La controversia que suscita la pretensión de la administración de Valledupar de suscribir un nuevo empréstito, por aproximadamente $130.000 millones, se imbrica en un escenario fiscal tensionado y ominoso por la reciente aprobación de un crédito por $150.000 millones. Esta coyuntura impone la obligación de emprender un examen técnico, ponderado y de estricto rigor sobre los efectos acumulativos del endeudamiento territorial y su incidencia directa en la sostenibilidad de las finanzas públicas locales.
Es palmariamente indiscutible que el crédito público constituye un instrumento legítimo de financiación del desarrollo. Permite anticipar inversiones, dinamizar la economía local y cerrar brechas en infraestructura. En el caso del empréstito anterior, la destinación hacia pavimentación urbana se podría enmarcar dentro de una lógica de mejoramiento de la competitividad y calidad de vida. Ergo, el intríngulis del asunto no puede limitarse o supeditarse únicamente a la naturaleza del gasto financiado, también debemos incorporar la capacidad real de pago y los riesgos asociados al servicio de la deuda en el mediano y largo plazo.
De acuerdo con la información oficial, el primer crédito contemplaba desembolsos escalonados entre 2025 y 2027, con un período de gracia de dos años y un horizonte de pago que se extiende hasta la anualidad 2037. Esto realmente implica que las administraciones futuras asumirán la mayor carga del servicio de la deuda, particularmente en lo relacionado con amortizaciones de capital. A ello se suma el hecho de que el pago se respaldará con ingresos corrientes de libre destinación (ICLD), los cuales constituyen la principal fuente de financiamiento del funcionamiento y de la inversión autónoma del municipio. Si bien los indicadores de solvencia proyectados —8 % para 2024 y entre 9 % y 12 % para las vigencias siguientes— se ubican ampliamente por debajo del límite del 60 % establecido por ley, es necesario precisar que dichos indicadores, aunque útiles, no agotan el análisis de sostenibilidad fiscal. La solvencia mide la capacidad de atender intereses con el ahorro operacional, pero no captura integralmente los riesgos asociados al crecimiento del saldo de la deuda ni la rigidez presupuestal que se genera al comprometer ingresos futuros.











