Con la intención de estimular la inversión en actividades de ciencia, tecnología e innovación, el Gobierno Nacional aprobó desde 2011 lineamientos para que las empresas puedan realizar deducciones tributarias por sus inversiones en proyectos de investigación, tecnología, software o innovación.
Con la intención de estimular la inversión en actividades de ciencia, tecnología e innovación, el Gobierno Nacional aprobó desde 2011 (a través de la Reforma Tributaria) lineamientos para que las empresas puedan realizar deducciones tributarias por sus inversiones en proyectos de investigación, tecnología, software o innovación.
Esta herramienta, que se incluyó en el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, pretende duplicar la inversión en estas disciplinas del conocimiento de 0,5% del Producto Interno Bruto (PIB) al 1% del PIB.
“A pesar de los beneficios que medidas como estas pueden tener para las pequeñas y medianas empresas del país, son pocas las que están accediendo a ellos”, explica la ingeniera Josefina Hernández, directora del Programa de Ingeniería Civil de la Fundación Universitaria del Área Andina con sede en Valledupar y Presidenta de la Sociedad de Ingenieros del Cesar
.
Y es que cálculos del ente educativo señalan que por desconocimiento de este instrumento de deducciones tributarias y de las condiciones para acceder a ese tipo de beneficios, tan solo 40 empresas en el país, según datos de Planeación Nacional, se han favorecido con la medida entre 2011 y 2014.
¿Cómo beneficiarse de esta clase de estímulos?
Según la ingeniera Josefina Hernández, existen dos alternativas para acceder a ellos.
La primera de ellas se refiere a inversión o donación en ciencia y tecnología. En caso de inversión, los contribuyentes del impuesto de renta que estén obligados a tributar sobre la renta dentro del país, y que realicen inversiones en proyectos de investigación o de innovación, podrán beneficiarse de este incentivo.
En el caso de donación, éstas pueden realizarse a través de centros de investigación o centros de desarrollo tecnológico constituidos como entidades sin ánimo de lucro; así como también, a centros y grupos de investigación de instituciones de educación superior, reconocidos por Colciencias, como es el caso de la Dirección Nacional de Investigaciones Centro de la Fundación Universitaria del Área Andina.
En ese sentido, el que invierta o done en programas o proyectos de ciencia y tecnología, tendrá derecho a deducir de su renta el 100% de la inversión hecha en ciencia y tecnología más el 75% de ese valor como incentivo tributario.
“Adicionalmente, todas las personas naturales o jurídicas que inviertan en proyectos calificados por Colciencias como de ciencia y tecnología, a través del Fondo Francisco José de Caldas, podrán solicitar el beneficio tributario para deducir de renta el valor de su inversión o donación”, explica la ingeniera Hernández.
La segunda alternativa responde al desarrollo de nuevos productos medicinales y de software elaborados en Colombia, “amparados con nuevas patentes registradas ante la autoridad competente, siempre y cuando tengan un alto contenido de investigación científica y tecnológica nacional, certificado por Colciencias”.
Con la intención de estimular la inversión en actividades de ciencia, tecnología e innovación, el Gobierno Nacional aprobó desde 2011 lineamientos para que las empresas puedan realizar deducciones tributarias por sus inversiones en proyectos de investigación, tecnología, software o innovación.
Con la intención de estimular la inversión en actividades de ciencia, tecnología e innovación, el Gobierno Nacional aprobó desde 2011 (a través de la Reforma Tributaria) lineamientos para que las empresas puedan realizar deducciones tributarias por sus inversiones en proyectos de investigación, tecnología, software o innovación.
Esta herramienta, que se incluyó en el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, pretende duplicar la inversión en estas disciplinas del conocimiento de 0,5% del Producto Interno Bruto (PIB) al 1% del PIB.
“A pesar de los beneficios que medidas como estas pueden tener para las pequeñas y medianas empresas del país, son pocas las que están accediendo a ellos”, explica la ingeniera Josefina Hernández, directora del Programa de Ingeniería Civil de la Fundación Universitaria del Área Andina con sede en Valledupar y Presidenta de la Sociedad de Ingenieros del Cesar
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Y es que cálculos del ente educativo señalan que por desconocimiento de este instrumento de deducciones tributarias y de las condiciones para acceder a ese tipo de beneficios, tan solo 40 empresas en el país, según datos de Planeación Nacional, se han favorecido con la medida entre 2011 y 2014.
¿Cómo beneficiarse de esta clase de estímulos?
Según la ingeniera Josefina Hernández, existen dos alternativas para acceder a ellos.
La primera de ellas se refiere a inversión o donación en ciencia y tecnología. En caso de inversión, los contribuyentes del impuesto de renta que estén obligados a tributar sobre la renta dentro del país, y que realicen inversiones en proyectos de investigación o de innovación, podrán beneficiarse de este incentivo.
En el caso de donación, éstas pueden realizarse a través de centros de investigación o centros de desarrollo tecnológico constituidos como entidades sin ánimo de lucro; así como también, a centros y grupos de investigación de instituciones de educación superior, reconocidos por Colciencias, como es el caso de la Dirección Nacional de Investigaciones Centro de la Fundación Universitaria del Área Andina.
En ese sentido, el que invierta o done en programas o proyectos de ciencia y tecnología, tendrá derecho a deducir de su renta el 100% de la inversión hecha en ciencia y tecnología más el 75% de ese valor como incentivo tributario.
“Adicionalmente, todas las personas naturales o jurídicas que inviertan en proyectos calificados por Colciencias como de ciencia y tecnología, a través del Fondo Francisco José de Caldas, podrán solicitar el beneficio tributario para deducir de renta el valor de su inversión o donación”, explica la ingeniera Hernández.
La segunda alternativa responde al desarrollo de nuevos productos medicinales y de software elaborados en Colombia, “amparados con nuevas patentes registradas ante la autoridad competente, siempre y cuando tengan un alto contenido de investigación científica y tecnológica nacional, certificado por Colciencias”.