El 18 de septiembre de 2025, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió una sentencia histórica contra 12 exmilitares del Batallón de Artillería No. 2 La Popa, declarados responsables de 135 asesinatos y desapariciones forzadas en Cesar y La Guajira durante el conflicto armado colombiano.
La magistrada Ana Manuela Ochoa, presidenta de la Sección de Reconocimiento de Verdad, leyó en la decisión que se impone la sanción propia máxima de 8 años para todos los implicados, con descuentos proporcionales por el tiempo que ya cumplieron en la justicia ordinaria.
Rebajas de penas y diferencias con casos de ex-FARC
La magistrada Ana Manuela Ochoa explicó que, siguiendo la jurisprudencia de la Sección de Apelaciones de la JEP, algunos exmilitares ya habían comenzado a saldar su deuda con la justicia y con las víctimas a través de procesos penales previos: “Nueve personas habían estado privadas de la libertad con penas que oscilaron entre 5 y 11 años“. La fórmula aplicada para calcular la sanción en la JEP consiste en descontar un año de los ocho años máximos de sanción propia por cada ocho años cumplidos previamente en la justicia ordinaria.
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Es importante aclarar que esta diferencia no significa que las sanciones fueran más severas para los militares que para los excombatientes de las FARC.
En palabras de Ochoa, “por la gravedad de los crímenes y la participación directa en conductas especialmente graves” en el caso de los exmilitares del Batallón La Popa, la sección decidió imponer la sanción máxima de 8 años, con una pena mínima no inferior a cinco años por quienes tenían procesos previos, porque no podían ser tratados en las mismas condiciones de quienes nunca fueron llevados ante la justicia y cuyos crímenes permanecieron en total impunidad hasta la apertura de la investigación”.
El presidente de la JEP, Alejandro Ramelli, complementó esta explicación aclarando que los descuentos por trabajos reparadores anticipados también se tienen en cuenta antes de emitirse la sanción: “El descuento es anticipado y no es un ejercicio aritmético sencillo, pues tiene que tener vocación restaurativa e impacto restaurativo”. Sin embargo, una vez inicia el cumplimiento de la sanción de ocho años, no se aplican más descuentos y el tiempo debe cumplirse íntegramente. Ramelli puntualizó que “el descuento que aplicamos es solo por haber estado privado de la libertad, porque no todos realizaron trabajos reparadores anticipados”.
Mecanismo de monitoreo y verificación
Para garantizar el cumplimiento estricto de las sanciones propias impuestas por la JEP, se cuenta con un sólido sistema de monitoreo que opera en varias líneas simultáneas. “Contamos con otras tres líneas de control además del monitoreo electrónico a través de los relojes o dispositivos personales“, explicó la magistrada Ochoa durante la rueda de prensa. Estos son el monitoreo en terreno realizado por equipos de la jurisdicción, el monitoreo estratégico a cargo de la Misión de Verificación de la ONU, y la veeduría ciudadana, que incluye la participación directa de las víctimas.
La veeduría ciudadana permite que las víctimas, las comunidades afectadas y las autoridades territoriales supervisen en tiempo real el cumplimiento de las obras y actividades que forman parte de las sanciones restaurativas. “Las propias víctimas podrán participar en los momentos en que lo soliciten para revisar los alcances del trabajo, obra o actividad reparadora“, señaló la magistrada. Además, la Procuraduría delegada ante la JEP también acompaña procesos de monitoreo en terreno, asegurando una supervisión académica y transparente.
El sistema tecnológico de los brazaletes o dispositivos electrónicos posee una configuración con altos niveles de seguridad y software específico, diseñado para impedir cualquier tipo de manipulación o interferencia. La monitora responsable debe levantar una bitácora digitalizada en tiempo real, que es revisada por la sala de monitoreo 24/7 en la sede de la JEP. En caso de intento de manipulación, los dispositivos generan alertas automáticas, garantizando una reacción inmediata.
Un modelo innovador de justicia restaurativa
La magistrada Ochoa enfatizó que “ninguna cárcel en el país tiene un sistema ni siquiera parecido a este”, y recordó que la restricción de movilidad y participación está contemplada durante todo el tiempo de sanción, que en este caso es de hasta ocho años, independientemente del lugar donde se encuentre el compareciente. Incluso, cuando se trate de actividades políticas, el cumplimiento de la sanción debe prevalecer.
Por esta razón, el sistema de monitoreo es respaldado internacionalmente, ya que la Misión de Verificación de la ONU en Colombia, sometida al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, evalúa no solo el cumplimiento individual sino también el compromiso estatal para garantizar recursos y condiciones para la implementación de las sanciones. Esto incluye asegurar la habitabilidad, la seguridad, la alimentación y demás aspectos esenciales para la ejecución de los proyectos reparativos.
La JEP también reconoce los beneficios de la labor anticipada reparadora, como trabajos o actividades con contenido de reparación, que pueden generar descuentos parciales en la sanción, siempre y cuando se hayan realizado antes de la emisión de la sentencia. No obstante, la magistrada Ochoa aclaró que una vez iniciada la pena, no se aplican más descuentos y el tiempo se debe cumplir íntegramente.
¿Dónde pagarán condena los 12 exmilitares?
Los condenados por la JEP, exmilitares del Batallón La Popa, cumplirán la sanción en un inmueble especialmente designado por la Sociedad de Activos Especiales (SAE) en la ciudad de Valledupar. Según explicó la magistrada Ana Manuela Ochoa en la rueda de prensa, “los máximos responsables no estarán viviendo en un barrio común; se ha trabajado con el Ministerio de Defensa para que sean ubicados en un inmueble de la SAE en Valledupar”.
Este traslado forma parte de las medidas para garantizar el cumplimiento seguro y controlado de las sanciones restaurativas, que incluyen restricciones efectivas de derechos y libertades por hasta ocho años. La JEP espera que esta ubicación facilite la supervisión y el monitoreo integral durante el cumplimiento de la pena.
Además, la magistrada hizo un llamado urgente al gobierno nacional para expedir el decreto que regule las condiciones de habitabilidad, seguridad, alimentación y demás, necesarias para el cumplimiento adecuado de esta medida. Subrayó también la importancia de que se asignen los recursos presupuestarios para que estas sanciones puedan implementarse en las condiciones requeridas por el sistema de justicia transicional.
Por: Katlin Navarro Luna/ EL PILÓN











