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La medida fue rechazada por las víctimas quienes exigen justicia en este caso.
La tarde de este martes 21 de enero se cumplió la audiencia de apelación contra la medida impuesta a Nilson José Solano Brochero, señalado del delito de homicidio agravado con dolo eventual.
En el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Función de Conocimiento se cumplió la diligencia donde el despacho judicial ordenó revocar la medida privativa de la libertad en centro carcelario y, por el contrario, concederle al procesado detención en su lugar de domicilio.
“Por lo anterior expuesto el Juzgado Segundo Penal del Circuito de San Juan de Cesar, La Guajira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley resuelve revocar la decisión adoptada por el Juzgado Promiscuo Municipal con Función de Control de Garantías de Barrancas La Guajira el pasado 22 de octubre de 2024 mediante la cual impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento de reclusión al señor Nilson José Solano Brochero”, indicó la jueza.
En consecuencia, el tribunal determinó que Solano Brochero deberá cumplir con una medida de aseguramiento privativa de la libertad en su domicilio, de conformidad con el artículo 307, literal A numeral 2 del Código de Procedimiento Penal. El lugar de cumplimiento deberá ser indicado por el procesado y su defensa para formalizar su traslado al Instituto Penitenciario y Carcelario tras el acta de compromiso correspondiente.
Esta medida fue rechazada por el abogado de las víctimas Juan Pablo Molina quien manifestó que las partes no se sienten conformes y exigen justicia.
Cabe mencionar que el sujeto fue imputado por los hechos registrados el domingo 13 de octubre de 2024 en la calle 19 con carrera 6A del barrio Lleras, en Barrancas, La Guajira, donde se encontraba departiendo junto a su primo, Ricardo Rodríguez Brochero, un reconocido médico ginecólogo.
En medio de una diferencia, el hombre sacó un arma de fuego y le disparó a su familiar, ocasionándole la muerte minutos después.
La medida fue rechazada por las víctimas quienes exigen justicia en este caso.
La tarde de este martes 21 de enero se cumplió la audiencia de apelación contra la medida impuesta a Nilson José Solano Brochero, señalado del delito de homicidio agravado con dolo eventual.
En el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Función de Conocimiento se cumplió la diligencia donde el despacho judicial ordenó revocar la medida privativa de la libertad en centro carcelario y, por el contrario, concederle al procesado detención en su lugar de domicilio.
“Por lo anterior expuesto el Juzgado Segundo Penal del Circuito de San Juan de Cesar, La Guajira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley resuelve revocar la decisión adoptada por el Juzgado Promiscuo Municipal con Función de Control de Garantías de Barrancas La Guajira el pasado 22 de octubre de 2024 mediante la cual impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en establecimiento de reclusión al señor Nilson José Solano Brochero”, indicó la jueza.
En consecuencia, el tribunal determinó que Solano Brochero deberá cumplir con una medida de aseguramiento privativa de la libertad en su domicilio, de conformidad con el artículo 307, literal A numeral 2 del Código de Procedimiento Penal. El lugar de cumplimiento deberá ser indicado por el procesado y su defensa para formalizar su traslado al Instituto Penitenciario y Carcelario tras el acta de compromiso correspondiente.
Esta medida fue rechazada por el abogado de las víctimas Juan Pablo Molina quien manifestó que las partes no se sienten conformes y exigen justicia.
Cabe mencionar que el sujeto fue imputado por los hechos registrados el domingo 13 de octubre de 2024 en la calle 19 con carrera 6A del barrio Lleras, en Barrancas, La Guajira, donde se encontraba departiendo junto a su primo, Ricardo Rodríguez Brochero, un reconocido médico ginecólogo.
En medio de una diferencia, el hombre sacó un arma de fuego y le disparó a su familiar, ocasionándole la muerte minutos después.