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Económicas - 1 abril, 2020

Las cuatro medidas que protegen a los arrendatarios durante la emergencia del Covid-19

El Ministerio de Vivienda anunció que en los próximos días estará listo un decreto con nuevas medidas para viviendas y locales comerciales arrendados.

El ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, anunció que en los próximos días estará listo un decreto con nuevas medidas para viviendas y locales comerciales arrendados por micros, pequeñas y medianas empresas (MiPymes) para mitigar los efectos derivados de la emergencia del coronavirus en el país.

Lee también: Un 26,5 % de las viviendas en el Cesar se dedica al arrendamiento

“Se prohíben los desalojos durante la emergencia económica y dos meses adicionales. Además, congelamos el precio de los arrendamientos en Colombia, de manera que se suspende el reajuste anual de los cánones, así como la causación de los intereses moratorios o las penalidades por incumplimiento, así los contratos lo estipulen, desde el mes de abril hasta dos meses después de finalizada la emergencia”, explicó el ministro Malagón como una de las medidas durante el periodo que dure la emergencia sanitaria por el coronavirus que ya ha contagiado a 906 personas en el país y ha causado la muerte a 16.

Las medidas beneficiarían a cerca del 35 por ciento de la población del país, que según los registros del Dane, vive en arriendo o paga un canon.

Estas son las 4 medidas:

1: Prohíben desalojo de los arrendatarios: Durante el periodo de la declaratoria de emergencia y hasta 2 meses después de esta, queda prohibido en todo el país el desalojo de familias que estén en arriendo. Bajo ninguna circunstancia pueden ser desalojadas.

No dejes de leer: Arriendos en estratos bajos son los que más suben

2: Precios de arriendos congelados: Durante el periodo de la emergencia quedan congelados lo cánones de arrendamiento. No se podrá incrementar el costo del arriendo, así esté pactado en el contrato.

3: Cuando se llegue a un acuerdo privado de pago en estas semanas, entre aquellos que se colgaron y no pudieron pagar y su arrendador: dichos acuerdos estarán desprovistos de las penalidades que estén contempladas en el contrato. Si el acuerdo incluye algún tipo de financiación, no se pueden cobrar intereses por mora.

Lee también: Las medidas económicas frente a la emergencia de coronavirus en Colombia

4: Arriendos prorrogados: Si hay familias que en esta temporada se les vence el arriendo, quedará automáticamente prorrogado hasta que termine el periodo de emergencia económica.

Según el presidente Iván Duque, “cerca del 82 % de los arriendos en Colombia están en cabeza de personas en los estratos 1, 2 y 3”, sectores vulnerables durante el periodo de crisis.

Económicas
1 abril, 2020

Las cuatro medidas que protegen a los arrendatarios durante la emergencia del Covid-19

El Ministerio de Vivienda anunció que en los próximos días estará listo un decreto con nuevas medidas para viviendas y locales comerciales arrendados.


El ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, anunció que en los próximos días estará listo un decreto con nuevas medidas para viviendas y locales comerciales arrendados por micros, pequeñas y medianas empresas (MiPymes) para mitigar los efectos derivados de la emergencia del coronavirus en el país.

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“Se prohíben los desalojos durante la emergencia económica y dos meses adicionales. Además, congelamos el precio de los arrendamientos en Colombia, de manera que se suspende el reajuste anual de los cánones, así como la causación de los intereses moratorios o las penalidades por incumplimiento, así los contratos lo estipulen, desde el mes de abril hasta dos meses después de finalizada la emergencia”, explicó el ministro Malagón como una de las medidas durante el periodo que dure la emergencia sanitaria por el coronavirus que ya ha contagiado a 906 personas en el país y ha causado la muerte a 16.

Las medidas beneficiarían a cerca del 35 por ciento de la población del país, que según los registros del Dane, vive en arriendo o paga un canon.

Estas son las 4 medidas:

1: Prohíben desalojo de los arrendatarios: Durante el periodo de la declaratoria de emergencia y hasta 2 meses después de esta, queda prohibido en todo el país el desalojo de familias que estén en arriendo. Bajo ninguna circunstancia pueden ser desalojadas.

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2: Precios de arriendos congelados: Durante el periodo de la emergencia quedan congelados lo cánones de arrendamiento. No se podrá incrementar el costo del arriendo, así esté pactado en el contrato.

3: Cuando se llegue a un acuerdo privado de pago en estas semanas, entre aquellos que se colgaron y no pudieron pagar y su arrendador: dichos acuerdos estarán desprovistos de las penalidades que estén contempladas en el contrato. Si el acuerdo incluye algún tipo de financiación, no se pueden cobrar intereses por mora.

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4: Arriendos prorrogados: Si hay familias que en esta temporada se les vence el arriendo, quedará automáticamente prorrogado hasta que termine el periodo de emergencia económica.

Según el presidente Iván Duque, “cerca del 82 % de los arriendos en Colombia están en cabeza de personas en los estratos 1, 2 y 3”, sectores vulnerables durante el periodo de crisis.