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Valledupar - 14 septiembre, 2024

¿Concejo de Valledupar se expondría a responsabilidades penales por proyecto que permitiría la legalización de invasiones?

El Proyecto de Acuerdo 017 del 30 de agosto de 2024, le daría las facultades al alcalde municipal para la legalización y regulación urbanística de los asentamientos humanos en el municipio de Valledupar.

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En medio de la sesión de la Comisión de Presupuesto y Servicios Administrativos del Concejo Valledupar, se llevó a cabo una discusión en torno a que dicha comisión presuntamente podría caer en responsabilidades penales y disciplinarias, de aprobar el proyecto de acuerdo que le daría las facultades al alcalde de Valledupar, Ernesto Orozco, para legalizar las invasiones que hay en la ciudad. 

Así lo manifestó el jurista, Evaristo Rodríguez, quien explicó que la corporación dentro de sus funciones no tiene la potestad jurídica de darle facultades al alcalde para legalizar asentamientos humanos ilegales. Acotó que dicha facultad es exclusiva del alcalde y que la corporación puede adoptar proyectos relacionados con el uso de los suelos, más no de legalización de invasiones.

“El Concejo sí tiene la facultad para regular los usos del suelo para expedir los POT que es muy diferente a otorgar facultades para legalizar y regularizar asentamientos humanos ilegales. Si se revisa la Ley que rige a los concejos municipales, allí se puede encontrar que se les prohíbe a través de sus actos inmiscuirse en los asuntos de otras autoridades, como en este caso la Sentencia T-946 de la Corte”, dijo Rodríguez. 

En ese sentido, explicó que al existir el fallo judicial de la Corte Constitucional que le ordena a la Alcaldía de Valledupar, a la Gobernación del Cesar, a la Agencia Presidencial para la Acción Social, entre otras entidades, el desalojo de las cuatro invasiones que están en el predio Sabana 1, el Concejo no puede mediante un acuerdo “autorizar o delegar que se haga algo distinto a lo ordenado por la Corte, como se pretende con este proyecto, el cual lo que busca es la expropiación”. 

La comisión responde 

Al respecto, el concejal Ricardo López, miembro de la comisión de presupuesto, manifestó que al proyecto se le dará un estudio riguroso. El primero tendrá lugar en la mencionada comisión y el segundo en la plenaria del Concejo Municipal. En ese sentido, aseveró que por ello fue que decidieron el pasado 12 de septiembre, aplazar el debate del proyecto para la próxima semana. 

“En ninguno de los apartados del proyecto dice expropiación, él solo pide las facultades y no habla de un solo asentamiento. Según estudios, aquí hay 18 asentamientos donde viven más de 11.000 familias. El alcalde pide las facultades para todos los asentamientos de la ciudad con el propósito de determinar a cuál de estos se le puede dar solución”, explicó López. 

Así mismo, el concejal Wilber Hinojosa, señaló que el “tema de expropiación no lo hace el Concejo ni esta comisión, sino el señor el alcalde y en ningún punto de este proyecto se menciona la expropiación”. Agregó que es un tema aparte y administrativo que le compete al alcalde.

Sin embargo, Rodríguez, precisó que no hay disposición legal que le autorice al Concejo otorgarle facultades al alcalde para “desconocer la sentencia de la Corte” y con respecto al proyecto aseveró que “es un verdadero adefesio porque no tiene norma constitucional alguna”. 

Áreas de cesión y privadas 

Es conocido de vieja data, que diferentes áreas de cesión del municipio han sido invadidas por personas que alegan no tener una casa donde vivir, ser desplazadas de la violencia y víctimas de otras circunstancias sociales y económicas que los obligó a invadir un predio de manera ilegal. 

Al respecto, Rodríguez argumentó que dentro del proyecto de acuerdo para el proceso de legalización de los asentamientos humanos ilegales, se precisa el artículo 149 de 2020, el cual se refiere a bienes fiscales y bienes públicos y que incluso así, legalizar un invasión que esté dentro de un área de cesión tiene implicaciones jurídicas graves. 

“Las áreas de cesión no son para viviendas. Todo ciudadano tiene derecho a espacios de esparcimiento, como parques y zonas verdes dentro de una metrópolis. Si se llega a legalizar una invasión que esté dentro de un área de cesión, el alcalde debe proveer al municipio otro predio con el mismo número de metros cuadrados del terreno legalizado”, puntualizó Rodríguez. 

En ese orden de ideas, comentó que en cuanto a predios privados no hay en la Constitución Política un decreto que reglamente la legalización de un asentamiento humano que esté en propiedad privada. Por lo que las administraciones municipales solo tienen dos vías de acción, las cuales son “comprar el predio o expropiar para proceder a la legalización”. 

La Sentencia de la Corte 

De acuerdo con Rodríguez, el debate del Proyecto de Acuerdo 017 del 30 de agosto de 2024, que le otorgaría las facultades al alcalde para legalizar los asentamientos humanos ilegales, fue aplazado porque dentro del documento no se menciona la Sentencia T-946, que ordena el desalojo de las invasiones Brisas de La Popa, Los Guasimales, Bello Horizonte 2 y Altos de Pimienta, y la repercusión que tendría el acuerdo sobre el fallo. 

“No existe en la Constitución Política y en ninguna ley de la República que un Concejo Municipal pueda reformar y mucho menos revocar una sentencia ejecutoriada de la Corte Constitucional, que es lo que se está pasando de contrabando aquí, porque en ese proyecto ni en ninguno de los apartados se menciona esta sentencia y por esta sentencia fue detenido el alcalde”, dijo el jurista. 

Trayendo a colación que el mandatario local y la gobernadora del Cesar, Elvia Milena Sanjuán, se reunieron con la defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, para que la funcionaria le solicitara a la Corte una revisión de la sentencia y una posible modulación de la misma, en la búsqueda de deslegitimar el fallo e impedir su cumplimento. 

Por Namieh Baute Barrios

Valledupar
14 septiembre, 2024

¿Concejo de Valledupar se expondría a responsabilidades penales por proyecto que permitiría la legalización de invasiones?

El Proyecto de Acuerdo 017 del 30 de agosto de 2024, le daría las facultades al alcalde municipal para la legalización y regulación urbanística de los asentamientos humanos en el municipio de Valledupar.


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En medio de la sesión de la Comisión de Presupuesto y Servicios Administrativos del Concejo Valledupar, se llevó a cabo una discusión en torno a que dicha comisión presuntamente podría caer en responsabilidades penales y disciplinarias, de aprobar el proyecto de acuerdo que le daría las facultades al alcalde de Valledupar, Ernesto Orozco, para legalizar las invasiones que hay en la ciudad. 

Así lo manifestó el jurista, Evaristo Rodríguez, quien explicó que la corporación dentro de sus funciones no tiene la potestad jurídica de darle facultades al alcalde para legalizar asentamientos humanos ilegales. Acotó que dicha facultad es exclusiva del alcalde y que la corporación puede adoptar proyectos relacionados con el uso de los suelos, más no de legalización de invasiones.

“El Concejo sí tiene la facultad para regular los usos del suelo para expedir los POT que es muy diferente a otorgar facultades para legalizar y regularizar asentamientos humanos ilegales. Si se revisa la Ley que rige a los concejos municipales, allí se puede encontrar que se les prohíbe a través de sus actos inmiscuirse en los asuntos de otras autoridades, como en este caso la Sentencia T-946 de la Corte”, dijo Rodríguez. 

En ese sentido, explicó que al existir el fallo judicial de la Corte Constitucional que le ordena a la Alcaldía de Valledupar, a la Gobernación del Cesar, a la Agencia Presidencial para la Acción Social, entre otras entidades, el desalojo de las cuatro invasiones que están en el predio Sabana 1, el Concejo no puede mediante un acuerdo “autorizar o delegar que se haga algo distinto a lo ordenado por la Corte, como se pretende con este proyecto, el cual lo que busca es la expropiación”. 

La comisión responde 

Al respecto, el concejal Ricardo López, miembro de la comisión de presupuesto, manifestó que al proyecto se le dará un estudio riguroso. El primero tendrá lugar en la mencionada comisión y el segundo en la plenaria del Concejo Municipal. En ese sentido, aseveró que por ello fue que decidieron el pasado 12 de septiembre, aplazar el debate del proyecto para la próxima semana. 

“En ninguno de los apartados del proyecto dice expropiación, él solo pide las facultades y no habla de un solo asentamiento. Según estudios, aquí hay 18 asentamientos donde viven más de 11.000 familias. El alcalde pide las facultades para todos los asentamientos de la ciudad con el propósito de determinar a cuál de estos se le puede dar solución”, explicó López. 

Así mismo, el concejal Wilber Hinojosa, señaló que el “tema de expropiación no lo hace el Concejo ni esta comisión, sino el señor el alcalde y en ningún punto de este proyecto se menciona la expropiación”. Agregó que es un tema aparte y administrativo que le compete al alcalde.

Sin embargo, Rodríguez, precisó que no hay disposición legal que le autorice al Concejo otorgarle facultades al alcalde para “desconocer la sentencia de la Corte” y con respecto al proyecto aseveró que “es un verdadero adefesio porque no tiene norma constitucional alguna”. 

Áreas de cesión y privadas 

Es conocido de vieja data, que diferentes áreas de cesión del municipio han sido invadidas por personas que alegan no tener una casa donde vivir, ser desplazadas de la violencia y víctimas de otras circunstancias sociales y económicas que los obligó a invadir un predio de manera ilegal. 

Al respecto, Rodríguez argumentó que dentro del proyecto de acuerdo para el proceso de legalización de los asentamientos humanos ilegales, se precisa el artículo 149 de 2020, el cual se refiere a bienes fiscales y bienes públicos y que incluso así, legalizar un invasión que esté dentro de un área de cesión tiene implicaciones jurídicas graves. 

“Las áreas de cesión no son para viviendas. Todo ciudadano tiene derecho a espacios de esparcimiento, como parques y zonas verdes dentro de una metrópolis. Si se llega a legalizar una invasión que esté dentro de un área de cesión, el alcalde debe proveer al municipio otro predio con el mismo número de metros cuadrados del terreno legalizado”, puntualizó Rodríguez. 

En ese orden de ideas, comentó que en cuanto a predios privados no hay en la Constitución Política un decreto que reglamente la legalización de un asentamiento humano que esté en propiedad privada. Por lo que las administraciones municipales solo tienen dos vías de acción, las cuales son “comprar el predio o expropiar para proceder a la legalización”. 

La Sentencia de la Corte 

De acuerdo con Rodríguez, el debate del Proyecto de Acuerdo 017 del 30 de agosto de 2024, que le otorgaría las facultades al alcalde para legalizar los asentamientos humanos ilegales, fue aplazado porque dentro del documento no se menciona la Sentencia T-946, que ordena el desalojo de las invasiones Brisas de La Popa, Los Guasimales, Bello Horizonte 2 y Altos de Pimienta, y la repercusión que tendría el acuerdo sobre el fallo. 

“No existe en la Constitución Política y en ninguna ley de la República que un Concejo Municipal pueda reformar y mucho menos revocar una sentencia ejecutoriada de la Corte Constitucional, que es lo que se está pasando de contrabando aquí, porque en ese proyecto ni en ninguno de los apartados se menciona esta sentencia y por esta sentencia fue detenido el alcalde”, dijo el jurista. 

Trayendo a colación que el mandatario local y la gobernadora del Cesar, Elvia Milena Sanjuán, se reunieron con la defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, para que la funcionaria le solicitara a la Corte una revisión de la sentencia y una posible modulación de la misma, en la búsqueda de deslegitimar el fallo e impedir su cumplimento. 

Por Namieh Baute Barrios