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Política - 12 septiembre, 2013

Demandarán pacto de Bogotá ante la Corte Constitucional

Ante la Corte Constitucional, el presidente Juan Manuel Santos demandará el Pacto de Bogotá, que permitió a Colombia hacer parte de la Corte Internacional de Justicia de la Haya.

Demandarán pacto de Bogotá ante la Corte Constitucional.
Demandarán pacto de Bogotá ante la Corte Constitucional.
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Ante la Corte Constitucional, el presidente de la República Juan Manuel Santos demandará el Pacto de Bogotá, que permitió a Colombia hacer parte de la Corte Internacional de Justicia de la Haya.

Según informes de la Casa de Nariño, el primer mandatario acudirá ante el alto tribunal en cumplimiento de lo anunciado en su intervención del pasado lunes, en la cual manifestó que el fallo de la Haya “no es aplicable y no será aplicable”, Santos. 

Santos destacará como argumento el artículo 101 de la Constitución Política el cual señala que “los límites señalados en la forma prevista por esta Constitución solo podrán modificarse en virtud de tratados aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República”.

 

Política
12 septiembre, 2013

Demandarán pacto de Bogotá ante la Corte Constitucional

Ante la Corte Constitucional, el presidente Juan Manuel Santos demandará el Pacto de Bogotá, que permitió a Colombia hacer parte de la Corte Internacional de Justicia de la Haya.


Demandarán pacto de Bogotá ante la Corte Constitucional.
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Ante la Corte Constitucional, el presidente de la República Juan Manuel Santos demandará el Pacto de Bogotá, que permitió a Colombia hacer parte de la Corte Internacional de Justicia de la Haya.

Según informes de la Casa de Nariño, el primer mandatario acudirá ante el alto tribunal en cumplimiento de lo anunciado en su intervención del pasado lunes, en la cual manifestó que el fallo de la Haya “no es aplicable y no será aplicable”, Santos. 

Santos destacará como argumento el artículo 101 de la Constitución Política el cual señala que “los límites señalados en la forma prevista por esta Constitución solo podrán modificarse en virtud de tratados aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República”.