentos han sido desestimados, por considerar el Tribunal de Cartagena -el competente en segunda instancia para dirimir los procesos de restitución en la región- que no se había procedido al comprar con buena fe exenta de culpa, interpretando sorpresivamente que lo actuado y las previsiones que tuvo la compañía era lo mínimo que se espera de una empresa de la envergadura de Drummond.

Lo cierto es que las autoridades administrativas y judiciales deberán revisar con sumo cuidado los hechos que les ponen en consideración los reclamantes, -y los elementos probatorios y argumentos contrarios- para establecer la realidad de lo sucedido y no prestarse para servir de mecanismo de enriquecimiento sin causa, o -peor aún- ilícitos de terceros que se podrían estar aprovechando de la situación, en la cual la interesada estigmatización contra la actividad empresarial minera -que ha denunciado la Asociación Colombiana de Minería, ACM y FENALCARBÓN, en el reciente foro minero organizado por este diario- propiciaría que la seguridad jurídica quedara en entredicho.

Por: Unidad Investigativa EL PILÓN

Especial
4 marzo, 2024

Mechoacán: ¿qué hay detrás del renovado interés por el caso?

JEP y URT investigan posibles desalojos y desplazamientos en La Jagua de Ibirico, incluyendo el caso Mechoacán donde Drummond enfrenta cuestionamientos sobre la compra de tierras. La empresa niega las acusaciones, pero el Tribunal de Cartagena duda de su buena fe. La revisión meticulosa de los reclamos y contrargumentos es crucial para esclarecer la verdad.


Las  parcelas de Mechoacán, ubicadas en una finca que estuvo azotada por la violencia guerrillera, que luego fue invadida por familias que se trasladaron de manera sistemática desde otros municipios desde finales de los años 1980.
Las parcelas de Mechoacán, ubicadas en una finca que estuvo azotada por la violencia guerrillera, que luego fue invadida por familias que se trasladaron de manera sistemática desde otros municipios desde finales de los años 1980.
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En las últimas semanas ha vuelto a la agenda pública el tema de los procesos de restitución de tierras en el departamento del Cesar, específicamente en el área minera del municipio de La Jagua de Ibirico. Esto, por cuenta del muy reciente convenio firmado el 11 de diciembre de 2023, entre la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la Unidad de Restitución de Tierras (URT). Debido a este convenio -por cuanto aquella jurisdicción lleva a nivel nacional indagaciones de posibles macrocasos de desalojos y desplazamientos-, mes y medio después, la URT inició a mediados de febrero una serie de visitas catastrales para identificar tanto predios que en el pasado tuvieron solicitudes de restitución en las parcelaciones de El Prado y Mechoacán, -y que ya habían sido archivadas por no encontrar causas para continuar con los procesos- , como predios sobre los que se presentaron nuevas solicitudes. Se conoció que esa es una diligencia de tipo administrativo que a estas alturas no puede decirse que los bienes estén inscritos para adelantar un proceso de restitución pues se está en etapa de análisis de pruebas de antecedentes y de contexto antes de proceder con alguna demanda ante los jueces.

En el caso de Mechoacán este tema no es nuevo. De hecho, se remonta a hace más de 15 años cuando Drummond avanzaba en los trámites de licenciamiento ambiental para iniciar la fase de producción de la concesión minera El Descanso. Justamente por eso, algunas voces del sector se preguntan qué hay detrás del renovado interés en un tema de la primera década de los años 2000, si las autoridades tienen todas las actas y actos administrativos que documentan cómo se desarrollaron las negociaciones en su momento.

EL PILÓN decidió averiguar sobre el caso. Al respecto, Drummond ha desvirtuado ante la jurisdicción de restitución de tierras, según se pudo constatar, los cuestionamientos que ha recibido con relación a la parcelación de Mechoacán, por lo que esas mismas voces se cuestionan si existe una investigación objetiva para cada caso, o si por el contrario existe una idea pre establecida que estaría llevando a tomar decisiones sobre un viejo y finiquitado proceso de adquisición.

En el año 2007, en el marco de los permisos que debía obtener la compañía para poner a andar la mina, el Estado -a través del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial- le ordenó a la minera iniciar una negociación para adquirir la totalidad de las parcelas de Mechoacán, ubicadas en una finca que estuvo azotada por la violencia guerrillera, que luego fue invadida por familias que se trasladaron de manera sistemática desde otros municipios desde finales de los años 1980. Es en 1994 que el extinto Incora la compró a una sociedad, propiedad de la familia paisa Arango Isaza, con el fin de adjudicarla a las familias invasoras.
Después de un consejo comunitario realizado en el año 2007 en La Jagua de Ibirico, como consecuencia de unas marchas de protesta motivadas por el mal estado de las vías y la falta de inversión social, se le encomendó al Ministerio de Agricultura y al INCODER liderar unas mesas de negociación para concertar la adquisición de la parcelación por parte de Drummond, como era el deseo de los parceleros.

La compañía indicó que no quería adquirir la totalidad de las parcelas, ya que más de 40 estaban por fuera del área concesionada a través de sus títulos mineros. Sin embargo, el Ministerio de Ambiente ordenó a Drummond comenzar el proceso de negociación con los parceleros de Mechoacán en el año 2007.

Anteriormente, como indicamos atrás y retomando el contexto, los hechos de invasión de la propiedad de la familia Arango Isaza y lo que sucedió posteriormente con los parceleros, precedieron bastante tiempo a la apertura de la licitación internacional de las áreas de El Descanso por parte del gobierno colombiano a través de la empresa estatal y autoridad minera MINERCOL, y de que se expidiera la licencia ambiental que obligó a Drummond a asumir compromisos normativos, entre ellos los de adquirir la totalidad de las parcelas de Mechoacán.

Las mesas de negociación se llevaron a cabo entre abril de 2007 y septiembre de 2008. En ellas participaron el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Ambiente, el INCODER, INGEOMINAS, que había asumido entonces el papel institucional de MINERCOL, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), la Procuraduría General de la Nación, los parceleros representados por reconocidos abogados, la comunidad misma, y Drummond.

Al interior de la mesa, como consta en las actas del INCODER de octubre de 2007, que verificó este diario, Drummond manifestó la necesidad de tener seguridad jurídica en las negociaciones, teniendo en cuenta las problemáticas asociadas a la titularidad de la tierra en la región. Al respecto, la compañía pidió que se “clarificara la situación de los titulares o poseedores de las parcelas” antes de proceder a la compra. Y requirió para el efecto a INCODER. Una primera verificación era si los propietarios de las fincas podían vender habiendo sido titulados en procesos de reforma agraria, y se aseveró que habían transcurrido más de los 10 años de prohibición legal de hacer transferencias de la propiedad.

En los documentos en los que se plasma la trazabilidad del proceso, es claro que el INCODER, además de liderar el proceso, se encargó de hacer los estudios de títulos y de indicarle a Drummond a quién debía comprarle y en qué calidad; el IGAC efectuó los avalúos comerciales que sirvieron de base a la negociación y la Procuraduría General de la Nación acompañó todo el proceso, garantizando la transparencia y respeto de los derechos de los parceleros.

Justamente, en el video denominado “Mechoacán – Un Modelo del Ordenamiento Social de la Propiedad en Colombia” (2009), al que se puede acceder en Youtube, Jairo Mesa, quien en ese momento se desempeñaba como Gerente Ad-Hoc del INCODER, indica que: “Yo creo que, para el Gobierno Nacional, esta es la experiencia más importante que ha tenido en materia de ‘ordenamiento social de la propiedad’ en los últimos años: la concertación de 131 familias que llegaron a un acuerdo con una empresa, con la garantía del Estado. El INCODER les garantizaba a ellos el debido proceso, les garantizaba que los valores fueran justos, el IGAC hizo el avalúo y con el acompañamiento también de la Procuraduría General de la Nación. Esto demuestra que cuando concertamos en materias tan delicadas como el ordenamiento social de la propiedad, donde hay tanto conflicto en Colombia, se puede llegar a unos resultados extraordinarios”.

En el video, que hace parte de la documentación del proceso y que una vez culminado éste se remitió a la Presidencia de la República y a los ministerios de Agricultura, Ambiente, Minas, y a la Procuraduría General de la Nación, entre otros, figura también el testimonio de la entonces procuradora judicial, ambiental y agraria, Maciel María Osorio, quien ha señalado que: “El Ministerio Público ve con beneplácito que se logró un precio justo por el valor de la tierra, se logró que la totalidad de los parceleros pudieran obtener un beneficio de esta negociación y que se pudieran ubicar en otro predio”.

En otro apartado, la funcionaria dela entidad de control agregó: “Es una negociación transparente. Se solicitó que el INCODER participara por medio de un gerente que no tuviera algún interés en la zona, y para tal efecto se nombró un gerente ad-hoc. El hecho de tener sentados en la mesa a los representantes legales de las personas que tenían poder, acreditados, realmente verificados, genera transparencia. La solicitud que hace tanto la Drummond como los apoderados, y el mismo INCODER, de tener presente a la Procuraduría General de la Nación en la mesa también es un síntoma de transparencia en la negociación (…)”.

Y Drummond, ¿qué dice?

Al consultarle a la compañía sobre este caso, le dijo a este medio: “Drummond hizo todo lo que estaba a su alcance, comprometiéndose más allá de lo que le exigía la ley, para asegurarse de que los predios que adquirió sí podían ser comprados de forma legal, cumpliendo los más altos cánones que exige la buena fe exenta de culpa, y sin afectar los derechos de terceros y/o de la población vulnerable. En la mayoría de los casos, la compañía pagó por encima de los avalúos entregados por el IGAC”.

Así mismo la compañía indicó que en el memorando de entendimiento entre las partes suscrito el 24 de septiembre de 2008, en el que se acordaron las condiciones para la negociación, se incluyó el siguiente párrafo: “Drummond se abstendrá de suscribir actos jurídicos con aquellos parceleros, poseedores, ocupantes o personas en general, sobre los cuales se tenga indicios de que se encuentran vinculados a investigaciones judiciales o que se han hecho al dominio, posesión o tenencia de las parcelas con base en la fuerza como resultado del desplazamiento forzado de personas. Para conjurar lo anterior, el interesado podrá desvirtuar tales indicios con la certificación expedida por la Procuraduría General de la Nación, o entidad competente para el efecto”.

El Ministerio de Ambiente ordenó a Drummond comenzar el proceso de negociación con los parceleros de Mechoacán en el año 2007.

En su comunicación con el diario EL PILÓN, Drummond reiteró que actuó con diligencia rigurosa, y confió legítimamente en que la intervención interinstitucional del Estado colombiano era plena garantía de que el proceso de negociación se hacía respetando el interés general y los derechos de toda la comunidad. Tanto es es así, dijo Drummond que al cierre de la mesa no adquirió 21 parcelas porque sus títulos presentaban problemas jurídicos.

¿Se arrepintieron?

Hay dudas. Algunos adjudicatarios iniciales que vendieron, más exactamente sus posesiones, a vecinos, familiares o amigos, alegaron posteriormente que enajenaron sus predios por cuenta del conflicto armado en la zona y que, por eso, solicitan su restitución. Fueron hechos acaecidos en los años 80 y 90s antes de que el INCORA entre 1993 y 1995 adjudicara las fincas.

Con todo, en el aludido video hay testimonios de viva voz de los parceleros y sus abogados representantes que mostraban su satisfacción y exaltaban la negociación como “la más importante que se ha dado en el país” y donde los propios campesinos afiliados expresaban que el proceso les aseguró su futuro.

“Yo con la plata de la venta de la parcela compré otra parcela, compré dos casas en Curumaní, compré un carrito, y el resto de la plata la invertí en ganado”, dice en el video el parcelero William Castillo Mojica.

“Antes de vender la parcela, la vida pues sí, era como más difícil, de pronto no tenía la facilidad que tengo hoy en día, porque hoy digamos se me facilita más, para hacer cualquier cosa que yo necesite hacer mientras tanto, anteriormente por la situación económica era más difícil. Hoy en día me siento gracias a Dios en una forma de vida mejor, agradecido a Dios hasta la presente. Yo lo veo como un futuro asegurado, aunque todo depende de todos nosotros. A mí el proceso me pareció legal y a la vez me siento conforme”, agregó.

Justamente, uno de quienes vendió su parcela años después del cierre de la mesa de negociación, una vez fueron resueltos los inconvenientes jurídicos identificados, fue “Juan Pérez” (cambiamos el nombre original, pues la persona pidió mantenerse en el anonimato), quien la había adquirido años antes a un campesino de la zona, “Luis Ruiz” (cambiamos el nombre original, pues la persona pidió mantenerse en el anonimato). Este último -incluso- con pruebas diagnósticas en mano, le dijo a “Pérez” que debía vender el terreno porque necesitaba el dinero para pagar una cirugía a su esposa, que tenía cáncer de mama.

Años después, cuando se anunciaron las negociaciones con Drummond para la ampliación de la zona minera, “Pérez” cuenta que tuvo que acudir a “Ruiz” para poder hacer la firma de la escritura, pues hasta ese momento no se había hecho el trámite notarial de la compra del predio. “Ruiz” dijo que él firmaba, pero si le pagaban adicionalmente $140 millones, que porque él se había declarado como desplazado.

“Nosotros nunca hemos estado involucrados en grupos al margen de la ley. Por lo tanto, no presionamos ni recibimos presiones para comprar inicialmente el terreno o para venderlo luego a Drummond. Lo que se escucha es que, después de tantos años, algunos sienten que no recibieron todo lo que merecían, o que quieren más plata de la que se pagó en su momento. La gente se malgastó el dinero y ahora quieren más”, indicó.

Además de estos testimonios, también llama la atención que, aunque están todas las actas, documentos y actos administrativos que evidencian el desarrollo de las negociaciones, el Tribunal de Cartagena insiste en desconocer la buena fe exenta de culpa de la compañía.

“No sé qué hay detrás de todo esto, pero sí sé qué debería pasar. Y es que la ley, claramente, dice que en los procesos de restitución de tierra a desplazados deben respetarse los derechos de quienes adquirieron los terrenos de buena fe. Lo que se pregunta uno es por qué la insistencia de las autoridades de desconocer estos derechos. Mechoacán fue un caso icónico porque se tuvo el acompañamiento de múltiples autoridades competentes. ¿Cómo es posible que se cuestione a quien siguió todas las reglas de juego?”, indica Daniel Posse, socio de la firma de abogados Posse Herrera Ruiz (PHR), que asesora a Drummond en el proceso.

Aun cuando se han desvirtuado los cuestionamientos ante la jurisdicción de restitución de tierras, de procesos que se iniciaron los últimos años, como efectivamente ha acogido la jurisdicción , en unos cuatro casos ese material y los argumentos han sido desestimados, por considerar el Tribunal de Cartagena -el competente en segunda instancia para dirimir los procesos de restitución en la región- que no se había procedido al comprar con buena fe exenta de culpa, interpretando sorpresivamente que lo actuado y las previsiones que tuvo la compañía era lo mínimo que se espera de una empresa de la envergadura de Drummond.

Lo cierto es que las autoridades administrativas y judiciales deberán revisar con sumo cuidado los hechos que les ponen en consideración los reclamantes, -y los elementos probatorios y argumentos contrarios- para establecer la realidad de lo sucedido y no prestarse para servir de mecanismo de enriquecimiento sin causa, o -peor aún- ilícitos de terceros que se podrían estar aprovechando de la situación, en la cual la interesada estigmatización contra la actividad empresarial minera -que ha denunciado la Asociación Colombiana de Minería, ACM y FENALCARBÓN, en el reciente foro minero organizado por este diario- propiciaría que la seguridad jurídica quedara en entredicho.

Por: Unidad Investigativa EL PILÓN