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Columnista - 13 mayo, 2019

¡Un caso insólito!

Por estos días me sorprendió la noticia, que da cuenta que el señor Gustavo Penagos Perdomo fue condenado por detrimento patrimonial derivado de la demolición de la plaza de mercado en Neiva, ordenada por él en el año de 1997, en su calidad de alcalde mayor de esa municipalidad. Y digo que me sorprendió la […]

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Por estos días me sorprendió la noticia, que da cuenta que el señor Gustavo Penagos Perdomo fue condenado por detrimento patrimonial derivado de la demolición de la plaza de mercado en Neiva, ordenada por él en el año de 1997, en su calidad de alcalde mayor de esa municipalidad. Y digo que me sorprendió la noticia porque el citado alcalde fue asesinado hace más de 21 años. Sí, leyó bien, hace más de dos décadas falleció, y ahora resulta que se le agotó un juicio, en virtud del cual fue hallado patrimonialmente responsable debiendo pagar una millonaria suma dineraria por los daños causados. Pero como el condenado murió hace más de 21 años, se pretende que la deuda sea pagada por sus herederos. A todas estas, el finado no dejó herederos, por lo que se decide emprender el cobro coactiva contra los “herederos indeterminados”.

Sirva este macondiano caso, que no es único en Colombia, para recordar que la ley estatutaria sobre la administración de justicia establece que ésta debe ser pronta, cumplida y eficaz en la solución de los asuntos que se sometan a su conocimiento (Ley 270 de 1996) ¿Qué significa una justicia pronta y cumplida? Es aquella que resuelve los asuntos sometidos a su jurisdicción dentro de un plazo razonable determinado por la complejidad técnica, la amplitud de la prueba por evacuar entre otros aspectos. El respeto a los plazos estipulados en el ordenamiento jurídico es una garantía para el ciudadano, pues de no suceder así se atenta contra el orden, seguridad y la paz social, Sentencia 1416-09,9164-10. Hermoso discurso que se quedó en letra muerta, pues la justicia en nuestro país ni es pronta ni es cumplida, pero además se encuentra congestionada. Los despachos judiciales están atiborrados de expedientes, que a falta de estantes yacen en el suelo durmiendo el sueño de los justos. La carga laboral de los despachos judiciales es excesiva, al punto que lo hacen inviable. Los recursos del Estado son insuficientes para atender las apremiantes necesidades del Poder Judicial, y para colmo los actos de corrupción de algunos de sus funcionarios, es el pan nuestro de cada día, y se da por desgracia desde el humilde juez hasta el “honorable” magistrado.

Urge pues una verdadera justicia, que cumpla con los cometidos de celeridad, ecuanimidad, garantía y eficacia, porque lo que tenemos en la actualidad es un sofisma de distracción.

Ahora bien, se hace necesario entender que no todo debe ser resuelto en los estrados judiciales, pues existen los llamados mecanismos alternativos para la solución de conflictos, luego la justicia debe ser la última instancia a la que se acuda, cuando el arreglo amigable y civilizado no ha sido posible, por lo que se requiere con urgencia de una justicia más consensuada y menos litigiosa ¿Será eso posible?

Por: Darío Arregocés / darioarregoces@hotmail. com

Columnista
13 mayo, 2019

¡Un caso insólito!

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Dario Arregoces

Por estos días me sorprendió la noticia, que da cuenta que el señor Gustavo Penagos Perdomo fue condenado por detrimento patrimonial derivado de la demolición de la plaza de mercado en Neiva, ordenada por él en el año de 1997, en su calidad de alcalde mayor de esa municipalidad. Y digo que me sorprendió la […]


Por estos días me sorprendió la noticia, que da cuenta que el señor Gustavo Penagos Perdomo fue condenado por detrimento patrimonial derivado de la demolición de la plaza de mercado en Neiva, ordenada por él en el año de 1997, en su calidad de alcalde mayor de esa municipalidad. Y digo que me sorprendió la noticia porque el citado alcalde fue asesinado hace más de 21 años. Sí, leyó bien, hace más de dos décadas falleció, y ahora resulta que se le agotó un juicio, en virtud del cual fue hallado patrimonialmente responsable debiendo pagar una millonaria suma dineraria por los daños causados. Pero como el condenado murió hace más de 21 años, se pretende que la deuda sea pagada por sus herederos. A todas estas, el finado no dejó herederos, por lo que se decide emprender el cobro coactiva contra los “herederos indeterminados”.

Sirva este macondiano caso, que no es único en Colombia, para recordar que la ley estatutaria sobre la administración de justicia establece que ésta debe ser pronta, cumplida y eficaz en la solución de los asuntos que se sometan a su conocimiento (Ley 270 de 1996) ¿Qué significa una justicia pronta y cumplida? Es aquella que resuelve los asuntos sometidos a su jurisdicción dentro de un plazo razonable determinado por la complejidad técnica, la amplitud de la prueba por evacuar entre otros aspectos. El respeto a los plazos estipulados en el ordenamiento jurídico es una garantía para el ciudadano, pues de no suceder así se atenta contra el orden, seguridad y la paz social, Sentencia 1416-09,9164-10. Hermoso discurso que se quedó en letra muerta, pues la justicia en nuestro país ni es pronta ni es cumplida, pero además se encuentra congestionada. Los despachos judiciales están atiborrados de expedientes, que a falta de estantes yacen en el suelo durmiendo el sueño de los justos. La carga laboral de los despachos judiciales es excesiva, al punto que lo hacen inviable. Los recursos del Estado son insuficientes para atender las apremiantes necesidades del Poder Judicial, y para colmo los actos de corrupción de algunos de sus funcionarios, es el pan nuestro de cada día, y se da por desgracia desde el humilde juez hasta el “honorable” magistrado.

Urge pues una verdadera justicia, que cumpla con los cometidos de celeridad, ecuanimidad, garantía y eficacia, porque lo que tenemos en la actualidad es un sofisma de distracción.

Ahora bien, se hace necesario entender que no todo debe ser resuelto en los estrados judiciales, pues existen los llamados mecanismos alternativos para la solución de conflictos, luego la justicia debe ser la última instancia a la que se acuda, cuando el arreglo amigable y civilizado no ha sido posible, por lo que se requiere con urgencia de una justicia más consensuada y menos litigiosa ¿Será eso posible?

Por: Darío Arregocés / darioarregoces@hotmail. com