El Fiscal 103 Delegado ante el Tribunal Superior de Bogotá había revocado la declaratoria de lesa humanidad y cerró el caso en favor de Cielo Gnecco Cerchiaro argumentando que la acción penal en su contra ya estaba prescrita.
El Tribunal Superior de Bogotá ordenó al Fiscal 103 Delegado ante el Tribunal Superior de Bogotá que, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de dicha sentencia, emitiera una nueva decisión en la que “circunscriba su pronunciamiento a la revocatoria de la medida de aseguramiento impuesta a Cielo María Gnecco Cerchiaro, único tema cuestionado por la parte recurrente”.
El Fiscal 103 Delegado ante el Tribunal Superior de Bogotá había revocado la declaratoria de lesa humanidad y cerró el caso en favor de Cielo Gnecco Cerchiaro argumentando que la acción penal en su contra ya estaba prescrita.
El Tribunal emitió esta sentencia a raíz de una tutela del Ministerio Público en cabeza de la Procuraduría General. “La resolución cuestionada contiene todas las características de arbitraria y caprichosa, motivo que hace procedente la acción de tutela”, señaló el Tribunal.
“Tal y como lo postuló la demandante, el Fiscal 103 Delegado ante el Tribunal de Bogotá no tenía ningún sustento probatorio para sostener que no se configuraban los elementos integradores de la lesa humanidad, pues para ello solo se basó en lo señalado por Julio Manuel Argumedo en la denuncia, lo que a todas luces resulta precario”, señaló.
El Fiscal 103 Delegado ante el Tribunal Superior de Bogotá había revocado la declaratoria de lesa humanidad y cerró el caso en favor de Cielo Gnecco Cerchiaro argumentando que la acción penal en su contra ya estaba prescrita.
El Tribunal Superior de Bogotá ordenó al Fiscal 103 Delegado ante el Tribunal Superior de Bogotá que, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de dicha sentencia, emitiera una nueva decisión en la que “circunscriba su pronunciamiento a la revocatoria de la medida de aseguramiento impuesta a Cielo María Gnecco Cerchiaro, único tema cuestionado por la parte recurrente”.
El Fiscal 103 Delegado ante el Tribunal Superior de Bogotá había revocado la declaratoria de lesa humanidad y cerró el caso en favor de Cielo Gnecco Cerchiaro argumentando que la acción penal en su contra ya estaba prescrita.
El Tribunal emitió esta sentencia a raíz de una tutela del Ministerio Público en cabeza de la Procuraduría General. “La resolución cuestionada contiene todas las características de arbitraria y caprichosa, motivo que hace procedente la acción de tutela”, señaló el Tribunal.
“Tal y como lo postuló la demandante, el Fiscal 103 Delegado ante el Tribunal de Bogotá no tenía ningún sustento probatorio para sostener que no se configuraban los elementos integradores de la lesa humanidad, pues para ello solo se basó en lo señalado por Julio Manuel Argumedo en la denuncia, lo que a todas luces resulta precario”, señaló.