El titular de este Editorial resume lo que sucede con el proyecto de reconversión de 350 carromuleros en la ciudad de Valledupar, que deben pasar del caballo al motocarro. Sin embargo, la realidad es otra. No se ha cumplido a cabalidad la orden del Decreto 178 de 2012 que estableció, en el parágrafo segundo, que […]
El titular de este Editorial resume lo que sucede con el proyecto de reconversión de 350 carromuleros en la ciudad de Valledupar, que deben pasar del caballo al motocarro. Sin embargo, la realidad es otra.
No se ha cumplido a cabalidad la orden del Decreto 178 de 2012 que estableció, en el parágrafo segundo, que las alcaldías municipales y distritales, en asocio con el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), tienen que promover actividades alternativas y sustitutivas para los conductores de los vehículos de tracción animal.
Han pasado cinco años y en Valledupar registramos con frecuencia escenas como la conocida el sábado anterior, cuando en pleno centro de la ciudad un caballo se desplomó al no soportar la pesada carga que transportaba. La reacción ciudadana es de rechazo al maltrato animal y de llamados de atención a las autoridades porque permiten que aun sigan usando a los caballos para este tipo de actividad que se supone, hoy debería estar erradicada.
Lo ocurrido no fue en un corregimiento, ni en un barrio vulnerable, a donde no llega la presencia permanente del Estado, fue en una calle céntrica de Valledupar, que deja en evidencia que no hay controles con la actividad, como ordena la ley.
En la capital del Cesar existen 350 carromuleros censados por la administración municipal, que deberían estar caminando por el sendero de la reconversión. Después de cinco años de la expedición del Decreto 178, solo en enero de este año entregó la administración municipal 27 motocarros y hoy 27 más, que corresponde al 19 % del total de las personas que deben beneficiarse con el proyecto.
Mientras siga a paso lento, la ciudad seguirá sucia y contaminada porque son los carromuleros los responsables de llevar basura (podas, escombros, muebles y enseres) a lotes enmontados y vías peatonales de la ciudad, porque tampoco existe una escombrera (otra falencia de la ciudad).
Recordamos que en las consideraciones del Decreto 178, aseguran que “Que la Ley 769 del 6 de agosto de 2002, “Código Nacional de Tránsito Terrestre” expresa en su artículo 98: “Vehículos de tracción animal. En un término de un (1) año, se prohíbe el tránsito urbano en los municipios de Categoría Especial y en los municipios de primera categoría del país, de vehículos de tracción animal”. Valledupar es un municipio de primera categoría.
Le corresponde al alcalde Augusto Ramírez Uhía responder por el proyecto de reconversión, para que no exista maltrato animal y el aseo de la ciudad sea mejor. Tres problemas en una solución.
El titular de este Editorial resume lo que sucede con el proyecto de reconversión de 350 carromuleros en la ciudad de Valledupar, que deben pasar del caballo al motocarro. Sin embargo, la realidad es otra. No se ha cumplido a cabalidad la orden del Decreto 178 de 2012 que estableció, en el parágrafo segundo, que […]
El titular de este Editorial resume lo que sucede con el proyecto de reconversión de 350 carromuleros en la ciudad de Valledupar, que deben pasar del caballo al motocarro. Sin embargo, la realidad es otra.
No se ha cumplido a cabalidad la orden del Decreto 178 de 2012 que estableció, en el parágrafo segundo, que las alcaldías municipales y distritales, en asocio con el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), tienen que promover actividades alternativas y sustitutivas para los conductores de los vehículos de tracción animal.
Han pasado cinco años y en Valledupar registramos con frecuencia escenas como la conocida el sábado anterior, cuando en pleno centro de la ciudad un caballo se desplomó al no soportar la pesada carga que transportaba. La reacción ciudadana es de rechazo al maltrato animal y de llamados de atención a las autoridades porque permiten que aun sigan usando a los caballos para este tipo de actividad que se supone, hoy debería estar erradicada.
Lo ocurrido no fue en un corregimiento, ni en un barrio vulnerable, a donde no llega la presencia permanente del Estado, fue en una calle céntrica de Valledupar, que deja en evidencia que no hay controles con la actividad, como ordena la ley.
En la capital del Cesar existen 350 carromuleros censados por la administración municipal, que deberían estar caminando por el sendero de la reconversión. Después de cinco años de la expedición del Decreto 178, solo en enero de este año entregó la administración municipal 27 motocarros y hoy 27 más, que corresponde al 19 % del total de las personas que deben beneficiarse con el proyecto.
Mientras siga a paso lento, la ciudad seguirá sucia y contaminada porque son los carromuleros los responsables de llevar basura (podas, escombros, muebles y enseres) a lotes enmontados y vías peatonales de la ciudad, porque tampoco existe una escombrera (otra falencia de la ciudad).
Recordamos que en las consideraciones del Decreto 178, aseguran que “Que la Ley 769 del 6 de agosto de 2002, “Código Nacional de Tránsito Terrestre” expresa en su artículo 98: “Vehículos de tracción animal. En un término de un (1) año, se prohíbe el tránsito urbano en los municipios de Categoría Especial y en los municipios de primera categoría del país, de vehículos de tracción animal”. Valledupar es un municipio de primera categoría.
Le corresponde al alcalde Augusto Ramírez Uhía responder por el proyecto de reconversión, para que no exista maltrato animal y el aseo de la ciudad sea mejor. Tres problemas en una solución.