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Judicial - 7 julio, 2017

Niegan libertad condicional a excomandante del Batallón La Popa

El teniente coronel Hernán Mejía Gutiérrez, actualmente purga una pena de 19 años y seis meses en prisión por ‘falsos positivos’ y supuestos vínculos con paramilitares.

El teniente coronel Hernán Mejía. Foto: Andrea Moreno
El teniente coronel Hernán Mejía. Foto: Andrea Moreno
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La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para aplicar y recibir beneficios de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), no permitieron que el teniente coronel Hernán Mejía Gutiérrez, condenado por asesinatos extrajudiciales y nexos con alias ‘Jorge 40’, excomandante del Bloque Norte de las AUC, recibiera libertad condicional.

Según un tribunal superior de Bogotá, la negativa ante la solicitud del excomandante del Batallón de Artillería Nº 2, La Popa de Valledupar, se debe a que este no presentó su intención mediante una carta formal el deseo a comprometerse con la JEP y al no realizarse una valoración previa de la conducta punible.

Sobre la ley definida para la JEP a la que solicitó ser beneficiado Hernán Mejía, el tribunal expresó: “La posibilidad de estudiar la viabilidad de aplicar la Ley 1820 de 2016 y el decreto 706 de 2017 dentro de este concreto caso es totalmente nula, toda vez que para que pueda darse aplicación a este referente normativo se hace necesario que los agentes del Estado manifiesten o acepten su sometimiento a la sala de definición de situaciones jurídicas de la JEP”, dice la sentencia.

Asimismo, la autoridad explica que no es posible que el procesado pueda obtener libertad condicional sin los requisitos exigidos por la ley porque se trata de un subrogado penal al que no tiene derecho, es decir, tener medidas sustitutivas de la pena de prisión y arresto al que fue condenado.

Para el dictamen el tribunal también tuvo en cuenta la condena del Juzgado Sexto Penal del Circuito de Bogotá que dictaminó en el 2013 que la conducta del procesado fue de ‘gravedad máxima’ e imputó 19 años y seis meses de prisión, en la que actualmente solo lleva 13 años con cuatro de ellos agregados por buen comportamiento.

Los hechos

En el año 2013 Hernán Mejía fue el segundo oficial de alto rango que recibió una alta condena por los denominados ‘falsos positivos’. Al encontrarlo un Juzgado Sexto Especializado de Bogotá, culpable de la acusación fundada de la Fiscalía que lo responsabilizó de recibir dineros del paramilitarismo y cometer asesinatos extrajudiciales en una operación llamada ‘Tormenta II’ realizada en contra del ELN en el año 2002 en el departamento del Cesar.

 

 

 

 

Judicial
7 julio, 2017

Niegan libertad condicional a excomandante del Batallón La Popa

El teniente coronel Hernán Mejía Gutiérrez, actualmente purga una pena de 19 años y seis meses en prisión por ‘falsos positivos’ y supuestos vínculos con paramilitares.


El teniente coronel Hernán Mejía. Foto: Andrea Moreno
El teniente coronel Hernán Mejía. Foto: Andrea Moreno
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La falta de cumplimiento de los requisitos establecidos para aplicar y recibir beneficios de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), no permitieron que el teniente coronel Hernán Mejía Gutiérrez, condenado por asesinatos extrajudiciales y nexos con alias ‘Jorge 40’, excomandante del Bloque Norte de las AUC, recibiera libertad condicional.

Según un tribunal superior de Bogotá, la negativa ante la solicitud del excomandante del Batallón de Artillería Nº 2, La Popa de Valledupar, se debe a que este no presentó su intención mediante una carta formal el deseo a comprometerse con la JEP y al no realizarse una valoración previa de la conducta punible.

Sobre la ley definida para la JEP a la que solicitó ser beneficiado Hernán Mejía, el tribunal expresó: “La posibilidad de estudiar la viabilidad de aplicar la Ley 1820 de 2016 y el decreto 706 de 2017 dentro de este concreto caso es totalmente nula, toda vez que para que pueda darse aplicación a este referente normativo se hace necesario que los agentes del Estado manifiesten o acepten su sometimiento a la sala de definición de situaciones jurídicas de la JEP”, dice la sentencia.

Asimismo, la autoridad explica que no es posible que el procesado pueda obtener libertad condicional sin los requisitos exigidos por la ley porque se trata de un subrogado penal al que no tiene derecho, es decir, tener medidas sustitutivas de la pena de prisión y arresto al que fue condenado.

Para el dictamen el tribunal también tuvo en cuenta la condena del Juzgado Sexto Penal del Circuito de Bogotá que dictaminó en el 2013 que la conducta del procesado fue de ‘gravedad máxima’ e imputó 19 años y seis meses de prisión, en la que actualmente solo lleva 13 años con cuatro de ellos agregados por buen comportamiento.

Los hechos

En el año 2013 Hernán Mejía fue el segundo oficial de alto rango que recibió una alta condena por los denominados ‘falsos positivos’. Al encontrarlo un Juzgado Sexto Especializado de Bogotá, culpable de la acusación fundada de la Fiscalía que lo responsabilizó de recibir dineros del paramilitarismo y cometer asesinatos extrajudiciales en una operación llamada ‘Tormenta II’ realizada en contra del ELN en el año 2002 en el departamento del Cesar.