La regulación de plataformas digitales de transporte ha sido una petición del gremio de taxistas de Valledupar que ha manifestado que estas aplicaciones promueven el transporte pirata.
En vista de las múltiples peticiones del gremio de transportadores del país para que se regule el uso de plataformas digitales de transporte como InDrive, Uber, Didi, Cabify, entre otras, en el Congreso de la República avanza un proyecto de ley que busca establecer una reglamentación para los transportadores que utilizan dichas aplicaciones para prestar el servicio público individual de pasajeros.
El proyecto de ley 136 “Por medio del cual se regula el servicio de transporte privado intermediado por plataformas digitales”, contempla la creación del Registro Único Nacional del Servicio de Movilidad Intermediado, Runsmi, un sistema que, de aprobarse, transformaría las condiciones bajo las cuales operan los conductores de estas aplicaciones y también evitaría la inmovilización de sus vehículos.
De acuerdo con el proyecto, el Runsmi será un registro nacional administrado por el Ministerio de Transporte, en coordinación con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones MinTIC, y que tendrá como objetivo centralizar la información de las plataformas digitales, los conductores, los propietarios de los vehículos y los carros habilitados para prestar el servicio.
Dentro del articulado de la iniciativa legislativa se establece que una vez sea sancionada la ley debe crearse en un plazo no mayor a seis meses el Runsmi. Posteriormente, los conductores como las plataformas tendrán un período adicional de seis meses para registrarse y cumplir con los requisitos exigidos para prestar el servicio.
Los conductores que actualmente presten el servicio de transporte público individual a través de plataformas como InDrive, Uber, Didi y Cabify deberán registrarse en el Runsmi. El proyecto establece que los conductores deberán actualizar su información cada seis meses.
Así mismo, tener la documentación del vehículo al día. De manera específica el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, Soat y revisión técnico-mecánica vigentes. Ese proyecto de ley también establece que las plataformas deberán garantizar pólizas que cubran riesgos para conductores, pasajeros y terceros.
Las evaluaciones que hacen los usuarios al servicio prestado por los conductores de esta aplicación tendrá un mayor valor porque la ciudadanía podrá calificar a los conductores y estas calificaciones influirán en si el conductor puede seguir prestando el servicio o no.
También se establecerán tarifas dinámicas que serán permitidas según la oferta y demanda del servicio. Otro de los cambios propuestos es la actualización del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, artículo que actualmente sanciona con multas y la inmovilización de vehículos a quienes presten servicios de transporte público no autorizado.
La modificación busca especificar que los vehículos particulares registrados en el Runsmi podrán operar como transporte intermediado por plataformas digitales, lo que eliminaría o modificaría la infracción calificada como D12.
A pesar de que con este proyecto de ley no se inmovilizarán los vehículos que presten el servicio y estén registrados en el Runsmi, las sanciones impuestas antes de su aprobación no serán anuladas.
De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, el uso de estas aplicaciones es ilegal y la multa es clasificada como D12. Cabe precisar que esta infracción se aplica por conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito.
El ajuste de la multa para este año responde al aumento del 9,53 % en el salario mínimo, lo que impacta directamente en el bolsillo. Pasando de 1’299.000 pesos, en el 2024, a 1’423.000 pesos, en el 2025.
Aparte de la sanción monetaria, las autoridades de Tránsito tienen actualmente la potestad de realizar inmovilizaciones. En ese sentido, el vehículo será inmovilizado por primera vez por el término de 5 días, por segunda vez 20 días y por tercera vez 40 días.
El proyecto de ley contempla que la Superintendencia de Transporte será la encargada de la inspección, vigilancia y control de los conductores que operen bajo esta modalidad. Por su parte, la Superintendencia de Industria y Comercio será responsable de regular las plataformas digitales.
Para ser ley deberá superar cuatro debates en el Congreso, dos en la Cámara de Representantes y dos en el Senado, además de un control previo por parte de la Corte Constitucional, control que verificará que la normativa cumpla con los requisitos formales y materiales exigidos para su entrada en vigor.
Por Namieh Baute Barrios
La regulación de plataformas digitales de transporte ha sido una petición del gremio de taxistas de Valledupar que ha manifestado que estas aplicaciones promueven el transporte pirata.
En vista de las múltiples peticiones del gremio de transportadores del país para que se regule el uso de plataformas digitales de transporte como InDrive, Uber, Didi, Cabify, entre otras, en el Congreso de la República avanza un proyecto de ley que busca establecer una reglamentación para los transportadores que utilizan dichas aplicaciones para prestar el servicio público individual de pasajeros.
El proyecto de ley 136 “Por medio del cual se regula el servicio de transporte privado intermediado por plataformas digitales”, contempla la creación del Registro Único Nacional del Servicio de Movilidad Intermediado, Runsmi, un sistema que, de aprobarse, transformaría las condiciones bajo las cuales operan los conductores de estas aplicaciones y también evitaría la inmovilización de sus vehículos.
De acuerdo con el proyecto, el Runsmi será un registro nacional administrado por el Ministerio de Transporte, en coordinación con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones MinTIC, y que tendrá como objetivo centralizar la información de las plataformas digitales, los conductores, los propietarios de los vehículos y los carros habilitados para prestar el servicio.
Dentro del articulado de la iniciativa legislativa se establece que una vez sea sancionada la ley debe crearse en un plazo no mayor a seis meses el Runsmi. Posteriormente, los conductores como las plataformas tendrán un período adicional de seis meses para registrarse y cumplir con los requisitos exigidos para prestar el servicio.
Los conductores que actualmente presten el servicio de transporte público individual a través de plataformas como InDrive, Uber, Didi y Cabify deberán registrarse en el Runsmi. El proyecto establece que los conductores deberán actualizar su información cada seis meses.
Así mismo, tener la documentación del vehículo al día. De manera específica el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, Soat y revisión técnico-mecánica vigentes. Ese proyecto de ley también establece que las plataformas deberán garantizar pólizas que cubran riesgos para conductores, pasajeros y terceros.
Las evaluaciones que hacen los usuarios al servicio prestado por los conductores de esta aplicación tendrá un mayor valor porque la ciudadanía podrá calificar a los conductores y estas calificaciones influirán en si el conductor puede seguir prestando el servicio o no.
También se establecerán tarifas dinámicas que serán permitidas según la oferta y demanda del servicio. Otro de los cambios propuestos es la actualización del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, artículo que actualmente sanciona con multas y la inmovilización de vehículos a quienes presten servicios de transporte público no autorizado.
La modificación busca especificar que los vehículos particulares registrados en el Runsmi podrán operar como transporte intermediado por plataformas digitales, lo que eliminaría o modificaría la infracción calificada como D12.
A pesar de que con este proyecto de ley no se inmovilizarán los vehículos que presten el servicio y estén registrados en el Runsmi, las sanciones impuestas antes de su aprobación no serán anuladas.
De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, el uso de estas aplicaciones es ilegal y la multa es clasificada como D12. Cabe precisar que esta infracción se aplica por conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito.
El ajuste de la multa para este año responde al aumento del 9,53 % en el salario mínimo, lo que impacta directamente en el bolsillo. Pasando de 1’299.000 pesos, en el 2024, a 1’423.000 pesos, en el 2025.
Aparte de la sanción monetaria, las autoridades de Tránsito tienen actualmente la potestad de realizar inmovilizaciones. En ese sentido, el vehículo será inmovilizado por primera vez por el término de 5 días, por segunda vez 20 días y por tercera vez 40 días.
El proyecto de ley contempla que la Superintendencia de Transporte será la encargada de la inspección, vigilancia y control de los conductores que operen bajo esta modalidad. Por su parte, la Superintendencia de Industria y Comercio será responsable de regular las plataformas digitales.
Para ser ley deberá superar cuatro debates en el Congreso, dos en la Cámara de Representantes y dos en el Senado, además de un control previo por parte de la Corte Constitucional, control que verificará que la normativa cumpla con los requisitos formales y materiales exigidos para su entrada en vigor.
Por Namieh Baute Barrios