Quedó atrás la época en la que el uso de chats y redes sociales estaba restringido en el entorno laboral. Actualmente, las plataformas de comunicación en la web se volvieron indispensables para casi cualquier trabajo, y eso incluye WhatsApp.
Esta semana, un fallo de la Corte Constitucional determinó básicamente que el derecho a la intimidad en grupos de trabajo en WhatsApp tiene límites. La información que pongas a circular en grupos de trabajo podría ser usado en tu contra.
Sin protección a la intimidad
La información difundida en grupos de WhatsApp no siempre estará protegida por el derecho a la intimidad. De acuerdo con la Corte Constitucional, este derecho se puede reducir o ampliar dependiendo de dos factores: el vínculo entre los integrantes del grupo y por su puesto, la finalidad del grupo.











