Aunque la condena quedó ejecutoriada (la Corte informó que no proceden recursos contra esta determinación), el paso siguiente es administrativo y operativo: definir el establecimiento de reclusión donde el condenado cumplirá la pena intramural.
En el fallo de segunda instancia, la Corte mantuvo la pena de 103 meses de prisión, multa de 262 salarios mínimos e inhabilitación por 108 meses y 20 días, además del beneficio de prisión domiciliaria.