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General - 19 febrero, 2019

¿Puede la Policía multar a los vendedores ambulantes de Valledupar?

A pesar de que varios vendedores aseguran tener temor de ser multados por la ocupación del espacio público, según juristas consultados, varias sentencias protegen el derecho al trabajo.

En algunos vendedores ambulantes hay temor, sin embargo juristas aseguran que la Corte Constitucional los protege, invocando el derecho al trabajo.

Foto: Joaquín Ramírez.
En algunos vendedores ambulantes hay temor, sin embargo juristas aseguran que la Corte Constitucional los protege, invocando el derecho al trabajo. Foto: Joaquín Ramírez.
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En Valledupar la economía informal genera más empleo que la formalidad; según cifras del Dane el 59,9 % de los ocupados son informales. Por eso, es en los andenes y parques de la ciudad donde más de la mitad de los trabajadores obtienen sus ingresos.

Desde la aprobación de la Ley 1801 de 2016 (Código de Policía) se extremó la regulación del espacio público, especialmente lo relacionado con la ocupación de los vendedores ambulantes. Pero la polémica se revivió en los últimos días por las sanciones de las autoridades a varios compradores de vendedores estacionarios, bajo la premisa que “promovían la ocupación del espacio público”.

En el artículo 140 del Código de Policía se establecen los comportamientos contrarios al cuidado e integridad del espacio público. El numeral 4 de este artículo reseña que va en contra de la integridad del espacio público “ocuparlo en violación de las normas vigentes”, y el numeral 6 señala que es meritorio de sanción el “promover o facilitar el uso u ocupación del espacio público en violación de las normas y jurisprudencia constitucional vigente”.

El numeral cuatro se refiere al vendedor, y el sexto al que compre o comercie con un vendedor estacionario. Pero, ¿es legal que sancionen a un vendedor ambulante por ocupar el espacio público? ¿O a una persona por comprarle?

Según el Código de Policía, el subsuelo, las áreas requeridas para la circulación peatonal, en bicicleta y vehicular, la recreación pública, activa o pasiva, hacen parte del espacio público. Pero caminar por los andenes de Valledupar significa encontrarse con cientos de vendedores públicos que ubican sus carpas o mesas para ofrecer sus productos.

Entonces, la interpretación de los policías es que la persona que compre a un vendedor ambulante está incurriendo en lo que el numeral 6 considera “promoción de la ocupación del espacio público”, por lo que podrían imponer una orden de comparendo tipo 4 que son 32 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), unos $883.328. Mientras que para el vendedor la multa sería de $110.416.

“La Policía no puede desalojar a ningún vendedor ambulante porque hay una sentencia de la Corte Constitucional que a través de una tutela les garantizó los derechos a los vendedores ambulantes diciendo que no pueden ser desalojados si no hay una reubicación”, explicó el abogado Elkin Benavides.

Es la Sentencia T-067/17 la Corte Constitucional revocó los fallos proferidos, en primera instancia, por un Juzgado de Bogotá en el 2016 y en su lugar concedió el amparo a los derechos al trabajo y al mínimo vital a Blanca Cristina Amaguaña, vendedora ambulante que había sido desalojada de su lugar de trabajo.

LA INAPLICABILIDAD DE ESTA NORMA EN VALLEDUPAR

Una autoridad en esta materia es la Cámara de Comercio de Valledupar. En el 2016 realizó la última encuesta de caracterización de este grupo de trabajadores. Según la encuesta, el 64 % de los vendedores registrados manifestó que se dedica a esta actividad debido a la falta de oportunidades.

Es el caso de Andrés Aroca, que lleva 19 años en el centro vendiendo fritos. Con eso paga la universidad de su hija. “Ganas de joderlo a uno, porque lo que deben hacer es revisar los productos, verificar que todo está bien, cosas de salubridad, y no andar multando”, indicó Aroca.

En la ciudad existen varias corporaciones que agrupan a los vendedores ambulantes y estacionarios, pero la mayoría no se encuentra registrada. De los encuestados en el 2016 por la Cámara de Comercio, solo el 16 % tiene permiso para ejercer esta actividad comercial.

Esto, más la cifra del Dane (59,9 % de informalidad), hace imposible la aplicación de esta ley en Valledupar, según el abogado Elkin Benavides. “Eso se llama inaplicabilidad, cuando una norma va en contra de los Constitucional, principalmente porque en la ciudad no hay un lugar donde reubicarlos”, señaló el jurista.

“LA REUBICACIÓN SE CONVIRTIÓ EN ELEFANTE BLANCO”

Si la Policía toma la decisión de desalojar del espacio público a los vendedores ambulantes y estacionarios de Valledupar no hay lugar hacia dónde trasladarlos. El nuevo mercado público de Valledupar se convirtió en un “elefante blanco”, según los vendedores de la Galería de Valledupar. “En la edificación donde supuestamente nos iban a trasladar no hay nada, se quedaron en promesa; mientras nosotros acá esperando que nos reubiquen o venga la Policía a sacarnos de acá”, aseveró Carlos Castro, quien es comerciante en las calles desde hace 22 años.

El terreno donde se empezó la construcción del nuevo mercado está entre la basura y el abandono.

DEIVIS CARO DAZA / EL PILÓN
[email protected]

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19 febrero, 2019

¿Puede la Policía multar a los vendedores ambulantes de Valledupar?

A pesar de que varios vendedores aseguran tener temor de ser multados por la ocupación del espacio público, según juristas consultados, varias sentencias protegen el derecho al trabajo.


En algunos vendedores ambulantes hay temor, sin embargo juristas aseguran que la Corte Constitucional los protege, invocando el derecho al trabajo.

Foto: Joaquín Ramírez.
En algunos vendedores ambulantes hay temor, sin embargo juristas aseguran que la Corte Constitucional los protege, invocando el derecho al trabajo. Foto: Joaquín Ramírez.
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En Valledupar la economía informal genera más empleo que la formalidad; según cifras del Dane el 59,9 % de los ocupados son informales. Por eso, es en los andenes y parques de la ciudad donde más de la mitad de los trabajadores obtienen sus ingresos.

Desde la aprobación de la Ley 1801 de 2016 (Código de Policía) se extremó la regulación del espacio público, especialmente lo relacionado con la ocupación de los vendedores ambulantes. Pero la polémica se revivió en los últimos días por las sanciones de las autoridades a varios compradores de vendedores estacionarios, bajo la premisa que “promovían la ocupación del espacio público”.

En el artículo 140 del Código de Policía se establecen los comportamientos contrarios al cuidado e integridad del espacio público. El numeral 4 de este artículo reseña que va en contra de la integridad del espacio público “ocuparlo en violación de las normas vigentes”, y el numeral 6 señala que es meritorio de sanción el “promover o facilitar el uso u ocupación del espacio público en violación de las normas y jurisprudencia constitucional vigente”.

El numeral cuatro se refiere al vendedor, y el sexto al que compre o comercie con un vendedor estacionario. Pero, ¿es legal que sancionen a un vendedor ambulante por ocupar el espacio público? ¿O a una persona por comprarle?

Según el Código de Policía, el subsuelo, las áreas requeridas para la circulación peatonal, en bicicleta y vehicular, la recreación pública, activa o pasiva, hacen parte del espacio público. Pero caminar por los andenes de Valledupar significa encontrarse con cientos de vendedores públicos que ubican sus carpas o mesas para ofrecer sus productos.

Entonces, la interpretación de los policías es que la persona que compre a un vendedor ambulante está incurriendo en lo que el numeral 6 considera “promoción de la ocupación del espacio público”, por lo que podrían imponer una orden de comparendo tipo 4 que son 32 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), unos $883.328. Mientras que para el vendedor la multa sería de $110.416.

“La Policía no puede desalojar a ningún vendedor ambulante porque hay una sentencia de la Corte Constitucional que a través de una tutela les garantizó los derechos a los vendedores ambulantes diciendo que no pueden ser desalojados si no hay una reubicación”, explicó el abogado Elkin Benavides.

Es la Sentencia T-067/17 la Corte Constitucional revocó los fallos proferidos, en primera instancia, por un Juzgado de Bogotá en el 2016 y en su lugar concedió el amparo a los derechos al trabajo y al mínimo vital a Blanca Cristina Amaguaña, vendedora ambulante que había sido desalojada de su lugar de trabajo.

LA INAPLICABILIDAD DE ESTA NORMA EN VALLEDUPAR

Una autoridad en esta materia es la Cámara de Comercio de Valledupar. En el 2016 realizó la última encuesta de caracterización de este grupo de trabajadores. Según la encuesta, el 64 % de los vendedores registrados manifestó que se dedica a esta actividad debido a la falta de oportunidades.

Es el caso de Andrés Aroca, que lleva 19 años en el centro vendiendo fritos. Con eso paga la universidad de su hija. “Ganas de joderlo a uno, porque lo que deben hacer es revisar los productos, verificar que todo está bien, cosas de salubridad, y no andar multando”, indicó Aroca.

En la ciudad existen varias corporaciones que agrupan a los vendedores ambulantes y estacionarios, pero la mayoría no se encuentra registrada. De los encuestados en el 2016 por la Cámara de Comercio, solo el 16 % tiene permiso para ejercer esta actividad comercial.

Esto, más la cifra del Dane (59,9 % de informalidad), hace imposible la aplicación de esta ley en Valledupar, según el abogado Elkin Benavides. “Eso se llama inaplicabilidad, cuando una norma va en contra de los Constitucional, principalmente porque en la ciudad no hay un lugar donde reubicarlos”, señaló el jurista.

“LA REUBICACIÓN SE CONVIRTIÓ EN ELEFANTE BLANCO”

Si la Policía toma la decisión de desalojar del espacio público a los vendedores ambulantes y estacionarios de Valledupar no hay lugar hacia dónde trasladarlos. El nuevo mercado público de Valledupar se convirtió en un “elefante blanco”, según los vendedores de la Galería de Valledupar. “En la edificación donde supuestamente nos iban a trasladar no hay nada, se quedaron en promesa; mientras nosotros acá esperando que nos reubiquen o venga la Policía a sacarnos de acá”, aseveró Carlos Castro, quien es comerciante en las calles desde hace 22 años.

El terreno donde se empezó la construcción del nuevo mercado está entre la basura y el abandono.

DEIVIS CARO DAZA / EL PILÓN
[email protected]