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Judiciales - 3 marzo, 2024

Suspenden permisos para porte de armas de fuego en el Cesar y La Guajira

Este 2024 no habrá permisos especiales para el porte de armas.

Regulación de armas. Foto: Internet.
Regulación de armas. Foto: Internet.
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Con el fin de preservar las condiciones de seguridad y la efectividad de los derechos y deberes de los ciudadanos en los departamentos del Cesar y La Guajira, el Ejército Nacional emitió una resolución que suspende los permisos para el porte de arma de fuego y armas traumáticas hasta el 31 de diciembre del 2024.

Frente a esta medida serán excluidos el personal activo y en retiro de la fuerza pública y profesiones oficiales, congresistas, secretarios generales del Senado de la República, Cámara de Representantes, magistrados, jueces, fiscales, procuradores, contralores, gobernadores, alcaldes, deportistas, personal de las comisiones de servicios extranjeros, Inpec, la unidad de protección del Ministerio del Interior y vigilantes, siempre y cuando cuenten con sus permisos.

De ser incumplido este decreto las autoridades actuarán con libertad para incautar las armas y sancionar a aquellas personas que no hagan parte de las excepciones contempladas en la medida de restricción.

Esta medida fue emitida según lo establecido por el Gobierno nacional mediante el decreto 2267 del 29 de diciembre de 2023 y la Directiva Transitoria 0005 del 22 de febrero del 2024 emitida por el Ministerio de Defensa Nacional.

Judiciales
3 marzo, 2024

Suspenden permisos para porte de armas de fuego en el Cesar y La Guajira

Este 2024 no habrá permisos especiales para el porte de armas.


Regulación de armas. Foto: Internet.
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Con el fin de preservar las condiciones de seguridad y la efectividad de los derechos y deberes de los ciudadanos en los departamentos del Cesar y La Guajira, el Ejército Nacional emitió una resolución que suspende los permisos para el porte de arma de fuego y armas traumáticas hasta el 31 de diciembre del 2024.

Frente a esta medida serán excluidos el personal activo y en retiro de la fuerza pública y profesiones oficiales, congresistas, secretarios generales del Senado de la República, Cámara de Representantes, magistrados, jueces, fiscales, procuradores, contralores, gobernadores, alcaldes, deportistas, personal de las comisiones de servicios extranjeros, Inpec, la unidad de protección del Ministerio del Interior y vigilantes, siempre y cuando cuenten con sus permisos.

De ser incumplido este decreto las autoridades actuarán con libertad para incautar las armas y sancionar a aquellas personas que no hagan parte de las excepciones contempladas en la medida de restricción.

Esta medida fue emitida según lo establecido por el Gobierno nacional mediante el decreto 2267 del 29 de diciembre de 2023 y la Directiva Transitoria 0005 del 22 de febrero del 2024 emitida por el Ministerio de Defensa Nacional.