Los comparecientes esperarán que el tribunal emita una resolución de conclusión para conocer si afrontarán una sanción.
Después de que los 12 exmiembro del Ejército Nacional reconocieran ante las víctimas y el país las ejecuciones extrajudiciales, más conocidas como falsos positivos, estos serán sometidos a unas valoraciones judiciales para proferir las primeras sanciones.
Según la Jurisdicción Especial para Paz, JEP, una vez realizada la sala adoptará una resolución de conclusiones que remitirá al Tribunal para la Paz para que este imponga una sanción propia, si es el caso. Esta sanción debe ser consultada con las víctimas, debe tener un propósito reparador y puede incluir restricciones efectivas de la libertad y otros derechos.
Estas serán recibidas por los 12 exmilitares del Batallón de Artillería Nº 2 La Popa tras reconocer públicamente su responsabilidad por los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada en el subcaso costa Caribe del caso 03 denominado: ‘Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado’.
Los implicados son el mayor Heber Hernán Gómez Naranjo, el teniente Carlos Andrés Lora Cabrales, los subtenientes Eduart Gustavo Álvarez Mejía y Elkin Leonardo Burgos Suárez; los sargentos primero Efraín Andrade Perea y Manuel Valentín Padilla Espitia; así como también, el sargento viceprimero José de Jesús Rueda Quintero y los soldados Juan Carlos Soto Sepúlveda, Elkin Rojas, Guillermo Gutiérrez Riveros, Yeris Andrés Gómez y Alex José Mercado Sierra.
“Ya los comparecientes han reconocido lo que se señaló en la imputación y los daños que se generaron a las víctimas, entonces, empieza una secuencia de diálogos que inician con la audiencia de reconocimiento, pero que van a seguir posteriormente en el diseño del proyecto de sanción restaurativa”, explicó Óscar Javier Parra Vera, magistrado de la JEP.
Para llegar hasta este punto la jurisdicción analizó alrededor de unas 100 carpetas de documentos militares obtenidos en las inspecciones a la Décima Brigada y al Batallón La Popa, entre los que se encuentran revistas de personal, planes de campaña, el libro diario del comandante, informes de capturas, correspondencia oficial y documentación del Comando Operativo 7 del Ejército. También analizaron manuales de plana mayor, entre documentación asociada a las reglas operacionales de la época y más de 50 expedientes de la justicia penal ordinaria.
LOS ALTOS OFICIALES
Contrario a los demás, tres altos oficiales que hicieron parte de ese mismo batallón decidieron no aceptar ni reconocer los hechos, por tanto, sus casos pasaron a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP. Estos son los coroneles Publio Hernán Mejía Gutiérrez, Juan Carlos Figueroa Suárez y José Pastor Ruiz Mahecha, quienes enfrentarán un juicio en la JEP.
“La relación con los otros tres del Batallón La Popa que tras ser imputados no reconocieron responsabilidad para ellos se pondrá en marcha un procedimiento adversarial que puede conducir a imponerles una sanción privativa de la libertad en prisión de hasta 20 años, en el evento que sean hallados responsables”, manifestó Eduardo Cifuentes, presidente de la JEP.
Los comparecientes esperarán que el tribunal emita una resolución de conclusión para conocer si afrontarán una sanción.
Después de que los 12 exmiembro del Ejército Nacional reconocieran ante las víctimas y el país las ejecuciones extrajudiciales, más conocidas como falsos positivos, estos serán sometidos a unas valoraciones judiciales para proferir las primeras sanciones.
Según la Jurisdicción Especial para Paz, JEP, una vez realizada la sala adoptará una resolución de conclusiones que remitirá al Tribunal para la Paz para que este imponga una sanción propia, si es el caso. Esta sanción debe ser consultada con las víctimas, debe tener un propósito reparador y puede incluir restricciones efectivas de la libertad y otros derechos.
Estas serán recibidas por los 12 exmilitares del Batallón de Artillería Nº 2 La Popa tras reconocer públicamente su responsabilidad por los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada en el subcaso costa Caribe del caso 03 denominado: ‘Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado’.
Los implicados son el mayor Heber Hernán Gómez Naranjo, el teniente Carlos Andrés Lora Cabrales, los subtenientes Eduart Gustavo Álvarez Mejía y Elkin Leonardo Burgos Suárez; los sargentos primero Efraín Andrade Perea y Manuel Valentín Padilla Espitia; así como también, el sargento viceprimero José de Jesús Rueda Quintero y los soldados Juan Carlos Soto Sepúlveda, Elkin Rojas, Guillermo Gutiérrez Riveros, Yeris Andrés Gómez y Alex José Mercado Sierra.
“Ya los comparecientes han reconocido lo que se señaló en la imputación y los daños que se generaron a las víctimas, entonces, empieza una secuencia de diálogos que inician con la audiencia de reconocimiento, pero que van a seguir posteriormente en el diseño del proyecto de sanción restaurativa”, explicó Óscar Javier Parra Vera, magistrado de la JEP.
Para llegar hasta este punto la jurisdicción analizó alrededor de unas 100 carpetas de documentos militares obtenidos en las inspecciones a la Décima Brigada y al Batallón La Popa, entre los que se encuentran revistas de personal, planes de campaña, el libro diario del comandante, informes de capturas, correspondencia oficial y documentación del Comando Operativo 7 del Ejército. También analizaron manuales de plana mayor, entre documentación asociada a las reglas operacionales de la época y más de 50 expedientes de la justicia penal ordinaria.
LOS ALTOS OFICIALES
Contrario a los demás, tres altos oficiales que hicieron parte de ese mismo batallón decidieron no aceptar ni reconocer los hechos, por tanto, sus casos pasaron a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP. Estos son los coroneles Publio Hernán Mejía Gutiérrez, Juan Carlos Figueroa Suárez y José Pastor Ruiz Mahecha, quienes enfrentarán un juicio en la JEP.
“La relación con los otros tres del Batallón La Popa que tras ser imputados no reconocieron responsabilidad para ellos se pondrá en marcha un procedimiento adversarial que puede conducir a imponerles una sanción privativa de la libertad en prisión de hasta 20 años, en el evento que sean hallados responsables”, manifestó Eduardo Cifuentes, presidente de la JEP.