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Económicas - 22 diciembre, 2021

El 31 de diciembre vence el plazo para pagos con beneficios ante la DIAN

Se anunció que el próximo 31 de diciembre vencerá el plazo para que los ciudadanos puedan acogerse a la reducción transitoria de sanciones y de tasas de interés establecidos.

Hasta el 31 de diciembre se otorgarán los beneficios dictados por la Ley de Garantías.
FOTO CORTESÍA.
Hasta el 31 de diciembre se otorgarán los beneficios dictados por la Ley de Garantías. FOTO CORTESÍA.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, sede Valledupar, anunció que el próximo 31 de diciembre vencerá el plazo para que los ciudadanos puedan acogerse a la reducción transitoria de sanciones y de tasas de interés establecidos en el artículo 45 de la Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021.

Esta ley de inversión social anuncia que para las obligaciones administradas por la DIAN como impuestos, tasas y contribuciones se otorgarán facilidades de pago a los deberes que presenten mora hasta el 30 de junio de 2021 y que cuyos incumplimientos se hayan ocasionado o agravado como consecuencia de la contingencia generada por el virus Covid-19.

Las sanciones por su lado, se reducirán al 20 % del monto previsto en la legislación aduanera, cambiaria o tributaria, incluyendo aquellas que se liquiden en actos administrativos independientes.

Mientras que las tasas de interés moratorias establecidas en el Estatuto Tributario, serán liquidadas diariamente a una tasa de interés equivalente al 20 % de la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario.

De igual manera, la Ley de Garantías indica que en caso de incumplimiento a las oportunidades de facilidad de pago, se procederá a ejecutar el cobro coactivo con respecto a la obligación total y el 100 % de las sanciones e intereses impuestos.

Finalmente, se apunta a que la disposición aplica igualmente para obligaciones parafiscales de determinación y sancionatorias que estén en proceso de cobro por la Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales, UGPP.

POR JHOSER BERMÚDEZ.

Económicas
22 diciembre, 2021

El 31 de diciembre vence el plazo para pagos con beneficios ante la DIAN

Se anunció que el próximo 31 de diciembre vencerá el plazo para que los ciudadanos puedan acogerse a la reducción transitoria de sanciones y de tasas de interés establecidos.


Hasta el 31 de diciembre se otorgarán los beneficios dictados por la Ley de Garantías.
FOTO CORTESÍA.
Hasta el 31 de diciembre se otorgarán los beneficios dictados por la Ley de Garantías. FOTO CORTESÍA.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, sede Valledupar, anunció que el próximo 31 de diciembre vencerá el plazo para que los ciudadanos puedan acogerse a la reducción transitoria de sanciones y de tasas de interés establecidos en el artículo 45 de la Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021.

Esta ley de inversión social anuncia que para las obligaciones administradas por la DIAN como impuestos, tasas y contribuciones se otorgarán facilidades de pago a los deberes que presenten mora hasta el 30 de junio de 2021 y que cuyos incumplimientos se hayan ocasionado o agravado como consecuencia de la contingencia generada por el virus Covid-19.

Las sanciones por su lado, se reducirán al 20 % del monto previsto en la legislación aduanera, cambiaria o tributaria, incluyendo aquellas que se liquiden en actos administrativos independientes.

Mientras que las tasas de interés moratorias establecidas en el Estatuto Tributario, serán liquidadas diariamente a una tasa de interés equivalente al 20 % de la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario.

De igual manera, la Ley de Garantías indica que en caso de incumplimiento a las oportunidades de facilidad de pago, se procederá a ejecutar el cobro coactivo con respecto a la obligación total y el 100 % de las sanciones e intereses impuestos.

Finalmente, se apunta a que la disposición aplica igualmente para obligaciones parafiscales de determinación y sancionatorias que estén en proceso de cobro por la Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales, UGPP.

POR JHOSER BERMÚDEZ.