El Consejo Nacional Electoral (CNE) dio por terminada la actuación administrativa que se adelantaba contra Katia Ospino Acevedo por una presunta infracción al régimen de propaganda electoral durante la campaña a la Gobernación del Cesar en el 2023.
En un comunicado divulgado, su equipo aseguró que la decisión concluyó que “no existió conducta sancionable” y que no hubo mérito para continuar el trámite.
El caso venía de la contienda regional de 2023. El CNE abrió investigación formal y formuló cargos contra la entonces excandidata a la Gobernación del Cesar por una posible publicidad anticipada, a partir de una denuncia radicada en julio de 2023.
La queja señalaba mensajes en redes sociales y la instalación de una valla en Valledupar antes del inicio legal de la propaganda; como soporte se anexaron capturas de Facebook y una fotografía del aviso.
En esa publicación, el expediente también planteaba que la autoridad electoral debía valorar si el uso del nombre y eslogan “El Pueblo Manda”, en el tránsito entre la recolección de firmas y la posterior inscripción con coalición, pudo generar reconocimiento anticipado y una eventual ventaja frente a otros competidores.
Contexto: CNE abrió investigación contra Katia Ospino por presunta campaña anticipada en 2023
Ospino, en diálogo con EL PILÓN, calificó entonces el proceso como una “instrumentalización” de un asunto jurídico y sostuvo que se trataba de un episodio de tinte político.
Ahora, en el comunicado de cierre, su defensa argumenta que la investigación se originó en una campaña atribuida a terceros y que, tras el análisis probatorio, el CNE no encontró “evidencia técnica” que conectara a Ospino con los hechos investigados. El texto añade que la actuación política de la dirigente se mantuvo dentro de las reglas.
El apoderado judicial, Óscar González Arana, celebró el archivo y afirmó que se trató de una demanda “sin fundamento”. El mismo documento señala que Ospino continúa su aspiración al Senado de la República en el puesto 8 en la lista del Frente Amplio Unitario.











