La orden de desalojar la Alcaldía de Astrea fue revocada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar.
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar admitió la acción de tutela interpuesta por el municipio de Astrea contra el Juzgado Civil del Circuito de Chiriguaná y ordenó suspender el desalojo de la alcaldía de dicha población, que estaba programada para mañana 28 de febrero, por parte del Juzgado Promiscuo Municipal de Astrea.
La tutela fue interpuesta por el alcalde Sandy Sepulveda, quien pidió una acción de amparo ante el proceso que inició Atanasio Larios López, quien interpuso la queja; así mismo se ordenó vincular a Otoniel Larios López teniendo en cuenta que puede resultar afectado con la decisión que se tome de fondo.
La medida fue tomada teniendo en cuenta que es notoria la vulneración del derecho fundamental del debido proceso, toda vez que se procedió a decretar el embargo de un bien inmueble que por su naturaleza jurídica resulta inembargable, puesto que el lugar es un bien baldío, el cual le pertenece a la entidad territorial.
La tutela fue interpuesta por el alcalde Sandy Sepulveda, quien pidió una acción de amparo ante el proceso que inició Atanasio Larios López, quien interpuso la queja.
Andreina Bandera / EL PILÓN
[email protected]
La orden de desalojar la Alcaldía de Astrea fue revocada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar.
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar admitió la acción de tutela interpuesta por el municipio de Astrea contra el Juzgado Civil del Circuito de Chiriguaná y ordenó suspender el desalojo de la alcaldía de dicha población, que estaba programada para mañana 28 de febrero, por parte del Juzgado Promiscuo Municipal de Astrea.
La tutela fue interpuesta por el alcalde Sandy Sepulveda, quien pidió una acción de amparo ante el proceso que inició Atanasio Larios López, quien interpuso la queja; así mismo se ordenó vincular a Otoniel Larios López teniendo en cuenta que puede resultar afectado con la decisión que se tome de fondo.
La medida fue tomada teniendo en cuenta que es notoria la vulneración del derecho fundamental del debido proceso, toda vez que se procedió a decretar el embargo de un bien inmueble que por su naturaleza jurídica resulta inembargable, puesto que el lugar es un bien baldío, el cual le pertenece a la entidad territorial.
La tutela fue interpuesta por el alcalde Sandy Sepulveda, quien pidió una acción de amparo ante el proceso que inició Atanasio Larios López, quien interpuso la queja.
Andreina Bandera / EL PILÓN
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