La Ley 1185 de 2008 modificó y realizó adiciones a la Ley 397 de 1997. Ambas conforman la Ley General de Cultura en Colombia.
Por: Luis Elquis Díaz
La Ley 1185 de 2008 modificó y realizó adiciones a la Ley 397 de 1997. Ambas conforman la Ley General de Cultura en Colombia. El espíritu de las Normas establece la constitución del Patrimonio Cultural de la Nación, dicta disposiciones en torno al objetivo y política estatal en cuanto a la salvaguardia, protección, recuperación, conservación y sostenibilidad.
Encarga a las Entidades Territoriales la inclusión de las anteriores disposiciones en los planes de Desarrollo, los cuales deben ser concordantes con el Plan de Cultura decenal y el Plan Nacional de Desarrollo, con el objeto de lograr la asignación de recursos para cumplir con el objetivo y política cultural de Colombia.
El Colegio Nacional Loperena,a través de la Ley 93 del 14 de Diciembre de 1993, fue declarado como Monumento Nacional y parte del Patrimonio Cultural de la Nación, con ocasión de la conmemoración de sus cincuenta años. Loperena, institución insignia del Magdalena Grande, centro de estudio de muchos jóvenes que posteriormente lograron posicionarse en distintos escenarios del orden Departamental y Nacional, sufre los efectos del paso de los años.
Infortunadamente, esta distinción ha sido adversa, la infraestructura del Loperena se encuentra en un estado lamentable, los esfuerzos han sido infructuosos y las expectativas de solución llenas de ambigüedades, no obstante a que la Ley 1185 de 2008 establece los lineamientos para atender el deterioro de los bienes declarados como Monumento Nacional y parte del patrimonio Cultural de la Nación.
En el mismo sentido la Ley 93 de 1993, autorizó a la Asamblea del Departamento del Cesar para ordenar la emisión de estampillas "50 años Colegio Nacional Loperena" para que el producido se destinará a la Conservación arquitectónica de la planta física, dotación y desarrollo institucional del Colegio Nacional Loperena. (Artículo 3, literal a). ¿Se recaudó la plata de la estampilla? ¿Se recauda?
El diario El Pilón en su edición del día jueves 16 de mayo, se pronunció al respecto, informando sobre el tira y jale existente entre los encargados o responsables de asumir las reparaciones.
El Loperena, sufre quebrantos estructurales, se queda sin dolientes yla legislación vigente es inobservada. No esperemos su desmoronamiento, es el momento de conformar un grupo encabezado por el rector, egresados destacados, gobernador, alcalde, presidente de la asamblea y un grupo de estudiantes, con destino al Ministerio de Cultura, con el objeto de definir los recursos y la estrategia que rescate la infraestructura preservando las señales históricas.
La Ley 1185 de 2008 modificó y realizó adiciones a la Ley 397 de 1997. Ambas conforman la Ley General de Cultura en Colombia.
Por: Luis Elquis Díaz
La Ley 1185 de 2008 modificó y realizó adiciones a la Ley 397 de 1997. Ambas conforman la Ley General de Cultura en Colombia. El espíritu de las Normas establece la constitución del Patrimonio Cultural de la Nación, dicta disposiciones en torno al objetivo y política estatal en cuanto a la salvaguardia, protección, recuperación, conservación y sostenibilidad.
Encarga a las Entidades Territoriales la inclusión de las anteriores disposiciones en los planes de Desarrollo, los cuales deben ser concordantes con el Plan de Cultura decenal y el Plan Nacional de Desarrollo, con el objeto de lograr la asignación de recursos para cumplir con el objetivo y política cultural de Colombia.
El Colegio Nacional Loperena,a través de la Ley 93 del 14 de Diciembre de 1993, fue declarado como Monumento Nacional y parte del Patrimonio Cultural de la Nación, con ocasión de la conmemoración de sus cincuenta años. Loperena, institución insignia del Magdalena Grande, centro de estudio de muchos jóvenes que posteriormente lograron posicionarse en distintos escenarios del orden Departamental y Nacional, sufre los efectos del paso de los años.
Infortunadamente, esta distinción ha sido adversa, la infraestructura del Loperena se encuentra en un estado lamentable, los esfuerzos han sido infructuosos y las expectativas de solución llenas de ambigüedades, no obstante a que la Ley 1185 de 2008 establece los lineamientos para atender el deterioro de los bienes declarados como Monumento Nacional y parte del patrimonio Cultural de la Nación.
En el mismo sentido la Ley 93 de 1993, autorizó a la Asamblea del Departamento del Cesar para ordenar la emisión de estampillas "50 años Colegio Nacional Loperena" para que el producido se destinará a la Conservación arquitectónica de la planta física, dotación y desarrollo institucional del Colegio Nacional Loperena. (Artículo 3, literal a). ¿Se recaudó la plata de la estampilla? ¿Se recauda?
El diario El Pilón en su edición del día jueves 16 de mayo, se pronunció al respecto, informando sobre el tira y jale existente entre los encargados o responsables de asumir las reparaciones.
El Loperena, sufre quebrantos estructurales, se queda sin dolientes yla legislación vigente es inobservada. No esperemos su desmoronamiento, es el momento de conformar un grupo encabezado por el rector, egresados destacados, gobernador, alcalde, presidente de la asamblea y un grupo de estudiantes, con destino al Ministerio de Cultura, con el objeto de definir los recursos y la estrategia que rescate la infraestructura preservando las señales históricas.