La medida inicia este viernes a las 6:00 p.m. y se extenderá hasta el próximo lunes 19 de abril.
A través del Decreto 000365 del 16 de abril de 2021, la Alcaldía de Valledupar decretó toque de queda transitorio desde las 6:00 p.m., de este viernes 16 de abril hasta las 5:00 a.m., del 19 de abril como una de las medidas para mitigar los contagios por la covid-19 en el municipio.
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Durante la medida se restringe la movilidad y circulación de personas en el municipio. Sin embargo, el decreto contempla una serie de excepciones que cobija al personal de salud, medios de comunicación, la prestación del servicio a domicilio y el comercio electrónico, entre otros que se detallan a continuación.
–Trabajadores de la salud, siempre y cuando porten documentos que lo acrediten como profesional de la salud vinculado a una institución pública o privada.
-Trabajadores, operarios particulares y servicios a domicilio.
-Asistentes o personas a cargo del cuidado de niños, adolescentes o personas mayores de 70 años o en estado de discapacidad o enfermos con tratamientos especiales.
–La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos.
-Las actividades incluidas con los servicios de emergencias, incluidas las emergencias veterinarias.
-Los servicios funerarios, entierros y cremaciones.
-La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de insumos para producir bienes de primera necesidad.
-Comercio electrónico.
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-El abastecimiento y distribución de bienes de primera necesidad: alimentos, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población y mascotas.
–Comercio al por mayor y al menor, incluido centros comerciales, solo mediante plataformas digitales o por entrega a domicilios.
-El transporte público para transportar a las personas que se encuentren inmersas en cualquiera de las excepciones.
-Las personas que durante la vigencia del toque de queda se encuentren en situación de salida o retorno desde y hacia el municipio de Valledupar, siempre que dicha circunstancia sea debidamente acreditada.
–Los eventos y presentaciones artísticas, científicas y literarias solo podrán realizarse a través de transmisiones por plataformas digitales.
-Las actividades de los servidores públicos, contratistas del Estado y particulares que ejerzan funciones públicas y demás para prevenir y mitigar la pandemia del coronavirus.
-Las actividades de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y organismos de seguridad del Estado, entre otros.
–Sólo una persona por núcleo familiar podrá sacar a las mascotas o animales de compañía durante la vigencia de la medida de toque de queda.
-Droguerías prestarán el servicio a domicilio o a través de comercio electrónico.
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-Ventas de productos al por mayor y al por menor, incluido el que se realiza en los centros comerciales, durante la vigencia de los periodos de toque sólo podrán realizarse mediante plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio.
–El expendio de bebidas alcohólicas sólo podrá realizarse mediante plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio.
–Restaurantes podrán atender a través del servicio a domicilio.
-Los mayores de 65 años podrán vacunarse contra la covid-19 en los puntos autorizados.
La medida inicia este viernes a las 6:00 p.m. y se extenderá hasta el próximo lunes 19 de abril.
A través del Decreto 000365 del 16 de abril de 2021, la Alcaldía de Valledupar decretó toque de queda transitorio desde las 6:00 p.m., de este viernes 16 de abril hasta las 5:00 a.m., del 19 de abril como una de las medidas para mitigar los contagios por la covid-19 en el municipio.
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Durante la medida se restringe la movilidad y circulación de personas en el municipio. Sin embargo, el decreto contempla una serie de excepciones que cobija al personal de salud, medios de comunicación, la prestación del servicio a domicilio y el comercio electrónico, entre otros que se detallan a continuación.
–Trabajadores de la salud, siempre y cuando porten documentos que lo acrediten como profesional de la salud vinculado a una institución pública o privada.
-Trabajadores, operarios particulares y servicios a domicilio.
-Asistentes o personas a cargo del cuidado de niños, adolescentes o personas mayores de 70 años o en estado de discapacidad o enfermos con tratamientos especiales.
–La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos.
-Las actividades incluidas con los servicios de emergencias, incluidas las emergencias veterinarias.
-Los servicios funerarios, entierros y cremaciones.
-La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de insumos para producir bienes de primera necesidad.
-Comercio electrónico.
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-El abastecimiento y distribución de bienes de primera necesidad: alimentos, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población y mascotas.
–Comercio al por mayor y al menor, incluido centros comerciales, solo mediante plataformas digitales o por entrega a domicilios.
-El transporte público para transportar a las personas que se encuentren inmersas en cualquiera de las excepciones.
-Las personas que durante la vigencia del toque de queda se encuentren en situación de salida o retorno desde y hacia el municipio de Valledupar, siempre que dicha circunstancia sea debidamente acreditada.
–Los eventos y presentaciones artísticas, científicas y literarias solo podrán realizarse a través de transmisiones por plataformas digitales.
-Las actividades de los servidores públicos, contratistas del Estado y particulares que ejerzan funciones públicas y demás para prevenir y mitigar la pandemia del coronavirus.
-Las actividades de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y organismos de seguridad del Estado, entre otros.
–Sólo una persona por núcleo familiar podrá sacar a las mascotas o animales de compañía durante la vigencia de la medida de toque de queda.
-Droguerías prestarán el servicio a domicilio o a través de comercio electrónico.
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-Ventas de productos al por mayor y al por menor, incluido el que se realiza en los centros comerciales, durante la vigencia de los periodos de toque sólo podrán realizarse mediante plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio.
–El expendio de bebidas alcohólicas sólo podrá realizarse mediante plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio.
–Restaurantes podrán atender a través del servicio a domicilio.
-Los mayores de 65 años podrán vacunarse contra la covid-19 en los puntos autorizados.