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Política - 4 octubre, 2021

Consejo de Estado aclaró fallo contra la contralora de Valledupar

Además de la aclaración, los apoderados de la contralora interpondrían una acción de tutela ante la Corte Constitucional pidiendo que se revoque el fallo acusando la posible violación de derechos fundamentales.

Contralora de Valledupar, Mary Flor Therán.
Contralora de Valledupar, Mary Flor Therán.
Boton Wpp

El pasado mes de septiembre, la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad del acto de elección de la contralora de Valledupar, Mary Flor Therán. La Sala consideró que desde un punto de vista material, “resulta forzada la conclusión que expuso el Tribunal de primer grado, al advertir que las precitadas labores comportan el ejercicio de función pública, en tanto que esta se manifiesta como la exteriorización de potestades inherentes al Estado, como por ejemplo la expedición de actos unilaterales que deciden situaciones que afectan a terceros o la imposición coercitiva de una decisión a un tercero, y, en general, el ejercicio de autoridad inherente del Estado.

Ante esa medida, el apoderado de la contralora presentó una solicitud de adición de la sentencia, entre otros puntos, pidiendo “modular los efectos de la sentencia”. Además, señaló el apoderado que la Sala omitió indicar si la sentencia que anuló la elección de la contralora tiene efectos ex nunc, es decir, desde ahora, o ex tunc, desde siempre, “como quiera que se hace necesario que dicha sentencia indique los efectos pasados, presentes y futuros de la misma y ello decide si las actuaciones adelantadas por la funcionaria tienen o no validez, si la misma puede ser reelegida en el cargo o lo más interesante: que si la demandada de acuerdo a los efectos de dicha sentencia pueda ocupar un cargo en otra entidad municipal o departamental sin que se encuentre o no inhabilitada”.

En ese sentido, la Sala informó que no se pronunciará respecto a si la contralora  puede ser reelegida en el cargo; si puede predicar alguna inhabilidad durante el término que ejerció tal dignidad para efectos de desempeñarse en otra entidad municipal o departamental o si ese periodo puede contar como experiencia, pues tales aspectos señalados por la solicitante escapan del objeto de la institución de la adición”.

Pero sí señaló que los efectos de la nulidad del acto de elección de la demandada en el cargo de contralora de Valledupar son hacia el futuro -ex nunc-.

TUTELA

Además de la aclaración,  los apoderados de la contralora interpondrían una acción de tutela ante la Corte Constitucional pidiendo que se revoque el fallo acusando la posible violación de derechos fundamentales.  De ser aceptadas las pretensiones, el fallo sería revocado mientras la Corte emite concepto. Pero, al contrario, si las peticiones de la tutela no son aceptadas, se ejecutaría el fallo, saldría Therán y en su lugar quedaría un contralor encargado.

Luego iniciaría una discusión en el Concejo de Valledupar sobre la vigencia de la lista de los elegibles, esto es, los otros dos aspirantes que conformaron la terna: Edwin Girón y Baldomero Rosado. Cabe recordar que fue Baldomero Rosado quien demandó la elección de la contralora. 

Política
4 octubre, 2021

Consejo de Estado aclaró fallo contra la contralora de Valledupar

Además de la aclaración, los apoderados de la contralora interpondrían una acción de tutela ante la Corte Constitucional pidiendo que se revoque el fallo acusando la posible violación de derechos fundamentales.


Contralora de Valledupar, Mary Flor Therán.
Contralora de Valledupar, Mary Flor Therán.
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El pasado mes de septiembre, la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad del acto de elección de la contralora de Valledupar, Mary Flor Therán. La Sala consideró que desde un punto de vista material, “resulta forzada la conclusión que expuso el Tribunal de primer grado, al advertir que las precitadas labores comportan el ejercicio de función pública, en tanto que esta se manifiesta como la exteriorización de potestades inherentes al Estado, como por ejemplo la expedición de actos unilaterales que deciden situaciones que afectan a terceros o la imposición coercitiva de una decisión a un tercero, y, en general, el ejercicio de autoridad inherente del Estado.

Ante esa medida, el apoderado de la contralora presentó una solicitud de adición de la sentencia, entre otros puntos, pidiendo “modular los efectos de la sentencia”. Además, señaló el apoderado que la Sala omitió indicar si la sentencia que anuló la elección de la contralora tiene efectos ex nunc, es decir, desde ahora, o ex tunc, desde siempre, “como quiera que se hace necesario que dicha sentencia indique los efectos pasados, presentes y futuros de la misma y ello decide si las actuaciones adelantadas por la funcionaria tienen o no validez, si la misma puede ser reelegida en el cargo o lo más interesante: que si la demandada de acuerdo a los efectos de dicha sentencia pueda ocupar un cargo en otra entidad municipal o departamental sin que se encuentre o no inhabilitada”.

En ese sentido, la Sala informó que no se pronunciará respecto a si la contralora  puede ser reelegida en el cargo; si puede predicar alguna inhabilidad durante el término que ejerció tal dignidad para efectos de desempeñarse en otra entidad municipal o departamental o si ese periodo puede contar como experiencia, pues tales aspectos señalados por la solicitante escapan del objeto de la institución de la adición”.

Pero sí señaló que los efectos de la nulidad del acto de elección de la demandada en el cargo de contralora de Valledupar son hacia el futuro -ex nunc-.

TUTELA

Además de la aclaración,  los apoderados de la contralora interpondrían una acción de tutela ante la Corte Constitucional pidiendo que se revoque el fallo acusando la posible violación de derechos fundamentales.  De ser aceptadas las pretensiones, el fallo sería revocado mientras la Corte emite concepto. Pero, al contrario, si las peticiones de la tutela no son aceptadas, se ejecutaría el fallo, saldría Therán y en su lugar quedaría un contralor encargado.

Luego iniciaría una discusión en el Concejo de Valledupar sobre la vigencia de la lista de los elegibles, esto es, los otros dos aspirantes que conformaron la terna: Edwin Girón y Baldomero Rosado. Cabe recordar que fue Baldomero Rosado quien demandó la elección de la contralora.