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Sin categoría - 29 abril, 2024

El diputado Raúl Romero volvió a la Asamblea del Cesar

El Consejo de Estado tumbó la medida cautelar y le permitió a Romero volver  a sesionar. 

Raúl Romero, diputado del Cesar.
Raúl Romero, diputado del Cesar.
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La semana pasada, el diputado Raúl Romero volvió a la Asamblea del Cesar  luego de 2 meses por fuera por una medida cautelar del Tribunal Administrativo del Cesar. El Consejo de Estado tumbó la medida cautelar y le permitió a Romero volver  a sesionar. 

Cabe recordar que la demanda de nulidad electoral en contra de Raúl Romero surgió porque Johnny Enrique Saravia Rodríguez, su hermano, fue registrador municipal de Pailitas durante el período comprendido entre el 13 de octubre de 2022 y el 2 de junio de 2023. 

La medida cautelar señalaba que “el señor Saravia Rodríguez ejerció como autoridad civil, administrativa y electoral dentro de un municipio que pertenece al departamento del Cesar, por lo que pudo ejecutar varias actividades que posiblemente tendieron a favorecer al señor Raúl Romero Rodríguez”. 

En medio de un debate de control político, el diputado por Cambio Radical le dijo a EL PILÓN que la defensa se apoyará en un concepto de la Corte Constitucional. “La Corte Constitucional, en la sentencia unificada 207 del 2022,  ha dicho claramente que para que se configure la inhabilidad debe ser probada como tal”, relató el diputado.

En dicha sentencia, la Corte Constitucional explicó: “Cuando deba determinarse la configuración de la inhabilidad de un funcionario municipal elegido por su parentesco con un funcionario departamental, la autoridad judicial debe realizar una valoración probatoria concreta y ajustada a los principios de razonabilidad y proporcionalidad. Ello impone un examen específico de la probabilidad real -más allá de potencial- de ejercer la autoridad administrativa en el nivel municipal y, de esta forma, incidir a los electores. No es posible la valoración genérica o abstracta fundada solo en consideraciones formales sobre la naturaleza de la entidad”, concluyó la Corte. 

Sin categoría
29 abril, 2024

El diputado Raúl Romero volvió a la Asamblea del Cesar

El Consejo de Estado tumbó la medida cautelar y le permitió a Romero volver  a sesionar. 


Raúl Romero, diputado del Cesar.
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La semana pasada, el diputado Raúl Romero volvió a la Asamblea del Cesar  luego de 2 meses por fuera por una medida cautelar del Tribunal Administrativo del Cesar. El Consejo de Estado tumbó la medida cautelar y le permitió a Romero volver  a sesionar. 

Cabe recordar que la demanda de nulidad electoral en contra de Raúl Romero surgió porque Johnny Enrique Saravia Rodríguez, su hermano, fue registrador municipal de Pailitas durante el período comprendido entre el 13 de octubre de 2022 y el 2 de junio de 2023. 

La medida cautelar señalaba que “el señor Saravia Rodríguez ejerció como autoridad civil, administrativa y electoral dentro de un municipio que pertenece al departamento del Cesar, por lo que pudo ejecutar varias actividades que posiblemente tendieron a favorecer al señor Raúl Romero Rodríguez”. 

En medio de un debate de control político, el diputado por Cambio Radical le dijo a EL PILÓN que la defensa se apoyará en un concepto de la Corte Constitucional. “La Corte Constitucional, en la sentencia unificada 207 del 2022,  ha dicho claramente que para que se configure la inhabilidad debe ser probada como tal”, relató el diputado.

En dicha sentencia, la Corte Constitucional explicó: “Cuando deba determinarse la configuración de la inhabilidad de un funcionario municipal elegido por su parentesco con un funcionario departamental, la autoridad judicial debe realizar una valoración probatoria concreta y ajustada a los principios de razonabilidad y proporcionalidad. Ello impone un examen específico de la probabilidad real -más allá de potencial- de ejercer la autoridad administrativa en el nivel municipal y, de esta forma, incidir a los electores. No es posible la valoración genérica o abstracta fundada solo en consideraciones formales sobre la naturaleza de la entidad”, concluyó la Corte.