El Alcalde de Valledupar, Fredys Socarrás, expidió los Decretos números 222, 223, 224 y 225 del 23 de abril del 2012, los cuales que regirán durante la 45 versión del Festival de la Leyenda Vallenata y garantizaran el orden en la ciudad.
El Alcalde de Valledupar, Fredys Socarrás, expidió los Decretos números 222, 223, 224 y 225 del 23 de abril del 2012, los cuales que regirán durante la 45 versión del Festival de la Leyenda Vallenata y garantizaran el orden en la ciudad.
El Decreto número 000222 suspende durante los días 26, 27, 28, 29 y 30 de abril 2012, el horario de los establecimientos comerciales y ventas informales establecidos en el Decreto 000063 del 13 de febrero de 2012 y el 000073 del 20 del mismo mes y año y lo extiende la hora de cierre hasta las 6:00 a.m. del día siguiente, mientras se desarrolla la versión 45 del Festival de la Leyenda Vallenata.
De igual manera el Decreto número 000223, prohíbe bañarse en el río Guatapurí, en el balneario ‘Hurtado’ durante la celebración del Festival de la Leyenda Vallenata, los días 26, 27, 28, 29 y 30 de abril de 2012 en el horario comprendido entre las 6:00 p.m. hasta las 6:00 a.m.
Seguidamente el Decreto número 000224, decreta prohibición del ingreso a la ciudad de Valledupar de niños, niñas y adolescentes, sin el acompañamiento de un familiar o adulto responsable del 26 al 30 de abril de 2012.
Finalmente el Decreto número 000225 indica que se dictan medidas de orden público con ocasión a la celebración de la Versión 45 del Festival de la Leyenda Valledupar. Dicho artículo prohíbe dentro del territorio de la ciudad de Valledupar desde el 26, 27, 28, 29, 30 de abril y 1° de mayo de 2012, en el horario de 6:00 pm. Hasta las 6:00 a.m., el desarrollo de las siguientes actividades.
El tránsito de vehículos y peatones que transporten mudanzas o carguen cilindros de gas propano, escombros, basura y material de arrastre como arena y gravilla, entre otros; el consumo de bebidas en envase de vidrio dentro de los sitios donde se desarrollen espectáculos públicos relacionados con el festival y las ventas ambulantes dentro del Parque de la Leyenda Vallenata ‘Consuelo Araujo Noguera’ y en lugares adyacentes al mismo.
El artículo segundo dice que se restringe la circulación de toda clase de motocicletas, cualquiera que sea su cilindraje, en la ciudad de Valledupar desde el día 26, 27, 28, 29, 30 de abril y 1° de mayo de 20112 en el horario de 6:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. del día siguiente.
El artículo tercero señala que se prohíbe el estacionamiento de vehículos en los siguientes corredores viales durante los días 26, 27, 28, 29 y 30 de abril de 2012 en que se celebra la Versión 45 del Festival de la Leyenda Valledupar. Los sectores son la Avenida Simón Bolívar (Carrera 19 entre la calle 12 y el puente ‘Hurtado’; carrera 9 entre calle 12 y La Glorieta Mi Pedazo de Acordeón; corredores viales contiguos al Parque de La Leyenda Vallenata, y los sitios en donde se desarrollen eventos oficiales de la programación del Festival de la Leyenda Vallenata.
El artículo cuarto indica que se prohíbe dentro del perímetro de la Plaza Alfonso López y la Plaza Primero de Mayo, la venta de toda clase de comidas durante los días 26, 27, 28, 29, 30 de abril y 1° de mayo de 2012, en desarrollo de la Versión 45 Festival de la Leyenda Vallenata.
Finalmente el artículo quinto señala que se prohíbe el estacionamiento de vendedores ambulantes de carretas, artesanías, sombreros, ponchos, gafas, mochilas, accesorios, entre otros en vías públicas andenes, plazas, calles, parque, bulevares durante los días 26, 27, 28, 289, 30 de abril y 1° de mayo de 2012, fecha en que se celebra el Festival Vallenato en los siguientes sectores: desde las carreras 7 y 8 entre las calle 18ª hasta la calle 15 de la ciudad de Valledupar y la Avenida Simón Bolívar en todas sus glorietas.
El Alcalde de Valledupar, Fredys Socarrás, expidió los Decretos números 222, 223, 224 y 225 del 23 de abril del 2012, los cuales que regirán durante la 45 versión del Festival de la Leyenda Vallenata y garantizaran el orden en la ciudad.
El Alcalde de Valledupar, Fredys Socarrás, expidió los Decretos números 222, 223, 224 y 225 del 23 de abril del 2012, los cuales que regirán durante la 45 versión del Festival de la Leyenda Vallenata y garantizaran el orden en la ciudad.
El Decreto número 000222 suspende durante los días 26, 27, 28, 29 y 30 de abril 2012, el horario de los establecimientos comerciales y ventas informales establecidos en el Decreto 000063 del 13 de febrero de 2012 y el 000073 del 20 del mismo mes y año y lo extiende la hora de cierre hasta las 6:00 a.m. del día siguiente, mientras se desarrolla la versión 45 del Festival de la Leyenda Vallenata.
De igual manera el Decreto número 000223, prohíbe bañarse en el río Guatapurí, en el balneario ‘Hurtado’ durante la celebración del Festival de la Leyenda Vallenata, los días 26, 27, 28, 29 y 30 de abril de 2012 en el horario comprendido entre las 6:00 p.m. hasta las 6:00 a.m.
Seguidamente el Decreto número 000224, decreta prohibición del ingreso a la ciudad de Valledupar de niños, niñas y adolescentes, sin el acompañamiento de un familiar o adulto responsable del 26 al 30 de abril de 2012.
Finalmente el Decreto número 000225 indica que se dictan medidas de orden público con ocasión a la celebración de la Versión 45 del Festival de la Leyenda Valledupar. Dicho artículo prohíbe dentro del territorio de la ciudad de Valledupar desde el 26, 27, 28, 29, 30 de abril y 1° de mayo de 2012, en el horario de 6:00 pm. Hasta las 6:00 a.m., el desarrollo de las siguientes actividades.
El tránsito de vehículos y peatones que transporten mudanzas o carguen cilindros de gas propano, escombros, basura y material de arrastre como arena y gravilla, entre otros; el consumo de bebidas en envase de vidrio dentro de los sitios donde se desarrollen espectáculos públicos relacionados con el festival y las ventas ambulantes dentro del Parque de la Leyenda Vallenata ‘Consuelo Araujo Noguera’ y en lugares adyacentes al mismo.
El artículo segundo dice que se restringe la circulación de toda clase de motocicletas, cualquiera que sea su cilindraje, en la ciudad de Valledupar desde el día 26, 27, 28, 29, 30 de abril y 1° de mayo de 20112 en el horario de 6:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. del día siguiente.
El artículo tercero señala que se prohíbe el estacionamiento de vehículos en los siguientes corredores viales durante los días 26, 27, 28, 29 y 30 de abril de 2012 en que se celebra la Versión 45 del Festival de la Leyenda Valledupar. Los sectores son la Avenida Simón Bolívar (Carrera 19 entre la calle 12 y el puente ‘Hurtado’; carrera 9 entre calle 12 y La Glorieta Mi Pedazo de Acordeón; corredores viales contiguos al Parque de La Leyenda Vallenata, y los sitios en donde se desarrollen eventos oficiales de la programación del Festival de la Leyenda Vallenata.
El artículo cuarto indica que se prohíbe dentro del perímetro de la Plaza Alfonso López y la Plaza Primero de Mayo, la venta de toda clase de comidas durante los días 26, 27, 28, 29, 30 de abril y 1° de mayo de 2012, en desarrollo de la Versión 45 Festival de la Leyenda Vallenata.
Finalmente el artículo quinto señala que se prohíbe el estacionamiento de vendedores ambulantes de carretas, artesanías, sombreros, ponchos, gafas, mochilas, accesorios, entre otros en vías públicas andenes, plazas, calles, parque, bulevares durante los días 26, 27, 28, 289, 30 de abril y 1° de mayo de 2012, fecha en que se celebra el Festival Vallenato en los siguientes sectores: desde las carreras 7 y 8 entre las calle 18ª hasta la calle 15 de la ciudad de Valledupar y la Avenida Simón Bolívar en todas sus glorietas.