Dando trámite a una acción de tutela instaurada por las comunidades indígenas de La Guajira, el Tribunal Superior de Riohacha, ordenó al presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, adoptar medidas urgentes para enfrentar la desnutrición infantil que se ha presentado desde hace varios meses en La Guajira y que ha cobrado la vida de niños.
Dando trámite a una acción de tutela instaurada por las comunidades indígenas de La Guajira, el Tribunal Superior de Riohacha, ordenó al presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, adoptar medidas urgentes para enfrentar la desnutrición infantil que se ha presentado desde hace varios meses en La Guajira y que ha cobrado la vida de niños.
En el fallo, el Tribunal le otorgó un plazo de 48 horas al presidente de la república, para que inicie un plan diseñado para garantizar la alimentación y la salud de los niños de las comunidades wayuu y aledañas a los municipios de Manaure, Uribia, Maicao y Riohacha, poblaciones que presentan graves problemas de desnutrición.
Esta decisión adoptada por el alto tribunal está encaminada a salvaguardar los derechos fundamentales de los menores que se encuentran en situación de vulnerabilidad debido a las fallas interadministrativas que se han presentado en la península y que ha cobrado muchas víctimas.
En el documento, se ordena iniciar o continuar, según sea el caso, un plan de acción cuya elaboración, designación de presupuesto, contratación y ejecución deberá adelantarse de manera articulada y coordinada con las diferentes entidades que tengan incidencia en la atención de la población wayuu.
En el fallo de tutela, el Tribunal también ordenó al Gobierno, que presente un informe mensual a la Procuraduría y a la Defensoría, indicando el cumplimiento de la misma, con el objetivo de garantizar los derechos fundamentales de los niños de la Alta Guajira.
“El incumplimiento de los roles y tareas señalados por la Presidencia de la República a las entidades accionadas dentro del Plan a que se ha hecho referencia, se considerará como desacato al amparo de tutela que se concede mediante la presente sentencia“, advierte la decisión judicial.
Dando trámite a una acción de tutela instaurada por las comunidades indígenas de La Guajira, el Tribunal Superior de Riohacha, ordenó al presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, adoptar medidas urgentes para enfrentar la desnutrición infantil que se ha presentado desde hace varios meses en La Guajira y que ha cobrado la vida de niños.
Dando trámite a una acción de tutela instaurada por las comunidades indígenas de La Guajira, el Tribunal Superior de Riohacha, ordenó al presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, adoptar medidas urgentes para enfrentar la desnutrición infantil que se ha presentado desde hace varios meses en La Guajira y que ha cobrado la vida de niños.
En el fallo, el Tribunal le otorgó un plazo de 48 horas al presidente de la república, para que inicie un plan diseñado para garantizar la alimentación y la salud de los niños de las comunidades wayuu y aledañas a los municipios de Manaure, Uribia, Maicao y Riohacha, poblaciones que presentan graves problemas de desnutrición.
Esta decisión adoptada por el alto tribunal está encaminada a salvaguardar los derechos fundamentales de los menores que se encuentran en situación de vulnerabilidad debido a las fallas interadministrativas que se han presentado en la península y que ha cobrado muchas víctimas.
En el documento, se ordena iniciar o continuar, según sea el caso, un plan de acción cuya elaboración, designación de presupuesto, contratación y ejecución deberá adelantarse de manera articulada y coordinada con las diferentes entidades que tengan incidencia en la atención de la población wayuu.
En el fallo de tutela, el Tribunal también ordenó al Gobierno, que presente un informe mensual a la Procuraduría y a la Defensoría, indicando el cumplimiento de la misma, con el objetivo de garantizar los derechos fundamentales de los niños de la Alta Guajira.
“El incumplimiento de los roles y tareas señalados por la Presidencia de la República a las entidades accionadas dentro del Plan a que se ha hecho referencia, se considerará como desacato al amparo de tutela que se concede mediante la presente sentencia“, advierte la decisión judicial.