La Ley 906 de 2004 faculta a cualquier persona para capturar a quien sea sorprendido en flagrancia cometiendo un delito, pero no les da facultad para hacer justicia por su cuenta.
En Valledupar toma carrera la justicia por cuenta propia, cada día son más comunes los habitantes de barrios populares que queman las motocicletas de los atracadores y que intentan linchar a quienes son sorprendidos en actividades delictivas.
Pero lo que desconocen muchos ciudadanos es que estos comportamientos les pueden acarrear graves consecuencias legales por los delitos de lesiones personales, daño en bien ajeno y en el peor de los casos homicidio.
El caso más reciente de este tipo ocurrió el pasado miércoles en el barrio Los Fundadores, donde un joven mató a otro con un cuchillo tras pelear por una bicicleta. Los habitantes del sector, indignados intentaron linchar al homicida, a tal punto de ocasionarle lesiones y de no ser por la intervención de la Policía lo hubiesen matado.
“Si la comunidad captura a una persona en persecución o en flagrancia (cometiendo un delito) lo que debe hacer es inmediatamente ponerla a disposición de un policía, que es el único quien captura a esa persona para en el término de la distancia presentarlo a la Unidad de Reacción Inmediata de la Fiscalía”, explicó el fiscal séptimo local de Valledupar, Helber Mendoza.
El fiscal aclaró que la comunidad no está autorizada para golpear, maltratar o matar a ningún delincuente pese a la gravedad del delito que estos cometan.
“Como están tomando carrera estos comportamientos, saldrá una jurisprudencia donde se determinará si es legal o no cuando una persona aprehende y maltrata, con el fin de que la gente no siga tomando justicia por sus manos”, advirtió el funcionario de la Rama Judicial.
Aclaró que las agresiones a los detenidos también pueden acarrear inconvenientes en el proceso de judicialización ante las autoridades competentes.
“La Fiscalía tiene 36 horas para presentar al detenido frente a un juez de control de garantías para las audiencias de legalización, imputación de cargos y medida de aseguramiento. Si no se cumplen los cuatro artículos 154, 301, 302 y 303 del Código Penal, la persona detenida debe ser dejada en libertad”, precisó.
De victimario a víctima
El comandante operativo de la Policía Cesar, coronel Mauricio Bonilla Méndez, manifestó que la mayoría de los casos donde los delincuentes son interceptados o inicia la captura por parte de la ciudadanía, estos son golpeados por la comunidad.
“Nosotros tenemos que velar por la vida de los ciudadanos, no importa si este acaba de cometer un hurto, un homicidio o cualquier otro delito, si es en plena flagrancia que se logra la captura. Sin embargo, la Policía tiene que defender los derechos de los delincuentes y dejarlo a disposición de la Fiscalía, así sea a costa de la integridad de nuestros policías porque es nuestra obligación constitucional”, aseveró el oficial.
Recalcó que la justicia por cuenta propia no es conveniente porque un ciudadano de bien, que se alteró y por no poderse controlar, mata a un delincuente lo más probable es que termine en prisión.
En ese mismo sentido se pronunció el fiscal Helber Mendoza, quien dijo que “si posteriormente el juez de garantías en la audiencia determina ilegalidad de la captura porque el detenido fue maltratado por la comunidad y el abogado defensor posterior a ese dictamen que da el juez de garantías, pueden iniciar acciones judiciales contra esa persona que lo agredió, si está plenamente identificada, por lesiones personales”.
Recordó que el Código Penal señala que el imputado o su defensor, durante la investigación, podrán buscar, identificar empíricamente, recoger y embalar los elementos materiales probatorios y evidencia física, con la solicitud para que sean examinados y la constancia de que es imputado o defensor de este, los trasladarán al respectivo laboratorio del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, donde los entregarán bajo recibo.
¿Por qué quedan libres?
Unas de las causas de la justicia por cuenta propia, se debe a que la gente considera que las autoridades no imparten mano dura contra los delincuentes, que al poco tiempo de haber sido capturados recobran la libertad.
Sin embargo, especialistas en el derecho penal precisan que si hay justicia, la cual es laxa debido a los beneficios que otorga el Código de Procedimiento Penal a los atracadores, que son los principales protagonistas de los casos de linchamiento.
El delito de hurto calificado agravado tiene una pena mínimo 12 años de prisión, pero esta disminuye a la mitad cuando el monto del robo es menor a un salario mínimo legal mensual vigente, y si el hurto no se concreta (es decir el delincuente no logra su cometido) el delito se configura en grado de tentativa y baja de seis a tres años. Para colmo de males, si el procesado indemniza a la víctima antes de emitirse la sentencia condenatoria, la ley lo beneficia con otro descuento y con la aceptación de cargos o preacuerdos con la Fiscalía, la pena de 12 años queda reducida a alrededor de dos años.
Además el Código Penal establece que, la ejecución de la pena se podrá suspender. En otras palabras, incluso si se condena a alguien a ir a la cárcel, si se le concede este beneficio, llamado subrogado penal, podría quedar libre.
Análisis social
El director de la Pastoral Social de Valledupar, el sacerdote Jesús Alberto Torres aseguró que desde la iglesia católica se trabaja para concientizar a la ciudadanía de que la tolerancia es clave para disminuir los índices de violencia.
“Promovemos una cultura de la no violencia, al mal se le combate con el bien; la violencia engendra violencia, pero cuando respondemos con la paz, amor y perdón terminamos bajando esos niveles de intolerancia en esta sociedad”, afirmó.
Por su parte, Nadia Celedón Mendoza, directora del Observatorio de Vida de la Universidad Popular del Cesar, UPC, dijo que la delincuencia sumada a los actos de justicia por cuenta propia aumenta la violencia en Valledupar.
“Nosotros hemos venido trabajando con valores en los niños y jóvenes, apoyados con los estudiantes de sociología y derecho en la Comuna Tres de Valledupar donde se presenta la situación más crítica con el tema de delincuencia, donde el problema es la falta de cultura ciudadana, el problema es de casa porque tenemos unas familias disfuncionales”, explicó la funcionaria.
Señaló que el hurto callejero va en aumento y es el delito que más despierta la justicia por cuenta propia en esta capital.
“Hay unos delitos que han disminuido, pero mientras esos disminuyen aumentan otros muy críticos. Detrás de eso hay desempleo, falta de educación”, concluyó Nadia Celedón.
El Observatorio de Vida de la Universidad Popular del Cesar firmó un convenio con la Alcaldía de Valledupar para el funcionamiento de dos nuevos centros de conciliación que permitan disuadir violencia intrafamiliar, diferencias entre vecinos y otros factores generados de violencia; uno en la carrera cuarta y otro en el Parque La Vallenata, sede deportiva de la UPC.
Por Martín Elías Mendoza Cerpa
La Ley 906 de 2004 faculta a cualquier persona para capturar a quien sea sorprendido en flagrancia cometiendo un delito, pero no les da facultad para hacer justicia por su cuenta.
En Valledupar toma carrera la justicia por cuenta propia, cada día son más comunes los habitantes de barrios populares que queman las motocicletas de los atracadores y que intentan linchar a quienes son sorprendidos en actividades delictivas.
Pero lo que desconocen muchos ciudadanos es que estos comportamientos les pueden acarrear graves consecuencias legales por los delitos de lesiones personales, daño en bien ajeno y en el peor de los casos homicidio.
El caso más reciente de este tipo ocurrió el pasado miércoles en el barrio Los Fundadores, donde un joven mató a otro con un cuchillo tras pelear por una bicicleta. Los habitantes del sector, indignados intentaron linchar al homicida, a tal punto de ocasionarle lesiones y de no ser por la intervención de la Policía lo hubiesen matado.
“Si la comunidad captura a una persona en persecución o en flagrancia (cometiendo un delito) lo que debe hacer es inmediatamente ponerla a disposición de un policía, que es el único quien captura a esa persona para en el término de la distancia presentarlo a la Unidad de Reacción Inmediata de la Fiscalía”, explicó el fiscal séptimo local de Valledupar, Helber Mendoza.
El fiscal aclaró que la comunidad no está autorizada para golpear, maltratar o matar a ningún delincuente pese a la gravedad del delito que estos cometan.
“Como están tomando carrera estos comportamientos, saldrá una jurisprudencia donde se determinará si es legal o no cuando una persona aprehende y maltrata, con el fin de que la gente no siga tomando justicia por sus manos”, advirtió el funcionario de la Rama Judicial.
Aclaró que las agresiones a los detenidos también pueden acarrear inconvenientes en el proceso de judicialización ante las autoridades competentes.
“La Fiscalía tiene 36 horas para presentar al detenido frente a un juez de control de garantías para las audiencias de legalización, imputación de cargos y medida de aseguramiento. Si no se cumplen los cuatro artículos 154, 301, 302 y 303 del Código Penal, la persona detenida debe ser dejada en libertad”, precisó.
De victimario a víctima
El comandante operativo de la Policía Cesar, coronel Mauricio Bonilla Méndez, manifestó que la mayoría de los casos donde los delincuentes son interceptados o inicia la captura por parte de la ciudadanía, estos son golpeados por la comunidad.
“Nosotros tenemos que velar por la vida de los ciudadanos, no importa si este acaba de cometer un hurto, un homicidio o cualquier otro delito, si es en plena flagrancia que se logra la captura. Sin embargo, la Policía tiene que defender los derechos de los delincuentes y dejarlo a disposición de la Fiscalía, así sea a costa de la integridad de nuestros policías porque es nuestra obligación constitucional”, aseveró el oficial.
Recalcó que la justicia por cuenta propia no es conveniente porque un ciudadano de bien, que se alteró y por no poderse controlar, mata a un delincuente lo más probable es que termine en prisión.
En ese mismo sentido se pronunció el fiscal Helber Mendoza, quien dijo que “si posteriormente el juez de garantías en la audiencia determina ilegalidad de la captura porque el detenido fue maltratado por la comunidad y el abogado defensor posterior a ese dictamen que da el juez de garantías, pueden iniciar acciones judiciales contra esa persona que lo agredió, si está plenamente identificada, por lesiones personales”.
Recordó que el Código Penal señala que el imputado o su defensor, durante la investigación, podrán buscar, identificar empíricamente, recoger y embalar los elementos materiales probatorios y evidencia física, con la solicitud para que sean examinados y la constancia de que es imputado o defensor de este, los trasladarán al respectivo laboratorio del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, donde los entregarán bajo recibo.
¿Por qué quedan libres?
Unas de las causas de la justicia por cuenta propia, se debe a que la gente considera que las autoridades no imparten mano dura contra los delincuentes, que al poco tiempo de haber sido capturados recobran la libertad.
Sin embargo, especialistas en el derecho penal precisan que si hay justicia, la cual es laxa debido a los beneficios que otorga el Código de Procedimiento Penal a los atracadores, que son los principales protagonistas de los casos de linchamiento.
El delito de hurto calificado agravado tiene una pena mínimo 12 años de prisión, pero esta disminuye a la mitad cuando el monto del robo es menor a un salario mínimo legal mensual vigente, y si el hurto no se concreta (es decir el delincuente no logra su cometido) el delito se configura en grado de tentativa y baja de seis a tres años. Para colmo de males, si el procesado indemniza a la víctima antes de emitirse la sentencia condenatoria, la ley lo beneficia con otro descuento y con la aceptación de cargos o preacuerdos con la Fiscalía, la pena de 12 años queda reducida a alrededor de dos años.
Además el Código Penal establece que, la ejecución de la pena se podrá suspender. En otras palabras, incluso si se condena a alguien a ir a la cárcel, si se le concede este beneficio, llamado subrogado penal, podría quedar libre.
Análisis social
El director de la Pastoral Social de Valledupar, el sacerdote Jesús Alberto Torres aseguró que desde la iglesia católica se trabaja para concientizar a la ciudadanía de que la tolerancia es clave para disminuir los índices de violencia.
“Promovemos una cultura de la no violencia, al mal se le combate con el bien; la violencia engendra violencia, pero cuando respondemos con la paz, amor y perdón terminamos bajando esos niveles de intolerancia en esta sociedad”, afirmó.
Por su parte, Nadia Celedón Mendoza, directora del Observatorio de Vida de la Universidad Popular del Cesar, UPC, dijo que la delincuencia sumada a los actos de justicia por cuenta propia aumenta la violencia en Valledupar.
“Nosotros hemos venido trabajando con valores en los niños y jóvenes, apoyados con los estudiantes de sociología y derecho en la Comuna Tres de Valledupar donde se presenta la situación más crítica con el tema de delincuencia, donde el problema es la falta de cultura ciudadana, el problema es de casa porque tenemos unas familias disfuncionales”, explicó la funcionaria.
Señaló que el hurto callejero va en aumento y es el delito que más despierta la justicia por cuenta propia en esta capital.
“Hay unos delitos que han disminuido, pero mientras esos disminuyen aumentan otros muy críticos. Detrás de eso hay desempleo, falta de educación”, concluyó Nadia Celedón.
El Observatorio de Vida de la Universidad Popular del Cesar firmó un convenio con la Alcaldía de Valledupar para el funcionamiento de dos nuevos centros de conciliación que permitan disuadir violencia intrafamiliar, diferencias entre vecinos y otros factores generados de violencia; uno en la carrera cuarta y otro en el Parque La Vallenata, sede deportiva de la UPC.
Por Martín Elías Mendoza Cerpa