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Política - 22 mayo, 2013

No a los despidos de discapacitados

La Corte Constitucional, decretó inexequible el artículo 137 de la Ley Antitrámites, que permitía a las empresas despedir arbitrariamente a un trabajador discapacitado sin el consentimiento y aprobación del Ministerio del Trabajo.

La iniciativa restablece los derechos de los trabajadores a través de la acción afirmativa a favor de los empleados con discapacidad.
La iniciativa restablece los derechos de los trabajadores a través de la acción afirmativa a favor de los empleados con discapacidad.
Boton Wpp

Por: Pepe Morón Reales
[email protected]

La Corte Constitucional, mediante sentencia C -744 de 2012, decretó  inexequible el artículo 137 de la Ley Antitrámites, que permitía a las empresas despedir arbitrariamente a un trabajador discapacitado sin el consentimiento y aprobación del Ministerio del Trabajo. Esta medida mantiene las garantías constitucionales a las que tienen derecho los trabajadores con una condición diferente. 

Según el senador Félix Valera Ibáñez, por solicitud de asociaciones y sindicatos de trabajadores discapacitados, presentó el Proyecto de Ley 42 de 2012 que pretende restablecer los derechos que les arrebató arbitrariamente el Decreto Ley 19 de 2012 conocido como “Ley Antitrámites”.  

Agregó que la iniciativa  restablece los derechos de los trabajadores a través de la acción  afirmativa a favor de los empleados con discapacidad. 

“Se nos da la razón, en cuanto  a que la Corte Constitucional devuelve esos derechos a los trabajadores”, señaló Varela. 

Por otra parte, el Senador  destacó que la Corte, mediante esta sentencia proteja los derechos de los trabajadores discapacitados, intención que contenía explícitamente nuestro proyecto. Con esto Valera  afirmó que envía un mensaje a los trabajadores colombianos, para que estén atentos al respeto de sus  derechos, mediante debates de control político o  presentando iniciativas como esta que se presentó a consideración de la Comisión Séptima del Senado, con ponencia positiva.

Política
22 mayo, 2013

No a los despidos de discapacitados

La Corte Constitucional, decretó inexequible el artículo 137 de la Ley Antitrámites, que permitía a las empresas despedir arbitrariamente a un trabajador discapacitado sin el consentimiento y aprobación del Ministerio del Trabajo.


La iniciativa restablece los derechos de los trabajadores a través de la acción afirmativa a favor de los empleados con discapacidad.
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La Corte Constitucional, mediante sentencia C -744 de 2012, decretó  inexequible el artículo 137 de la Ley Antitrámites, que permitía a las empresas despedir arbitrariamente a un trabajador discapacitado sin el consentimiento y aprobación del Ministerio del Trabajo. Esta medida mantiene las garantías constitucionales a las que tienen derecho los trabajadores con una condición diferente. 

Según el senador Félix Valera Ibáñez, por solicitud de asociaciones y sindicatos de trabajadores discapacitados, presentó el Proyecto de Ley 42 de 2012 que pretende restablecer los derechos que les arrebató arbitrariamente el Decreto Ley 19 de 2012 conocido como “Ley Antitrámites”.  

Agregó que la iniciativa  restablece los derechos de los trabajadores a través de la acción  afirmativa a favor de los empleados con discapacidad. 

“Se nos da la razón, en cuanto  a que la Corte Constitucional devuelve esos derechos a los trabajadores”, señaló Varela. 

Por otra parte, el Senador  destacó que la Corte, mediante esta sentencia proteja los derechos de los trabajadores discapacitados, intención que contenía explícitamente nuestro proyecto. Con esto Valera  afirmó que envía un mensaje a los trabajadores colombianos, para que estén atentos al respeto de sus  derechos, mediante debates de control político o  presentando iniciativas como esta que se presentó a consideración de la Comisión Séptima del Senado, con ponencia positiva.