Humberto Manuel Olivella deberá responder por los delitos de homicidio y secuestro ante un juez de control de garantías de la capital del Cesar.
A pesar que, en principio, las autoridades determinaron que los padres de la bebé muerta en un motel de Valledupar se encontraban bajo los efectos de sustancias psicoactivas, en el marco de la investigación que adelanta la Fiscalía solo se emitió una orden de captura en contra de Humberto Manuel Olivella, papá de la menor.
Esto se debe al revés que tuvieron las indagaciones en las que preliminarmente determinaron que sería Olivella el único responsable del fallecimiento de la pequeña.
Según fuentes judiciales, el joven de 23 años intimidó con arma traumática a María Mengual Mojica, de 19 años, para obligarla a ingresar con la bebé al motel Santa Bárbara de la ciudad.
La teoría surgió por una declaración que dio Mengual, quien también habría señalado que Olivella la presionó para tener un encuentro sexual con él.
“Ella (María Mengual) manifestó en una declaración que él se la llevó a ese sitio a la fuerza, amenazándola con el arma traumática y que la golpeó en el motel”, indicó un allegado al caso.
El arma traumática habría sido encontrada debajo de la silla del vehículo en que se transportaba la joven pareja que llevaba alrededor de dos años de relación.
Medicina Legal, por su parte, confirmó que la pequeña falleció por inhalación de gases dentro del carro donde fue dejada por la pareja para ingresar a una de las habitaciones del motel.
La pequeña fue socorrida por un empleado del motel y llevada a una clínica de la ciudad, pero llegó sin signos vitales.
Así las cosas, sobre Humberto Manuel Olivella recaería el proceso penal que adelanta la Fiscalía por la muerte de la menor de edad.
No obstante, el afectado inicialmente había sido el establecimiento comercial al ser sellado por cinco días por la administración municipal.
Felipe Andrés Murgas, secretario de Gobierno municipal, en ese entonces explicó que la medida responde a que el motel no cumplió con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 1801 de 2016, más conocida como Código de Policía, donde se establece la restricción del ingreso de menores de edad en algunos sitios.
Humberto Manuel Olivella deberá responder por los delitos de homicidio y secuestro ante un juez de control de garantías de la capital del Cesar.
A pesar que, en principio, las autoridades determinaron que los padres de la bebé muerta en un motel de Valledupar se encontraban bajo los efectos de sustancias psicoactivas, en el marco de la investigación que adelanta la Fiscalía solo se emitió una orden de captura en contra de Humberto Manuel Olivella, papá de la menor.
Esto se debe al revés que tuvieron las indagaciones en las que preliminarmente determinaron que sería Olivella el único responsable del fallecimiento de la pequeña.
Según fuentes judiciales, el joven de 23 años intimidó con arma traumática a María Mengual Mojica, de 19 años, para obligarla a ingresar con la bebé al motel Santa Bárbara de la ciudad.
La teoría surgió por una declaración que dio Mengual, quien también habría señalado que Olivella la presionó para tener un encuentro sexual con él.
“Ella (María Mengual) manifestó en una declaración que él se la llevó a ese sitio a la fuerza, amenazándola con el arma traumática y que la golpeó en el motel”, indicó un allegado al caso.
El arma traumática habría sido encontrada debajo de la silla del vehículo en que se transportaba la joven pareja que llevaba alrededor de dos años de relación.
Medicina Legal, por su parte, confirmó que la pequeña falleció por inhalación de gases dentro del carro donde fue dejada por la pareja para ingresar a una de las habitaciones del motel.
La pequeña fue socorrida por un empleado del motel y llevada a una clínica de la ciudad, pero llegó sin signos vitales.
Así las cosas, sobre Humberto Manuel Olivella recaería el proceso penal que adelanta la Fiscalía por la muerte de la menor de edad.
No obstante, el afectado inicialmente había sido el establecimiento comercial al ser sellado por cinco días por la administración municipal.
Felipe Andrés Murgas, secretario de Gobierno municipal, en ese entonces explicó que la medida responde a que el motel no cumplió con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 1801 de 2016, más conocida como Código de Policía, donde se establece la restricción del ingreso de menores de edad en algunos sitios.