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Columnista - 14 agosto, 2023

Recurso de súplica

La Rama jurisdiccional será la última talanquera que salvaguarde el Estado de derecho y la independencia de los poderes públicos. Así pensamos algunos y así también lo sienten y expresan los magistrados de las altas cortes.

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La Rama jurisdiccional será la última talanquera que salvaguarde el Estado de derecho y la independencia de los poderes públicos. Así pensamos algunos y así también lo sienten y expresan los magistrados de las altas cortes.


El Consejo de Estado ha dado reciente y oportunamente muestras de ello con la suspensión del decreto en materia de regulación de los servicios públicos. Y el freno a las megapensiones, para citar solo algunos asuntos relevantes.


Pero a quien corresponde la última y definitiva guarda de la Constitución, las leyes y la institucionalidad es a la Corte Constitucional. Su tradicional seriedad y ponderación le han valido, desde su creación, el mayor prestigio y respeto de la ciudadanía. Pero creo que todos coincidimos en que tan importante es el contenido de los fallos como su oportunidad. Por eso no puedo dejar de recordar que se encuentran pendientes de decisión al menos cuatro temas claves con efectos sobre la paz, la seguridad y la economía, que ameritan ser priorizados.


Cursan 5 demandas ya admitidas de las 8 presentadas contra la ley de la Paz Total. Sobre la primera demanda, la Corte resolvió declararse inhibida para tomar una decisión de fondo, con el argumento de que no reunía los requisitos legales, en donde, a propósito, pienso que sería grave que la acción pública de inconstitucionalidad se convierta en una especie de casación, llena de procedimientos y requisitos de admisibilidad. Continuamos a la espera de las demás decisiones frente a las restantes demandas.
Entretanto, creo yo, se han estado violando principios como el deber del Estado de investigar y juzgar las graves violaciones del Derecho Internacional Humanitario y el derecho a la administración de justicia. Hoy sigue vigente, por ejemplo, la norma de carácter vinculante que permite acuerdos parciales con organizaciones criminales a ser aplicados sin ir al Congreso. Ante la falta de decisiones de la Corte, han entrado en vigencia asuntos en extremo delicados y en ocasiones ajenos al conflicto.


En el ámbito económico, más de 56 demandas se han presentado –37 admitidas– contra la reforma tributaria sancionada el año pasado. En mi criterio, tienen mucha razón los demandantes cuando alegan la violación del principio de unidad de materia, del derecho a la igualdad y de los principios de legalidad, certeza y seguridad jurídica. También en este tema urge pronto pronunciamiento de la Corte, máxime cuando sus efectos ya se están produciendo: en abril se cobró la primera cuota del antitécnico y confiscatorio impuesto de patrimonio, y en septiembre se aplicará la segunda. De resaltar que, al contrario de lo ocurrido en leyes anteriores y también a la jurisprudencia de la propia Corte, ahora este tributo será permanente, al igual que muchos impuestos demandados que ya entraron en vigencia.


Ocurre igual con las 25 demandas presentadas –9 admitidas– contra el Plan Nacional de Desarrollo ‘Colombia potencia mundial de la vida’, tanto por vicios de trámite como de fondo. Creo que aciertan los demandantes cuando alegan la falta de unidad de materia (la tradicional colcha de retazos), la inclusión de disposiciones en el último minuto sin haber sido discutidas y votadas en los 4 debates reglamentarios, la falta de publicidad y la consecutividad en su trámite.


Y ya se están expidiendo los decretos reglamentarios de la polémica y a mi modo de ver inconstitucional emergencia económica para atender la para nada imprevisible situación de La Guajira. Todos los decretos entrarán a aplicarse. El fallo, cuando salga, puede ser extemporáneo frente a hechos ya creados.
Celebré enormemente cuando la Corte anunció que hacia el futuro podría tomar medidas cautelares suspendiendo la entrada en vigencia de normas abiertamente inconstitucionales. Muy útil y eficaz instrumento que ojalá se estrenara pronto.


El país conoce el cúmulo de tutelas, en su gran mayoría relacionadas con la salud, la atención a los migrantes, el hacinamiento carcelario, etc., que congestionan el trabajo de la Corte. Son todas importantes, pero es crucial que se prioricen las decisiones con impacto sobre nuestra institucionalidad y el conjunto de la sociedad en semejantes asuntos de tanto interés nacional.

Por Germán Vargas Lleras

Columnista
14 agosto, 2023

Recurso de súplica

Feel the sand on your feet, not your wardrobe weight.
Colaboraciones EL PILON

La Rama jurisdiccional será la última talanquera que salvaguarde el Estado de derecho y la independencia de los poderes públicos. Así pensamos algunos y así también lo sienten y expresan los magistrados de las altas cortes.


La Rama jurisdiccional será la última talanquera que salvaguarde el Estado de derecho y la independencia de los poderes públicos. Así pensamos algunos y así también lo sienten y expresan los magistrados de las altas cortes.


El Consejo de Estado ha dado reciente y oportunamente muestras de ello con la suspensión del decreto en materia de regulación de los servicios públicos. Y el freno a las megapensiones, para citar solo algunos asuntos relevantes.


Pero a quien corresponde la última y definitiva guarda de la Constitución, las leyes y la institucionalidad es a la Corte Constitucional. Su tradicional seriedad y ponderación le han valido, desde su creación, el mayor prestigio y respeto de la ciudadanía. Pero creo que todos coincidimos en que tan importante es el contenido de los fallos como su oportunidad. Por eso no puedo dejar de recordar que se encuentran pendientes de decisión al menos cuatro temas claves con efectos sobre la paz, la seguridad y la economía, que ameritan ser priorizados.


Cursan 5 demandas ya admitidas de las 8 presentadas contra la ley de la Paz Total. Sobre la primera demanda, la Corte resolvió declararse inhibida para tomar una decisión de fondo, con el argumento de que no reunía los requisitos legales, en donde, a propósito, pienso que sería grave que la acción pública de inconstitucionalidad se convierta en una especie de casación, llena de procedimientos y requisitos de admisibilidad. Continuamos a la espera de las demás decisiones frente a las restantes demandas.
Entretanto, creo yo, se han estado violando principios como el deber del Estado de investigar y juzgar las graves violaciones del Derecho Internacional Humanitario y el derecho a la administración de justicia. Hoy sigue vigente, por ejemplo, la norma de carácter vinculante que permite acuerdos parciales con organizaciones criminales a ser aplicados sin ir al Congreso. Ante la falta de decisiones de la Corte, han entrado en vigencia asuntos en extremo delicados y en ocasiones ajenos al conflicto.


En el ámbito económico, más de 56 demandas se han presentado –37 admitidas– contra la reforma tributaria sancionada el año pasado. En mi criterio, tienen mucha razón los demandantes cuando alegan la violación del principio de unidad de materia, del derecho a la igualdad y de los principios de legalidad, certeza y seguridad jurídica. También en este tema urge pronto pronunciamiento de la Corte, máxime cuando sus efectos ya se están produciendo: en abril se cobró la primera cuota del antitécnico y confiscatorio impuesto de patrimonio, y en septiembre se aplicará la segunda. De resaltar que, al contrario de lo ocurrido en leyes anteriores y también a la jurisprudencia de la propia Corte, ahora este tributo será permanente, al igual que muchos impuestos demandados que ya entraron en vigencia.


Ocurre igual con las 25 demandas presentadas –9 admitidas– contra el Plan Nacional de Desarrollo ‘Colombia potencia mundial de la vida’, tanto por vicios de trámite como de fondo. Creo que aciertan los demandantes cuando alegan la falta de unidad de materia (la tradicional colcha de retazos), la inclusión de disposiciones en el último minuto sin haber sido discutidas y votadas en los 4 debates reglamentarios, la falta de publicidad y la consecutividad en su trámite.


Y ya se están expidiendo los decretos reglamentarios de la polémica y a mi modo de ver inconstitucional emergencia económica para atender la para nada imprevisible situación de La Guajira. Todos los decretos entrarán a aplicarse. El fallo, cuando salga, puede ser extemporáneo frente a hechos ya creados.
Celebré enormemente cuando la Corte anunció que hacia el futuro podría tomar medidas cautelares suspendiendo la entrada en vigencia de normas abiertamente inconstitucionales. Muy útil y eficaz instrumento que ojalá se estrenara pronto.


El país conoce el cúmulo de tutelas, en su gran mayoría relacionadas con la salud, la atención a los migrantes, el hacinamiento carcelario, etc., que congestionan el trabajo de la Corte. Son todas importantes, pero es crucial que se prioricen las decisiones con impacto sobre nuestra institucionalidad y el conjunto de la sociedad en semejantes asuntos de tanto interés nacional.

Por Germán Vargas Lleras