-->
Publicidad
Categorías
Categorías
Judiciales - 28 marzo, 2025

“Martín Elías era quien indicaba cómo conducir”: Corte Suprema decidirá el futuro del conductor del hijo de Diomedes

La Defensa argumentó que el conductor cumplía órdenes, mientras que la Fiscalía afirmó que el vehículo era manejado a una velocidad de entre 152 y 157 km/h.

Martín Elias Diaz murió el 14 de abril de 2017 en un accidente de tránsito. FOTO: Archivo
Martín Elias Diaz murió el 14 de abril de 2017 en un accidente de tránsito. FOTO: Archivo
Boton Wpp

La discusión sobre la responsabilidad del conductor Armando Quintero Ponce en el accidente que causó la muerte del cantante Martín Elías Díaz llegó a la Corte Suprema de Justicia, que tomará la decisión final sobre si la sentencia se ratifica, se modifica o se anula.

Actualmente, Quintero cumple una condena de dos años y seis meses de prisión domiciliaria por homicidio culposo. Sin embargo, en la audiencia del pasado jueves 27 de marzo, su defensa argumentó que el día del accidente el conductor cumplía órdenes de Martín Elías, que el aumento de la velocidad se realizó a petición del cantante, y que la víctima no usaba el cinturón de seguridad, lo que la puso en riesgo.

“El hecho de que la camioneta de Martín Elías Díaz Acosta presuntamente se desplazara a una velocidad mayor a la permitida naturalmente se atribuye a mi defendido, porque era quien manejaba el vehículo. Pero, desde la perspectiva de las relaciones de dependencia y subordinación, es decir, jurídicamente, su empleador era quien indicaba cómo conducir”, manifestó el abogado defensor.

Según la defensa, la víctima asumió un riesgo personal, por lo que a Quintero no le sería imputable el delito de homicidio culposo. Solicitó a la Corte Suprema anular la sentencia y absolver a su defendido.”La víctima actuó bajo una acción a propio riesgo y no es posible configurar una posición de garante respecto a Armando Quintero Ponce. Esto impone reconocer que no le es imputable el resultado lesivo dentro del tipo objetivo de homicidio culposo. Por esta razón, en forma respetuosa, solicito a la Corte Suprema casar la sentencia y, en su lugar, absolver al procesado”, sostuvo el abogado.

Argumentos de la Fiscalía

Por su parte, la Fiscalía General de la Nación pidió que se mantenga la condena y que no se acepte la casación, argumentando que la velocidad máxima permitida en la vía era de 50 km/h, además de que el tramo presentaba baches, lo que requería extrema prudencia por parte del conductor. No obstante, se demostró que el vehículo era manejado a una velocidad de entre 152 y 157 km/h, lo que incrementó el riesgo del siniestro.

El fiscal sostuvo que, aunque la víctima no llevaba puesto el cinturón de seguridad, quedó demostrado que su fallecimiento fue consecuencia directa de los golpes sufridos por las volteretas que dio el vehículo debido al exceso de velocidad, lo que impidió una maniobra adecuada para evitar el bache.

“Si el automotor se hubiera conducido a un máximo de 50 kilómetros por hora, habría sido fácil evitar el hueco en la vía, no generar esos golpes y volteretas del carro, y la ausencia del cinturón de seguridad no habría tenido incidencia”, argumentó el fiscal.

El ente acusador añadió que la actuación de Quintero al conducir a excesiva velocidad fue el factor determinante en la muerte de Martín Elías.”Puede tenerse por demostrado que Quintero Ponce tenía una posición de garante respecto de la vida del occiso y los demás ocupantes del vehículo, en tanto era el conductor del mismo. En términos del artículo 25 del Código Penal, al conducir a una velocidad excesiva incrementó el peligro de esa actividad riesgosa y creó una situación antijurídica de riesgo máximo para la vida. Lo mismo ocurrió al permitir que un pasajero, el copiloto, lo acompañara sin ponerse el cinturón de seguridad”, señaló la Fiscalía.

La decisión final sobre el caso está en manos de la Corte Suprema de Justicia, que, tras evaluar los argumentos de las partes, determinará si se revoca o mantiene la condena por homicidio culposo contra Armando Quintero Ponce.

Por Redacción Judicial

Judiciales
28 marzo, 2025

“Martín Elías era quien indicaba cómo conducir”: Corte Suprema decidirá el futuro del conductor del hijo de Diomedes

La Defensa argumentó que el conductor cumplía órdenes, mientras que la Fiscalía afirmó que el vehículo era manejado a una velocidad de entre 152 y 157 km/h.


Martín Elias Diaz murió el 14 de abril de 2017 en un accidente de tránsito. FOTO: Archivo
Martín Elias Diaz murió el 14 de abril de 2017 en un accidente de tránsito. FOTO: Archivo
Boton Wpp

La discusión sobre la responsabilidad del conductor Armando Quintero Ponce en el accidente que causó la muerte del cantante Martín Elías Díaz llegó a la Corte Suprema de Justicia, que tomará la decisión final sobre si la sentencia se ratifica, se modifica o se anula.

Actualmente, Quintero cumple una condena de dos años y seis meses de prisión domiciliaria por homicidio culposo. Sin embargo, en la audiencia del pasado jueves 27 de marzo, su defensa argumentó que el día del accidente el conductor cumplía órdenes de Martín Elías, que el aumento de la velocidad se realizó a petición del cantante, y que la víctima no usaba el cinturón de seguridad, lo que la puso en riesgo.

“El hecho de que la camioneta de Martín Elías Díaz Acosta presuntamente se desplazara a una velocidad mayor a la permitida naturalmente se atribuye a mi defendido, porque era quien manejaba el vehículo. Pero, desde la perspectiva de las relaciones de dependencia y subordinación, es decir, jurídicamente, su empleador era quien indicaba cómo conducir”, manifestó el abogado defensor.

Según la defensa, la víctima asumió un riesgo personal, por lo que a Quintero no le sería imputable el delito de homicidio culposo. Solicitó a la Corte Suprema anular la sentencia y absolver a su defendido.”La víctima actuó bajo una acción a propio riesgo y no es posible configurar una posición de garante respecto a Armando Quintero Ponce. Esto impone reconocer que no le es imputable el resultado lesivo dentro del tipo objetivo de homicidio culposo. Por esta razón, en forma respetuosa, solicito a la Corte Suprema casar la sentencia y, en su lugar, absolver al procesado”, sostuvo el abogado.

Argumentos de la Fiscalía

Por su parte, la Fiscalía General de la Nación pidió que se mantenga la condena y que no se acepte la casación, argumentando que la velocidad máxima permitida en la vía era de 50 km/h, además de que el tramo presentaba baches, lo que requería extrema prudencia por parte del conductor. No obstante, se demostró que el vehículo era manejado a una velocidad de entre 152 y 157 km/h, lo que incrementó el riesgo del siniestro.

El fiscal sostuvo que, aunque la víctima no llevaba puesto el cinturón de seguridad, quedó demostrado que su fallecimiento fue consecuencia directa de los golpes sufridos por las volteretas que dio el vehículo debido al exceso de velocidad, lo que impidió una maniobra adecuada para evitar el bache.

“Si el automotor se hubiera conducido a un máximo de 50 kilómetros por hora, habría sido fácil evitar el hueco en la vía, no generar esos golpes y volteretas del carro, y la ausencia del cinturón de seguridad no habría tenido incidencia”, argumentó el fiscal.

El ente acusador añadió que la actuación de Quintero al conducir a excesiva velocidad fue el factor determinante en la muerte de Martín Elías.”Puede tenerse por demostrado que Quintero Ponce tenía una posición de garante respecto de la vida del occiso y los demás ocupantes del vehículo, en tanto era el conductor del mismo. En términos del artículo 25 del Código Penal, al conducir a una velocidad excesiva incrementó el peligro de esa actividad riesgosa y creó una situación antijurídica de riesgo máximo para la vida. Lo mismo ocurrió al permitir que un pasajero, el copiloto, lo acompañara sin ponerse el cinturón de seguridad”, señaló la Fiscalía.

La decisión final sobre el caso está en manos de la Corte Suprema de Justicia, que, tras evaluar los argumentos de las partes, determinará si se revoca o mantiene la condena por homicidio culposo contra Armando Quintero Ponce.

Por Redacción Judicial