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Económicas - 9 agosto, 2017

¿Sabe usted si debe declarar renta?

Desde hoy empiezan las primeras fechas y plazos para que los colombianos declaren renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

La concesionaria que está al frente del proyecto Ruta del Sol, sector dos, asegura que está al día en tareas y que las decisiones que siguen son de la ANI.
La concesionaria que está al frente del proyecto Ruta del Sol, sector dos, asegura que está al día en tareas y que las decisiones que siguen son de la ANI.

Las personas naturales o jurídicas cuyas cédulas o NIT terminen en 99 y 00 deben declarar renta hoy. Mañana lo harán las personas cuyos documentos de identidad terminen en 97 y 98, y así sucesivamente de a dos dígitos por día.

Recuerde que se debe pagar en una sola cuota dentro de las fechas señaladas y tenga en cuenta que los plazos establecen la fecha límite para presentar la declaración, de manera que puede presentarla antes de estos vencimientos.

Para evitar confusiones siga estos pasos que podrían ayudarle a despejar algunas dudas.

-Conozca si está obligado a declarar: Si usted es persona natural con residencia fiscal en Colombia y responde afirmativamente a por lo menos una de las siguientes preguntas debe hacer la declaración por el año gravable de 2016: ¿obtuvo en 2016 ingresos brutos iguales o superiores a $39.591.000?, ¿su patrimonio bruto a diciembre de 2016 fue superior a $127.256.000?, ¿durante el año gravable realizó compras por más de 79.181.000?, ¿realizó consignaciones en sus cuentas bancarias por más de 127.256.000?, ¿es responsable del IVA en el régimen común, al cierre del año gravable?

-Inscríbase o actualice el RUT: Recuerde que solamente debe actualizar su RUT en caso de que haya cambiado datos de ubicación y clasificación, tales como dirección, teléfonos, correo electrónico, actividad económica; o requiera adicionar responsabilidades como por ejemplo la obligación de presentar declaración de renta y complementarios.

-Identifique el sistema para declarar:  para empleados, cuyos ingresos brutos hayan sido inferiores a $79.181.200 año gravable 2016 y hayan poseído un patrimonio líquido declarado en el período gravable anterior, inferior a $329.820.000 año 2015.

Para empleados, cuyos ingresos brutos hayan sido iguales o superiores a $79.181.000 año gravable 2016 o hayan poseído un patrimonio líquido declarado en el período gravable anterior, igual o superior a $329.820.000 año 2015.

Trabajadores por cuenta propia, cuya renta gravable alternativa sea inferior a $763.533.000 anuales 2016 y patrimonio líquido declarado en el período gravable anterior es inferior a $329.820.000 año 2015.
Trabajadores por cuenta propia, cuya renta gravable alternativa igual o superior sea de 763.533.000 anuales 2016 o su patrimonio líquido declarado en el período gravable anterior es igual o mayor a $329.820.000 año 2015).

-Diligencie los formularios: no olvide que la declaración de renta es un documento que presenta, en el que usted relaciona sus ingresos, egresos e inversiones y no significa que siempre deba pagar.  Al aplicarse las deducciones (como aportes a la seguridad social, pagos de hipotecas, sostenimiento de hijos, etc.) su pago podría ser cero.

 

Económicas
9 agosto, 2017

¿Sabe usted si debe declarar renta?

Desde hoy empiezan las primeras fechas y plazos para que los colombianos declaren renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.


La concesionaria que está al frente del proyecto Ruta del Sol, sector dos, asegura que está al día en tareas y que las decisiones que siguen son de la ANI.
La concesionaria que está al frente del proyecto Ruta del Sol, sector dos, asegura que está al día en tareas y que las decisiones que siguen son de la ANI.

Las personas naturales o jurídicas cuyas cédulas o NIT terminen en 99 y 00 deben declarar renta hoy. Mañana lo harán las personas cuyos documentos de identidad terminen en 97 y 98, y así sucesivamente de a dos dígitos por día.

Recuerde que se debe pagar en una sola cuota dentro de las fechas señaladas y tenga en cuenta que los plazos establecen la fecha límite para presentar la declaración, de manera que puede presentarla antes de estos vencimientos.

Para evitar confusiones siga estos pasos que podrían ayudarle a despejar algunas dudas.

-Conozca si está obligado a declarar: Si usted es persona natural con residencia fiscal en Colombia y responde afirmativamente a por lo menos una de las siguientes preguntas debe hacer la declaración por el año gravable de 2016: ¿obtuvo en 2016 ingresos brutos iguales o superiores a $39.591.000?, ¿su patrimonio bruto a diciembre de 2016 fue superior a $127.256.000?, ¿durante el año gravable realizó compras por más de 79.181.000?, ¿realizó consignaciones en sus cuentas bancarias por más de 127.256.000?, ¿es responsable del IVA en el régimen común, al cierre del año gravable?

-Inscríbase o actualice el RUT: Recuerde que solamente debe actualizar su RUT en caso de que haya cambiado datos de ubicación y clasificación, tales como dirección, teléfonos, correo electrónico, actividad económica; o requiera adicionar responsabilidades como por ejemplo la obligación de presentar declaración de renta y complementarios.

-Identifique el sistema para declarar:  para empleados, cuyos ingresos brutos hayan sido inferiores a $79.181.200 año gravable 2016 y hayan poseído un patrimonio líquido declarado en el período gravable anterior, inferior a $329.820.000 año 2015.

Para empleados, cuyos ingresos brutos hayan sido iguales o superiores a $79.181.000 año gravable 2016 o hayan poseído un patrimonio líquido declarado en el período gravable anterior, igual o superior a $329.820.000 año 2015.

Trabajadores por cuenta propia, cuya renta gravable alternativa sea inferior a $763.533.000 anuales 2016 y patrimonio líquido declarado en el período gravable anterior es inferior a $329.820.000 año 2015.
Trabajadores por cuenta propia, cuya renta gravable alternativa igual o superior sea de 763.533.000 anuales 2016 o su patrimonio líquido declarado en el período gravable anterior es igual o mayor a $329.820.000 año 2015).

-Diligencie los formularios: no olvide que la declaración de renta es un documento que presenta, en el que usted relaciona sus ingresos, egresos e inversiones y no significa que siempre deba pagar.  Al aplicarse las deducciones (como aportes a la seguridad social, pagos de hipotecas, sostenimiento de hijos, etc.) su pago podría ser cero.