El 2020 se despidió con el esperanzador anuncio por parte de los laboratorios Pfizer, Moderna, Oxford-AstraZéneca, y la Sputnik V, de haber desarrollado la vacuna anticovid-19, todas ellas con más de un 90 % de efectividad. Colombia ya adquirió veinte millones de dosis, y los primeros en recibirla serán los mayores adultos, el personal sanitario, […]
El 2020 se despidió con el esperanzador anuncio por parte de los laboratorios Pfizer, Moderna, Oxford-AstraZéneca, y la Sputnik V, de haber desarrollado la vacuna anticovid-19, todas ellas con más de un 90 % de efectividad. Colombia ya adquirió veinte millones de dosis, y los primeros en recibirla serán los mayores adultos, el personal sanitario, las personas con comorbilidad, y la población económicamente activa.
No obstante, nada se escucha decir sobre las madres gestantes, los neonatos e infantes, salvo que la ministra de Educación está pensando en los niños para iniciar el ciclo de clases presenciales. Es nuestro propósito llamar la atención de las autoridades frente a la necesidad de tener en cuenta esta población, para lo cual me permito esgrimir las razones siguientes: I) Los niños son la población más expuesta a enfermedades desde el momento de su nacimiento, con ellos se empieza el ciclo de vacunación intensiva hasta los cinco años. En Colombia, las cifras de mortalidad de nuestros niños por causas asociadas a la desnutrición son escandalosas, como para sumarle el flagelo del covid-19. II) No es fácil convencer a un niño de las medidas de bioseguridad: distanciamiento, uso del tapabocas y lavado frecuentes de las manos. III) La Convención Internacional de los Derechos del Niño, aprobada por Colombia mediante la Ley 12 de 1991, en su artículo 24 expresa que los Estados partes reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel de la salud, y adoptarán las medidas apropiadas para reducir la mortalidad infantil.
IV) La Constitución Política de Colombia, artículo 44 expresa que los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás. No sobra decir que los niños gozan de una protección especial en nuestro ordenamiento constitucional, al punto de considerar sus derechos como fundamentales y prevalentes, esto quiere decir que su vulneración dará lugar a las acciones constitucionales.
Entonces, si la resolución administrativa que expida el señor ministro de salud Fernando Ruiz, en virtud de la cual se implementará el plan de vacunación contra el covid-19, llegara a excluir a los no natos, neonatos e infantes, muy probablemente será demandada por inconstitucional, y si son las EPS las que incurren en esta omisión, pues también serán objeto de acciones constitucionales en virtud de las cuales se solicitará al operador judicial, se proteja el derecho fundamental a la salud de esta población vulnerable.
Aclaro, no tengo nada en contra de las personas de la tercera edad, ni de las personas con comorbilidad, ni en contra de la población económicamente activa, y menos contra el personal sanitario, que, entre otras cosas, han honrado ejemplarmente el juramento hipocrático, asumiendo con altruismo, riesgos profesionales y familiares, para cumplir con su noble labor. Es cuestión de abogar por quienes no tienen voz, y se encuentran en total indefensión: nuestros niños.
Nota de cierre: la reforma tributaria que entrará a regir el año entrante, cuya finalidad es paliar los estragos de la pandemia, y reactivar la economía, vendrá con lo de siempre, es decir, se aprobará en bloque; favorecerá a ciertos sectores económicos en detrimento de los que perciben menos ingresos y, por último, no tendrá dientes contra la elusión fiscal. ¡Amanecerá y veremos! [email protected]
El 2020 se despidió con el esperanzador anuncio por parte de los laboratorios Pfizer, Moderna, Oxford-AstraZéneca, y la Sputnik V, de haber desarrollado la vacuna anticovid-19, todas ellas con más de un 90 % de efectividad. Colombia ya adquirió veinte millones de dosis, y los primeros en recibirla serán los mayores adultos, el personal sanitario, […]
El 2020 se despidió con el esperanzador anuncio por parte de los laboratorios Pfizer, Moderna, Oxford-AstraZéneca, y la Sputnik V, de haber desarrollado la vacuna anticovid-19, todas ellas con más de un 90 % de efectividad. Colombia ya adquirió veinte millones de dosis, y los primeros en recibirla serán los mayores adultos, el personal sanitario, las personas con comorbilidad, y la población económicamente activa.
No obstante, nada se escucha decir sobre las madres gestantes, los neonatos e infantes, salvo que la ministra de Educación está pensando en los niños para iniciar el ciclo de clases presenciales. Es nuestro propósito llamar la atención de las autoridades frente a la necesidad de tener en cuenta esta población, para lo cual me permito esgrimir las razones siguientes: I) Los niños son la población más expuesta a enfermedades desde el momento de su nacimiento, con ellos se empieza el ciclo de vacunación intensiva hasta los cinco años. En Colombia, las cifras de mortalidad de nuestros niños por causas asociadas a la desnutrición son escandalosas, como para sumarle el flagelo del covid-19. II) No es fácil convencer a un niño de las medidas de bioseguridad: distanciamiento, uso del tapabocas y lavado frecuentes de las manos. III) La Convención Internacional de los Derechos del Niño, aprobada por Colombia mediante la Ley 12 de 1991, en su artículo 24 expresa que los Estados partes reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel de la salud, y adoptarán las medidas apropiadas para reducir la mortalidad infantil.
IV) La Constitución Política de Colombia, artículo 44 expresa que los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás. No sobra decir que los niños gozan de una protección especial en nuestro ordenamiento constitucional, al punto de considerar sus derechos como fundamentales y prevalentes, esto quiere decir que su vulneración dará lugar a las acciones constitucionales.
Entonces, si la resolución administrativa que expida el señor ministro de salud Fernando Ruiz, en virtud de la cual se implementará el plan de vacunación contra el covid-19, llegara a excluir a los no natos, neonatos e infantes, muy probablemente será demandada por inconstitucional, y si son las EPS las que incurren en esta omisión, pues también serán objeto de acciones constitucionales en virtud de las cuales se solicitará al operador judicial, se proteja el derecho fundamental a la salud de esta población vulnerable.
Aclaro, no tengo nada en contra de las personas de la tercera edad, ni de las personas con comorbilidad, ni en contra de la población económicamente activa, y menos contra el personal sanitario, que, entre otras cosas, han honrado ejemplarmente el juramento hipocrático, asumiendo con altruismo, riesgos profesionales y familiares, para cumplir con su noble labor. Es cuestión de abogar por quienes no tienen voz, y se encuentran en total indefensión: nuestros niños.
Nota de cierre: la reforma tributaria que entrará a regir el año entrante, cuya finalidad es paliar los estragos de la pandemia, y reactivar la economía, vendrá con lo de siempre, es decir, se aprobará en bloque; favorecerá a ciertos sectores económicos en detrimento de los que perciben menos ingresos y, por último, no tendrá dientes contra la elusión fiscal. ¡Amanecerá y veremos! [email protected]