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Judicial - 24 enero, 2019

Taxista aceptó haber abusado a colegialas en Valledupar

A Fermín Quintero la Policía de Infancia y Adolescencia lo capturó en marzo de 2018 en un operativo en la calle 44 cuando trabajaba como taxista.

Fermín Quintero Delgado cuando fue detenido por las autoridades.
Fermín Quintero Delgado cuando fue detenido por las autoridades.

Aunque la Fiscalía le imputó a Quintero los delitos de acto sexual abusivo con menor de 14 años y acceso carnal abusivo con menor de 14 años, el implicado por ahora solo será condenado por el primer delito.

El Juzgado Segundo Penal del Circuito con función de Conocimiento condenará a prisión el próximo 27 de marzo al taxista Fermín Quintero Delgado, por abusar sexualmente de dos menores de edad a mediados de marzo del año 2018 en la capital del Cesar.

La lectura de la sentencia se dará por anticipado luego que Quintero aceptara en la última diligencia su responsabilidad por el delito de acto sexual abusivo con menor de 14 años de edad agravado, cometido contra los infantes a las que les realizaba recorrido escolar.

El togado consideró en la audiencia de verificación de allanamiento que también existían suficientes materiales probatorios para demostrar la culpabilidad Quintero en los hechos denunciados por los padres de los menores de edad.

“Con esos medios de conocimiento aparece demostrada la materialidad de la conducta punible que ha aceptado el acusado, que no es otra que la prevista en el artículo… definida como acto sexual abusivo con menor de 14 años agravada…en tanto que el actor de la conducta tenía una posición especial que obligaba o impulsaba a la víctima a depositar en él su confianza”, expresó el juez segundo de conocimiento.

Ante esto la Fiscalía 13 seccional solicitó al despacho judicial que la condena a imponer sea ejemplarizante y de acuerdo al Código de Procedimiento Penal, el cual indica que para este tipo de delitos contra los menores de edad no existen rebajas de penas aun cuando el incriminado acepte los cargos.

Aunque en la próxima fecha Quintero será condenado por el delito anteriormente mencionado, tendrá que continuar compareciendo ante los estrados judiciales de la ciudad para que responda por acceso carnal abusivo con menor de 14 años en concurso homogéneo sucesivo, que la Fiscalía también le imputó y el cual Quintero no ha aceptado.

Ante esto, el juez consideró necesario la ruptura del proceso, procediendo a la impulsa de copias al centro de servicio judicial para que una vez el implicado sea condenado por el delito de acto sexual abusivo continúe la debida diligencia por el otro delito con otro juez de conocimiento, ya que se declaró impedido para seguir llevando el mismo pleito.

Agregó que una vez Quintero aceptó su responsabilidad por uno de los delitos ya su detención carcelaria no se debe a una medida de aseguramiento sino al sentido de fallo condenatorio.

“Como consecuencia de ello el acusado queda a disposición de este despacho de conocimiento en un establecimiento carcelario de Valledupar, ya no en virtud de la detención preventiva que le había sido impuesta por un juez de control de garantías sino en virtud del sentido de fallo que aquí se emite como autor del referido delito”, puntualizó el juez.

Por Marllelys Salinas M. / EL PILÓN
[email protected]

Judicial
24 enero, 2019

Taxista aceptó haber abusado a colegialas en Valledupar

A Fermín Quintero la Policía de Infancia y Adolescencia lo capturó en marzo de 2018 en un operativo en la calle 44 cuando trabajaba como taxista.


Fermín Quintero Delgado cuando fue detenido por las autoridades.
Fermín Quintero Delgado cuando fue detenido por las autoridades.

Aunque la Fiscalía le imputó a Quintero los delitos de acto sexual abusivo con menor de 14 años y acceso carnal abusivo con menor de 14 años, el implicado por ahora solo será condenado por el primer delito.

El Juzgado Segundo Penal del Circuito con función de Conocimiento condenará a prisión el próximo 27 de marzo al taxista Fermín Quintero Delgado, por abusar sexualmente de dos menores de edad a mediados de marzo del año 2018 en la capital del Cesar.

La lectura de la sentencia se dará por anticipado luego que Quintero aceptara en la última diligencia su responsabilidad por el delito de acto sexual abusivo con menor de 14 años de edad agravado, cometido contra los infantes a las que les realizaba recorrido escolar.

El togado consideró en la audiencia de verificación de allanamiento que también existían suficientes materiales probatorios para demostrar la culpabilidad Quintero en los hechos denunciados por los padres de los menores de edad.

“Con esos medios de conocimiento aparece demostrada la materialidad de la conducta punible que ha aceptado el acusado, que no es otra que la prevista en el artículo… definida como acto sexual abusivo con menor de 14 años agravada…en tanto que el actor de la conducta tenía una posición especial que obligaba o impulsaba a la víctima a depositar en él su confianza”, expresó el juez segundo de conocimiento.

Ante esto la Fiscalía 13 seccional solicitó al despacho judicial que la condena a imponer sea ejemplarizante y de acuerdo al Código de Procedimiento Penal, el cual indica que para este tipo de delitos contra los menores de edad no existen rebajas de penas aun cuando el incriminado acepte los cargos.

Aunque en la próxima fecha Quintero será condenado por el delito anteriormente mencionado, tendrá que continuar compareciendo ante los estrados judiciales de la ciudad para que responda por acceso carnal abusivo con menor de 14 años en concurso homogéneo sucesivo, que la Fiscalía también le imputó y el cual Quintero no ha aceptado.

Ante esto, el juez consideró necesario la ruptura del proceso, procediendo a la impulsa de copias al centro de servicio judicial para que una vez el implicado sea condenado por el delito de acto sexual abusivo continúe la debida diligencia por el otro delito con otro juez de conocimiento, ya que se declaró impedido para seguir llevando el mismo pleito.

Agregó que una vez Quintero aceptó su responsabilidad por uno de los delitos ya su detención carcelaria no se debe a una medida de aseguramiento sino al sentido de fallo condenatorio.

“Como consecuencia de ello el acusado queda a disposición de este despacho de conocimiento en un establecimiento carcelario de Valledupar, ya no en virtud de la detención preventiva que le había sido impuesta por un juez de control de garantías sino en virtud del sentido de fallo que aquí se emite como autor del referido delito”, puntualizó el juez.

Por Marllelys Salinas M. / EL PILÓN
[email protected]