Por Carlos Guillermo Ramírez Según disposición de la ley 1475 de 2011 corresponde al Consejo Nacional Electoral fijar los límites al monto de gastos de las campañas electorales a los distintos cargos y corporaciones de elección popular. En esta ocasión,con el apoyo del Departamento Administrativo Nacional de Estadística se proyectó el índice de costos de […]
Por Carlos Guillermo Ramírez
Según disposición de la ley 1475 de 2011 corresponde al Consejo Nacional Electoral fijar los límites al monto de gastos de las campañas electorales a los distintos cargos y corporaciones de elección popular.
En esta ocasión,con el apoyo del Departamento Administrativo Nacional de Estadística se proyectó el índice de costos de las campañas electorales ICCE para el 2014, para lo cual se tomó la variación anual de los costos de bienes y servicios que forman parte de la estructura de costos de las campañas electorales, en la que se tuvo en cuenta la información disponible de otros índices de costos, tales como el índice de precio al consumidos IPC, índice de costos de construcción de viviendas ICCV, índice de costos de construcción pesada ICCP, índice de costos de educación privada ICESP y el índice de costos de transporte de carga ICTC, lo que arrojó finalmente un incremento de más del 140% respecto de las campañas del 2010.
En efecto, el Consejo Nacional electoral mediante Resolución No 389 del 30 de enero de 2014 fijó los límites máximos a los gastos de las campañas de los candidatos inscritos al Congreso de la Republica de la siguiente manera:Para el Senado, cada lista podrá utilizar hasta $ 74.053.868.791, es decir, como se trata de elección por circunscripción nacional, este valor aplica para cada uno de los Departamentos que integran el territorio nacional. En el caso de las listas para Parlamento Andino, el monto máximo que se podrá utilizar en la campaña es de 3.702 millones de pesos.
En lo que respecta a la Cámara de Representantes, los topes fueron fijados de acuerdo al censo electoral de cada Departamento, que para el caso del Departamento del Cesar, de acuerdo a la escala señalada en dicha resolución, el monto máximo sería de $ 2.032.722.513 por cada lista. En la resolución se aclara además, que cada partido o movimiento político con personería jurídica podrá invertir en la campaña institucional a favor de sus listas o precandidatos a Senadores o Representantes a Cámara, hasta un 20% de las sumas máximas autorizadas a gastar en cada una de sus campañas, el cual será adicional a los valores fijados.
Ahora, pese a todos los estudios económicos y cálculos que hace el Consejo Nacional Electoral, para fijar los límites al monto de los gastos de las campañas electorales, en la realidad estos mandatos no se cumplen, pues el derroche de dinero en cada proceso electoral es asombroso, o de no como se explica la extravagante publicidad por todos los medios, el costo de las nóminas que se utilizan para promocionar los candidatos en cada población, el pago de favores a los líderes de cada campaña y en general los costos que genera la logística para el sostenimiento de cada campaña, lo que a simple vista desborda esos límites fijados por la autoridad electoral. Pero lo más preocupante es que quienes resultan elegidos ostentan la calidad de servidores públicos y como tal devengan un salario que para el año 2014 está fijado en promedio de 20 millones de pesos.
Finalmente la pregunta que se hace el común de las personas es ¿sí en una campaña al Senado se dice que se gastan más de 5 mil millones de pesos y a la Cámara más de 1.000 millones dependiendo la región del país, de qué manera se retornan estos gastos al bolsillo de quien asume estos costos?. Pues uno pensaría que estos gastos no se hacen por simple ego o satisfacción personal, pero porque además a sabiendas de lo costoso que es un debate electoral, cada día salen más aspirantes. ¿será que hay algo más?
Por Carlos Guillermo Ramírez Según disposición de la ley 1475 de 2011 corresponde al Consejo Nacional Electoral fijar los límites al monto de gastos de las campañas electorales a los distintos cargos y corporaciones de elección popular. En esta ocasión,con el apoyo del Departamento Administrativo Nacional de Estadística se proyectó el índice de costos de […]
Por Carlos Guillermo Ramírez
Según disposición de la ley 1475 de 2011 corresponde al Consejo Nacional Electoral fijar los límites al monto de gastos de las campañas electorales a los distintos cargos y corporaciones de elección popular.
En esta ocasión,con el apoyo del Departamento Administrativo Nacional de Estadística se proyectó el índice de costos de las campañas electorales ICCE para el 2014, para lo cual se tomó la variación anual de los costos de bienes y servicios que forman parte de la estructura de costos de las campañas electorales, en la que se tuvo en cuenta la información disponible de otros índices de costos, tales como el índice de precio al consumidos IPC, índice de costos de construcción de viviendas ICCV, índice de costos de construcción pesada ICCP, índice de costos de educación privada ICESP y el índice de costos de transporte de carga ICTC, lo que arrojó finalmente un incremento de más del 140% respecto de las campañas del 2010.
En efecto, el Consejo Nacional electoral mediante Resolución No 389 del 30 de enero de 2014 fijó los límites máximos a los gastos de las campañas de los candidatos inscritos al Congreso de la Republica de la siguiente manera:Para el Senado, cada lista podrá utilizar hasta $ 74.053.868.791, es decir, como se trata de elección por circunscripción nacional, este valor aplica para cada uno de los Departamentos que integran el territorio nacional. En el caso de las listas para Parlamento Andino, el monto máximo que se podrá utilizar en la campaña es de 3.702 millones de pesos.
En lo que respecta a la Cámara de Representantes, los topes fueron fijados de acuerdo al censo electoral de cada Departamento, que para el caso del Departamento del Cesar, de acuerdo a la escala señalada en dicha resolución, el monto máximo sería de $ 2.032.722.513 por cada lista. En la resolución se aclara además, que cada partido o movimiento político con personería jurídica podrá invertir en la campaña institucional a favor de sus listas o precandidatos a Senadores o Representantes a Cámara, hasta un 20% de las sumas máximas autorizadas a gastar en cada una de sus campañas, el cual será adicional a los valores fijados.
Ahora, pese a todos los estudios económicos y cálculos que hace el Consejo Nacional Electoral, para fijar los límites al monto de los gastos de las campañas electorales, en la realidad estos mandatos no se cumplen, pues el derroche de dinero en cada proceso electoral es asombroso, o de no como se explica la extravagante publicidad por todos los medios, el costo de las nóminas que se utilizan para promocionar los candidatos en cada población, el pago de favores a los líderes de cada campaña y en general los costos que genera la logística para el sostenimiento de cada campaña, lo que a simple vista desborda esos límites fijados por la autoridad electoral. Pero lo más preocupante es que quienes resultan elegidos ostentan la calidad de servidores públicos y como tal devengan un salario que para el año 2014 está fijado en promedio de 20 millones de pesos.
Finalmente la pregunta que se hace el común de las personas es ¿sí en una campaña al Senado se dice que se gastan más de 5 mil millones de pesos y a la Cámara más de 1.000 millones dependiendo la región del país, de qué manera se retornan estos gastos al bolsillo de quien asume estos costos?. Pues uno pensaría que estos gastos no se hacen por simple ego o satisfacción personal, pero porque además a sabiendas de lo costoso que es un debate electoral, cada día salen más aspirantes. ¿será que hay algo más?